Discriminación a las Pensiones del colectivo de autónomos

Discriminación a las Pensiones del colectivo de autónomos.
El Régimen General de Seguridad Social permite que, cuando no se llega al número de años cotizados sobre los que se calcula el importe de la pensión (25 años), se aplican las “lagunas de cotización” para aumentar en hasta 5 los años cotizados. Sin embargo, para los autónomos, las lagunas de cotización son de solo 6 meses, y además solo cuando haya un cese de actividad (no se consideran bajas por maternidad, incapacidad, cuidado de familiares, etc.). Tiene que haber cierre de actividad.
Es inadmisible este trato DISCRIMINATORIO. Especialmente agravado en el caso de las mujeres.
¿En que estaban pensando el Gobierno “progresista” y los Sindicatos al firmar esa injusticia en la Reforma de Pensiones?

¿A que espera la Asociación de Autónomos a denunciar judicialmente en España o Europa esta discriminación?

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