Hacienda aclara: el que cobre el ingreso mínimo vital no tendrá que pagar en la declaración de la Renta

A diferencia de los ERTE, el Gobierno ha cuantificado que la mayoría del medio millón de beneficiarios no supera el umbral de los 11.280 euros anuales

José Luis Escrivá
José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social.

Hacienda ha comenzado a tranquilizar a los beneficiarios del ingreso mínimo vital, la prestación estrella que aprobó el año pasado el Gobierno para familias desfavorecidas. Tras advertir que tendrían que presentar la declaración de la Renta, ahora les calma anunciando que no deberán pagar a Hacienda.

El año 2020 ha estado marcado por la pandemia, y entre las muchas modificaciones que ha provocado el coronavirus, se encuentran las medidas aprobadas por el Gobierno para tratar de suavizar las consecuencias de la crisis económica derivada de esta situación.

Entre ellas, una muy relevante: el Ejecutivo aprobó a mitad del año pasado el ingreso mínimo vital. Una ayuda para familias en riesgo extremo de pobreza a la que se puede acceder con el objetivo de que todos los ciudadanos “cuenten con un mínimo de ingresos que les permita vivir dignamente”.

En 2021, con la revalorización de las pensiones no contributivas, la ayuda del ingreso mínimo vital se actualizó para este nuevo año, con nuevas cuantías y nuevos límites patrimoniales.

Carta sorpresa de Hacienda

Ahora, medio año después de que arrancara esta ayuda, la Agencia Tributaria ha sorprendido a los beneficiarios con una carta en la que les advierte de que están obligados a presentar la declaración de la renta (la campaña de este ejercicio comienza el próximo 7 de abril) independientemente de la cuantía de sus ingresos.

Una situación que, según cálculos del Ministerio de Seguridad Social, afecta a más de 460.000 personas, de las que alrededor de 226.000 son menores de edad.

Revuelo entre los beneficiarios

La comunicación a los afectados ha provocado un enorme revuelo, según ha podido conocer Confidencial Digital por fuentes de varias plataformas que agrupan a este colectivo.

Advierten de las dificultades de tener que presentar la declaración porque en la mayoría de los casos se trata de nuevos declarantes. Son personas que nunca antes se habían enfrentado a este trámite por su bajo nivel de ingresos y critican que se vean ahora sorprendidos por Hacienda tras cobrar una ayuda del Estado.

No tendrán que pagar a Hacienda

Fuentes de la Agencia Tributaria, a las que ha tenido acceso Confidencial Digital, matizan que sin embargo que el ingreso mínimo vital es una renta exenta y, aunque los beneficiarios sí deberán presentar la declaración, la gran mayoría no tendrá que incluirlo en su liquidación, y por tanto “no deberán pagar ni un euro a Hacienda”.

 

Pese a ello, recuerdan que sí tendrán que declarar como rendimientos del trabajo las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Se trata de los casos en que, junto al ingreso mínimo, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de autonomías y ayuntamientos. Pero aclaran que solo habrá que declarar y tributar por las cantidades que excedan ese umbral de 11.279,39 euros.

Llevar un mayor control de los ingresos

Desde el Ministerio de Seguridad Social, el departamento encargado de la gestión de las prestaciones, también confirman a ECD que los beneficiarios del ingreso mínimo vital entrarán plenamente en el sistema de Haciendas Públicas y deberán presentar la declaración del IRPF.

Explican que la razón por la que se diseñó así la ayuda es que, de esta manera, se desincentiva la economía informal y permite a Hacienda llevar un mayor control de los ingresos de los contribuyentes.

Se reforzará la atención personalizada

Pero consciente de las dificultades para un colectivo tan desfavorecido, la Agencia Tributaria va a realizar un envío de cartas informativas en las próximas semanas a todos los beneficiarios del ingreso mínimo vital, al tiempo que reforzará la asistencia personalizada.

En esas cartas incluirá instrucciones sencillas para obtener el número de referencia con el que poder presentar la declaración y, en su caso, la forma de solicitar una asistencia personalizada, telefónica o presencial, para la confección de las declaraciones.

A través de la plataforma Renta Web el contribuyente podrá, en la gran mayoría de supuestos del ingreso mínimo vital, confirmar el borrador que le ofrece Hacienda.

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