Parte de la vivienda social de Vallecas vendida a los fondos buitre debería haber mantenido la protección pública al estar dicha vivienda subvencionada por el Estado

Vallecas.
Vallecas.

Las viviendas sociales destinadas al arrendamiento y financiadas con dinero público por la vía de préstamos subvencionados por el Estado Español debían de haber estados protegidas durante un periodo, en algunos casos, de 30 años desde su calificación definitiva como vivienda social protegida, pero la realidad es que su venta masiva por las Administración Públicas a los Fondos Buitre fracturó dicha protección y ha dejado a sus miles de arrendatarios y sus familias completamente abandonados en sus derechos a una vivienda social.

Y en este pliego de acusación hay que ser igualmente claros en cuanto a las responsabilidades por este abandono; toda la clase política es responsable, desde los que fomentaron esa desprotección como los que callaron y no alzaron su voz para evitar dicha situación.

La realidad es que España ha abandonado a miles y miles de familias, arrendatarios de viviendas protegidas, como despojos a los Fondos Buitre, y ello será una medida de lo que nos deparará el Futuro en situación análogas. Pasarán por encima de Las Leyes y de todos nosotros en sus fines especulativos; tanto los Fondos Buitre como los políticos en sus actos irresponsables.

En particular, me estoy refiriendo a la promoción de 132 viviendas, inmueble identificado como Finca Registral 52.079, que recibió del Estado un préstamo subvencionado de 11.038.776 euros hasta Abril de 2018 con el número de expediente 10-GP-00266.5/2004, bajo el amparo legal del Real Decreto 801/2005, de 1 de Julio.

Así consta expresamente en la resolución administrativa de dicha subvención, cuyo documento público se adjunta a este artículo, al decir expresamente: “La formalización del préstamo convenido determinará la vinculación de las viviendas al régimen de arrendamiento durante un periodo mínimo de 10 años a contar desde su calificación definitiva. Una vez transcurrido dicho plazo continuarán siendo protegidas durante los 20 años siguientes ….”. Es decir, el plazo de 30 años precitado de protección pública, que iría desde el 2006 al 2036.

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No entraría desde un punto de vista rigorista dentro de dicha protección, las subvenciones previas otorgadas bajo el Real Decreto 1/2002 anterior, a los inmuebles VPPA (Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento), en cuyo caso el régimen legal de protección social por el préstamo subvencionado se mantendría durante 10 años desde la calificación definitiva del inmueble como protegido, lo que no obsta para que haya otros muchos motivos para que dicha calificación de protección pública se mantenga, al margen del asunto del préstamo subvencionado.

 

Sin embargo, entiendo que cabría una interpretación en el sentido de que el plazo más favorable de 30 años de protección social se tendría que extender a las promociones de vivienda pública VPPA con préstamos subvencionados otorgados antes del Real Decreto 801/2005, de 1 de Julio, por el principio constitucional de la interdicción de la discriminación, y en cualquier caso, al menos, hasta que dichos préstamos subvencionados vinculados a promociones sociales hubieran estado vivos, lo que ampliaría su protección pública por este motivo hasta el 2018 en varios casos más.

Lo que está claro es que el Fondo Buitre BLACKSTONE por medio de FIDERE ha recibido por la promoción indicada que adquirió en Vallecas una subvención de un importe de 1.014.923,27 euros en total, algo muy difícil de comprender porque se supone que dicho Fondo Buitre no vive en una situación que precariedad que precise de este tipo de ayudas públicas a cargo de los presupuestos generales del Estado, cuando además se ha dedicado a desahuciar por lo general a los morados o a aplicar incrementos desmesurados en las rentas de alquiler. 

Es evidente que en las últimas décadas la desprotección hacia los españoles usuarios de este tipo de viviendas ha sido creciente: hemos pasado de las Viviendas de protección oficial (VPO), tanto públicas como privadas, calificadas al amparo del Decreto 2114 del año 1968 (durante el oprobioso Franquismo), donde se establecía una duración del régimen legal de protección pública a la vivienda social de 50 años, a un régimen jurídico actual de protección definido en el Decreto 74/2009, que ha reducido ostensiblemente la duración del periodo de protección indicado, a uno que va entre 10 y 15 años en el caso de que no medie ayuda pública en su financiamiento, sin olvidar que ahora el morador de dicha vivienda no puede descalificar la vivienda protegida a su voluntad, mientras que en 1968 se permitía al morador dicha descalificación sin plazo, en cualquier momento, en el caso de VPO de promoción privada, mientras que en la pública, transcurridos al menos 5 años desde la fecha de su adquisición, salvo justa causa.

Desde la Asociación con la que colaboro, El Águila Protectora, seguiremos investigando las condiciones en que los Fondos Buitre han entrado a saco en la vivienda social española, y lo seguiremos haciendo a partir de ahora con especial énfasis cuando el peligro se acrecienta ante nuevas depredaciones por la crisis económica en curso.

 

Guillermo Rocafort

Doctor en Economía y Experto en Fondos Buitre

Secretario de La Asociación “El Águila Protectora”

Más información en:

https://twitter.com/AguilaProt

https://www.facebook.com/Plataforma-de-Afectados-por-los-Fondos-Buitre-1574461612866726 

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