Abusos de la jurisdicción francesa contra dos españoles en el caso Encrochat

En toda mi vida profesional he visto un caso de injerencia tal de la Jurisdicción francesa en la española como el del caso “Encrochat” en la Audiencia Nacional de mi país y la deportación, con multitud de irregularidades, de dos españoles inocentes a Francia.

Hay que remontarse a la Guerra de Sucesión en 1700 o a la invasión napoleónica de España en 1808 o a la invasión de los Cien Mil Hijos de San Luis en 1823 para detectar una intromisión tan violenta y desafortunada como la de Francia con el caso “Encrochat” en España.

Desgraciadamente en España, la mayoría de los medios de comunicación no informan de lo que deberían, están hasta las cejas en la propaganda o en repetir consignas de políticos; afortunadamente aún quedan medios libros como El Confidencial Digital y otros que han cubierto con perspicacia y sentido periodístico lo que considero que es el escándalo judicial en España de la última década, el relacionado con la deportación injusta de dos españoles en Francia para ser juzgados injustamente y prácticamente por casi todo el Código Penal de Napoleón y Robespierre juntos.

Lo primero que hay que decir es, según la nota de prensa de 2 de julio de 2020 sobre la investigación “Encrochat” en Francia extraída de la web de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación en el marco de la Justicia Criminal (EUROJUST), que en Francia NO había usuarios de móviles encriptados “Encrochat” como se puede ver en el siguiente gráfico, extraído de la mencionada nota de prensa consultable en https://www.eurojust.europa.eu/node/613

Mapa de usuarios de EncroChat.
Mapa de usuarios de EncroChat.

Llama mucho la atención que una Nación en la que no ha habido terminales operativos de “Encrochat” como es Francia (porque en ese país está prohibido su uso y venta) y por lo tanto, Nación donde no se han podido producir esos delitos tan graves de los que se habla en su orden de deportación (OEDE) contra dos ciudadanos españoles, haya “saltado” sobre este caso usando un sistema de pirateo o hackeo del que no quiere dar cuenta o informar nada, mientras que ha habido países como Canadá, donde sí que ha habido un tráfico importante de móviles “Encrochat” y no sólo no haya habido procedimientos de persecución como los aplicados por la Audiencia Nacional en España contra dos españoles, sino que, además, la Policía del Estado de Ontario de esa Nación ha estado vinculado con otro sistema de encriptación al que también se le ha vinculado con la criminalidad internacional (Sky ECC) y tangencialmente con “Encrochat”, como se puede ver en el siguiente enlace:

https://www.computerweekly.com/news/252509553/Sky-ECC-provided-free-cryptophones-to-Canadian-police-force

Dentro de la cronología del procedimiento policial incluido en la nota de prensa analizada se dice que el 7 de diciembre de 2018 los Tribunales de Lille, jurisdicción donde estaban presuntamente los servidores de “Encrochat”, que todo habrá que poner en duda, la única investigación penal que se formula es la de posesión, venta e importación de móviles “encriptados”, penados con un año de cárcel en Francia, y asociación de malhechores para la comisión de delitos penados con 10 años de cárcel.

Es decir, Francia, sin tener móviles en su país, se arroga el derecho de juzgar delitos que es imposible que se hayan cometido en su país, según el gráfico precitado, y que no puede hacerlo en España, porque aquí no es delito vender móviles encriptados.

Un año y medio más tarde, en plena Pandemia, el 28 de mayo de 2020, los Tribunales de Lille añaden dentro de la investigación penal, a los delitos iniciales descritos, nuevos y muy graves delitos, sin justificar el porqué, los mismos delitos de los que se ha acusado a los dos españoles deportados, que es imposible que se hayan provocado en Francia, básicamente porque en ese país no hay ni había terminales “Encrochat”. 

 

Dichos “nuevos” delitos son:

1. Complicidad de importación ilegal de estupefacientes en banda organizada (30 años de cárcel)

2. Complicidad de adquisición ilegal de estupefacientes organizada (10 años de cárcel)

3. Complicidad de transporte ilegal de estupefacientes (10 años de cárcel)

4. Complicidad de posesión ilegal de estupefacientes (10 años de cárcel)

5. Complicidad de oferta o transferencia ilegal de estupefacientes (10 años de cárcel)

6. Participación en una asociación de malhechores con el fin de preparar delitos sancionados por 10 años de encarcelamiento (10 años de cárcel)

7. Participación en una asociación de malhechores con el fin de preparar crímenes (10 años de cárcel). Este delito es análogo al anterior.

8. Blanqueo de capitales agraviado: participación en banda organizada en una operación de inversión, ocultación o conversión del producto de un delito. (10 años de cárcel)

9. Blanqueo de capitales: participación en una operación de inversión, ocultación o conversión del producto de los delitos de tráfico de estupefacientes. (10 años de cárcel)

10. Complicidad de adquisición de armas en categoría A (10 años de cárcel)

11. Complicidad de posesión de armas en categoría A (10 años de cárcel)

12. Complicidad de adquisición de armas en categoría B (10 años de cárcel)

13. Complicidad de posesión de armas en categoría B (10 años de cárcel)

Evidentemente, Francia a mi juicio no puede pretender investigar estos delitos cuando como he explicado es imposible que se produzcan en ese país por ausencia de terminales encriptados. Esto explicaría que apenas ha habido detenidos en Francia por operaciones delincuenciales en territorio exclusivamente francés, y eso explicaría el ansia de Francia en deportar a ese país a los dos ciudadanos españoles que vendían en España legalmente los terminales “Encrochat”, para endosarles todos los delitos que está juzgando en una macro Causa judicial que se les va de las manos y, además, también para justificar el gasto de una macro operación policial con tan pocos resultados efectivos en el país vecino.

Evidentemente en Francia sigue entrando a mansalva la droga, y cada vez más, desde España y el pirateo de Encrochat poco ha servido para reducir esos niveles. No es más que una cortina de humo más usada por la Policía francesa para ocultar que está sobrepasada por los delitos, como le pasa a la española y a todas las policías de la Unión Europea.

Donde si ha habido arrestos es en Reino Unido, Países Bajos y Alemania, pero insisto que en Francia no habido delitos por “Encrochat”. Es imposible. Allí no hay móviles “Encrochat” porque lo prohibía su Código Penal; lo único que habría allí es, de haberlo, los servidores, algo que habría que corroborar ante tanto cúmulo de irregularidades.

Llama la atención muy llamativamente que la Jurisdicción Francesa, según aparece en la nota de prensa, avise a los abogados e investigadores sobre que cualquier divulgación relacionada con la técnica utilizada por los servicios secretos franceses para el pirateo o hackeo del sistema de comunicaciones encriptado de “Encrochat” será reprimido por la Ley Francesa (artículos 413-9 y 413-10 del Código Penal francés) con siete años de prisión. Alucinante.

No conozco un artículo tan oneroso para la defensa efectiva de un acusado como éste que prohíbe la divulgación de las condiciones en que se ha gestado la única prueba incriminatoria contra los españoles.

Y ya para rematar y rizar el rizo, la Gendarmería Francesa pone a disposición de los usuarios de “Encrochat” un email contact.encrochat@gendarmerie.interieur.gouv.fr para que aquellos usuarios de buena fe del sistema encriptado “Encrochat” puedan dirigirse y obtener así el borrado de sus datos personales en los procedimientos judiciales.

Es decir, estamos ante la inversión de la carga de la prueba y la destrucción de la presunción de inocencia de un Estado de Derecho, pues tendrán que ser los usuarios “Encrochat” de buena fe, que son la mayoría, todos ellos no franceses, los que se dirijan a la Gendarmería de Francia a justificarse. Chapuza tras chapuza.

Muy mal EUROJUST y la Unión Europea por participar en este enjuague, pero nada peor que la Audiencia Nacional española que ha deportado a Francia a dos españoles vendedores de terminales móviles legalmente en España y sin haber respetado ni uno solo de sus derechos.

El Juez Pedraz ha quedado retratado como una copia cutre del Mariscal Murat, con el que sólo comparte su desmelena, deportando a Francia a dos españoles que para mí son ya en términos de defensa los equivalentes de los Capitanes españoles Daoiz y Velarde, que le plantaron cara como hay que hacer cuando se pisa la soberanía y la jurisdicción de una Nación como la española.

 

Guillermo Rocafort

Abogado e Investigador

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