Ascoe, cancelar contrato de Multipropiedad por sentencia

Una labor incansable de ASCOE para hacer justicia

Ascoe
Ascoe

Los contratos de multipropiedad están regulados en España por la ley 42/1998 sobre derechos de aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles de uso turístico. Conceden el derecho al consumidor de utilizar un alojamiento amuebleado en un inmueble turístico durante un periodo determinado del año y recibir, en ese tiempo, los servicios necesarios para su adecuado disfrute. 

Esta fórmula jurídica ha dado lugar a muchos procesos judiciales por estafa, razón por la cual existe desde hace más de una década en España ASCOE, la asociación que vela por los intereses de los afectados por la multipropiedad.

La Asociación Española de Afectados por la Multipropiedad (ASCOE) comenzó a dar sus primeros pasos en el año 2008, pero no fue hasta 2015 cuando su actividad se intensificó. En este año, el Tribunal Supremo dictó varias sentencias que abrían la puerta a que muchos socios de esta entidad pudieran iniciar su batalla legal contra las empresas que en su día les vendieron las semanas en multipropiedad y las entidades bancarias que financiaron estas operaciones, en connivencia con las comercializadoras.

Junto con ASCOE muchos afectados por la estafa de la multipropiedad pudieron recuperar las cantidades abonadas, cancelar la deuda en concepto de mantenimiento anual si existía y recuperar también los importes inicialmente abonados para su compra si estaban vinculados a una financiación hasta una cantidad de 18.000 euros.

Una labor incansable de ASCOE para hacer justicia

ASCOE es una parte clave en este proceso, pues esta asociación ha permitido unir a decenas de afectados por esta situación. A su vez, otro elemento clave es la presencia de Juan Madrigal, el abogado más reconocido en defensa del socio multipropietario. El trabajo de ambos, ha permitido a muchos afectados deshacerse de su semana en multipropiedad con sentencias que anulan contratos incluso escriturados.

En 2015, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de todos los contratos de compraventa posteriores a 5 de enero de 1999 que transmitieran los derechos de diversos contratos, como por ejemplo los de sistema flotante, los superiores a más de 50 años o los de carácter indefinido.

Algunos de los complejos afectados por esta sentencia del Tribunal Supremo fueron Ogisaka Garden, Parque Denia, Anfi Beach en Tenerife, Aquasol en Peñíscola, Medina del Zoco en Mijas Costa, Aldea del Mar en Torrevieja y Tropical Park también en Tenerife. Algunos grupos, como Anfi, Ogisaka Garden y Onagrup han sufrido importantes varapalos judiciales y esto les ha llevado a perder muchos socios y a cancelar cuantiosas cantidades de dinero en concepto de mantenimiento.

En su sentencia, el Tribunal Supremo deja claro que la duración del régimen de multipropiedad se establece como limitada y es esta la que convierte a los contratos en nulos, por ello los socios afectados pueden cancelar el contrato de multipropiedad mediante la interposición de una demanda de nulidad del contrato.

Confiar en asesoramiento profesional

En los últimos años han llegado a ASCOE muchas consultas de socios que iniciarón la demanda de nulidad de contrato que, sin embargo, estaban poco trabajadas y resultan incompletas, lo que hace más difícil llevar a buen puerto estas acciones judiciales para cancelar la multipropiedad.

 

La razón de este fenómeno es que muchos abogados aseguran que, una vez se inicia el proceso, el resultado va a ser favorable. Desde ASCOE consideran que esto puede estar provocando el inicio de un nuevo fraude.

Es cierto que la sentencia del Tribunal Supremo hace albergar esperanzas para quienes desean salir de la multipropiedad, pero la clave para conseguirlo es confiar en un buen letrado conocedor del sistema, como es el caso de Juan Madrigal 1ª puesto en España como el mejor abogado experto en multipropiedad.

De lo contrario, no asesorarse bien o dejar el caso en manos de un equipo de derecho con poca experiencia puede llevar a una sentencia desfavorable, lo que implicaría el pago de las costas procesales, volver a las obligaciones del complejo, pagar las cuotas atrasadas y desvincularse únicamente de la multipropiedad pagando por ello.

¿Cómo cancelar los contratos de multipropiedad?

El comprador de una semana en multipropiedad, en la mayoría de casos, se financiaba a través de la contratación de un préstamo con una entidad bancaria. Además, otro coste a cubrir es el de la cuota anual de mantenimiento que se incrementa año a año, y en ocasiones de forma desmesurada se use o no durante las vacaciones.

Los propietarios que quieran poner fin a este contrato de multipropiedad pueden iniciar un procedimiento judicial que les lleve a obtener una sentencia que declare la nulidad radical y de pleno derecho del contrato, esto es, la cancelación.

Una vez se consigue la cancelación, el afectado ya no es titular de la multipropiedad y no debe cumplir con la obligación de pago anual o si tuvieran deudas, pero además puede recuperar ciertas cantidades. De este modo, si la demanda se plantea únicamente contra la comercializadora del turno vacacional, la sentencia obtenida solo tendrá efectos declarativos y no se podrán recuperar cantidades ya pagadas.

En cambio, si para el pago del importe de la compraventa sí existió financiación bancaria, es posible recuperar el importe abonado en este concepto, hasta los 18.000 euros comentados previamente en algunos casos.

Video del día

Salvador Illa y Victor Francos admiten que se reunieron
con Koldo García en el Ministerio de Sanidad
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato