A la Seguridad Social, condenada por perjudicar a una enferma de cáncer de mama

La demandante tenía desde 2014 una pensión por incapacidad permanente absoluta. No obstante, la Seguridad Social rebajó esta prestación hasta incapacidad permanente total, por lo que se disminuyó la prestación y se consideraba apta para ejercer otro tipo de trabajos distintos al de limpiadora a la paciente. El centro médico-jurídico Tribunal Médico ha llevado el caso de la trabajadora y ha afirmado que el juzgado de lo social n.º 19 de Barcelona ha declarado nula esta decisión, condenando al INSS a restablecer a la demandante la incapacidad permanente absoluta. La mujer sufre un trastorno adaptativo por estrés y lesiones graves en el hombro tras el tratamiento de quimioterapia y radioterapia y está en riesgo de padecer cáncer de endometrio, en el útero. La sentencia recoge que “persiste el riesgo de recaída de la patología neoplásica y no han mejorado las secuelas físicas ni psicológicas derivadas de la misma” y la trabajadora mantiene el derecho a percibir una prestación del 100% de su base reguladora de 947 euros, además con efectos retroactivos desde 2015.

 

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