Bronca a un sargento 1º de la Guardia Civil por autorizar la desinfección de su cuartel contra el covid

Un infante de Marina del Tercio de Armada realiza tareas de desinfección durante la 'Operación Balmis' (Foto: Armada).
Un infante de Marina del Tercio de Armada realiza tareas de desinfección durante la 'Operación Balmis' (Foto: Armada).

Una de las medidas más drásticas contra el coronavirus que se empezaron a adoptar a mediados de marzo de 2020, cuando el Consejo de Ministros declaró el estado de alarma por la epidemia, fue la desinfección de espacios públicos.

Aunque más adelante se ha puesto en cuestión este tipo de desinfecciones, en esas fechas el Ministerio de Sanidad consideraba la limpieza viaria “de especial importancia en la eliminación de la carga viral que pudieran contener las vías públicas”.

En numerosos edificios públicos, estaciones de tren y aeropuertos se desplegaron militares y personal civil, equipados con monos protectores, gafas y mochilas pulverizadoras para rociar las superficies con hipoclorito sódico al 0,1%.

Pues bien. Una desinfección como esta le costó a un suboficial de la Guardia Civil una sanción, que ahora el Tribunal Supremo ha confirmado en vía judicial, según ha podido comprobar El Chivato.

En una sentencia reciente, la Sala Quinta de lo Militar del Supremo ha desestimado el recurso de casación contencioso-disciplinario militar que presentó un sargento 1º de la Guardia Civil, frente a la sentencia del Tribunal Militar Territorial Tercero que ya había confirmado la sanción.

Los hechos tuvieron lugar en el acuartelamiento de la Guardia Civil en Gavá, en la provincia de Barcelona. Un vecino de ese municipio, que trabajaba en una empresa dedicada al desatasco de alcantarillas, se ofreció al sargento 1º -que ejercía de comandante del puesto- para desinfectar de forma gratuita el cuartel.

La desinfección de dependencias y vehículos oficiales del acuartelamiento se realizó con hipoclorito de sodio el 31 de marzo. El sargento 1º no informó de esta desinfección a sus superiores, pese a que el 26 de marzo se envió un aviso interno “por la aplicación de mensajería móvil, dirigida a los Jefes de Unidad de la Compañía, la instrucción consistente en aceptar los ofrecimientos altruistas de desinfección de dependencias y vehículos oficiales procedentes de empresas serias y de informar de ello a través de la aplicación GroupWise”.

El capitán jefe de la compañía de Vilanova i la Geltrú, de la que depende el cuartel de Gavá, se enteró de que se había desinfectado el cuartel de Gavá, pero no porque le informara el sargento 1º, sino “por la publicación en internet de dos fotografías en que podía observarse, a un individuo llevando a cabo la desinfección del acuartelamiento”.

Ese mismo capitán abrió un expediente disciplinario y el 2 de junio de 2020 impuso al sargento 1º una sanción de reprensión. Entendió que el suboficial había incumplido las instrucciones difundidas por WhatsApp, “por no haber informado a la superioridad” de que se había aceptado el ofrecimiento de un vecino de Gavá para desinfectar de modo gratuito el Acuartelamiento de dicha localidad y de que la desinfección se realizó finalmente.

 

Al no informarle, el capitán concluyó que el sargento 1º había cometido una falta leve, según la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil, consistente en “el retraso, negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes u obligaciones, de las órdenes recibidas, o de las normas de régimen interior, así como la falta de rendimiento en el desempeño del servicio habitual”.

El Supremo ha dado la razón al capitán: el sargento 1º incumplió la orden de manera palmaria, al no informar por el canal que se había indicado, pese a sus alegaciones de que la orden no era precisa a este respecto.

Al sargento 1º sólo se le impuso una sanción de reprensión, la señalada para faltas leves. Una reprensión supone “la reprobación expresa que, por escrito, dirige al subordinado la autoridad competente para imponerla”.

Los magistrados del Supremo han visto claro que el sargento 1º cometió “negligencia o inexactitud en el cumplimiento” de la orden de informar si se autorizaba la desinfección del cuartel para tratar de evitar contagios por coronavirus en marzo de 2020.

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