La LOE contra la UNESCO

En la reunión que mantuvo Rodríguez Zapatero con la Ceapa y otras organizaciones educativas, les prometió que los centros que reciban dineros públicos no podrán discriminar por razón de sexo. Al respecto me gustaría aclarar los siguientes puntos: 1º-La Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en el ámbito de la enseñanza, especifica que no se entenderá como constitutivo de discriminación por razón de sexo (y cito textualmente): " La creación o el mantenimiento de sistemas o centros de enseñanza separada para alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que estos sistemas o centros ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de personal docente igualmente cualificado, de locales y de un equipo de igual cualidad , y se sigan los mismos programas de estudio." Por lo tanto, la enseñanza diferenciada, según esta convención suscrita por España, no puede entenderse como que discriminatoria por razón de sexo. 2º- Recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó una sentencia que anulaba parcialmente el decreto de dicha comunidad que imponía la obligatoriedad de la enseñanza mixta en los colegios concertados. La resolución indicaba que de acuerdo con la libertad de enseñanza definida por la Constitución, "ha de admitirse que puedan asumir como forma propia de su proyecto educativo el de ofrecer educación diferenciada para los alumnos de sexo femenino y para los de sexo masculino". Supongo que nuestro Presidente no pretenderá ahora reformar la Constitución mediante una ley orgánica.

 

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