Pirámide de Maslow y la Tropa y Marinería

En la pista, militares de la EADA controlan el embarque de afganos en un A400M del Ejército del Aire.
En la pista, militares de la EADA controlan el embarque de afganos en un A400M del Ejército del Aire.

En estos momentos que tan en boga estamos los militares, queremos profundizar aún más si cabe en la sinrazón de la maraña legislativa del Ministerio de Defensa, que hoy te alaba y te encumbra a lo más alto por desarrollar tu trabajo y al mismo tiempo excluye incomprensiblemente a sus “SOLDADOS” de poder optar como cualquier otro componente de la Escala de Tropa y Marinería al derecho que la ley le otorga, un derecho claro y sencillo el de mejorar su estabilidad laboral y poder optar a ser un militar de carrera de las Fuerzas Armadas de su, nuestro país España.

Entre las necesidades humanas que se atribuye a la teoría psicológica sobre la jerarquía de las necesidades humanas y que se plasma de manera gráfica mediante la Pirámide de Maslow, destacan, de menor a mayor necesidad, la Fisiológica, de Seguridad, Afiliación, Reconocimiento y, finalmente, la de Autorrealización.

Una vez alcanzada la cobertura de nuestras necesidades fisiológicas, como en cualquier otra trayectoria vital, todos los componentes de la Tropa y Marinería con un contrato temporal, de manera similar a los militares de complemento, aspiramos a obtener la necesaria Seguridad, esa Seguridad que nos niegan las actuales políticas de personal del Ministerio de Defensa, de los ejércitos y de la Armada, como las precedentes, que de manera obstinada, recurrente y torticera nos mantienen, en la mayoría de los casos, por veinticinco años de In-Seguridad y Afiliados a la exclusión de la profesión militar, pese a representar la Escala de Tropa y Marinería, la base de estas instituciones, siendo un círculo vicioso de Afiliación e In-Seguridad defraudado por el mismo periodo. 

Aunque ya se reconoce públicamente la insostenible situación de más de quince años de incumplimientos (véase Memoria Informe del Observatorio de la Vida Militar (OVM) 2017) esta In-Seguridad se aplica siempre con la misma escala, la de Tropa y Marinería en la que nos enmarcamos, que representa como ya dijimos la base fundamental de los ejércitos, la Armada y el propio ministerio, comprometiendo su misión y buen desempeño.

Frívolamente, sirva como ejemplo la argumentación ya mencionada del propio Observatorio de la Vida Militar OVM en su Estudio sobre la Enseñanza Militar citado, reconociendo más de diez años después que: “El actual modelo de enseñanza parte de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar (LCM) en el que es requisito para acceder a las escalas de oficiales obtener un título de grado universitario y, para las escalas de suboficiales una titulación de formación profesional de grado superior. La enseñanza para los militares de tropa y marinería procurará que, a lo largo de su permanencia en dicha categoría, se obtenga el título de técnico de formación profesional de grado medio.

O que: “La diferencia fundamental del modelo de formación de tropa con respecto al de oficiales y suboficiales es que, según la Ley de la carrera, se procurará la obtención del título de formación profesional de grado medio durante la permanencia en las Fuerzas Armadas y no durante el período de formación exclusivamente”.

Y que: “Los títulos de grado medio tienen una duración de 2000 horas, que equivale, en una situación presencial, a dos cursos académicos lo que impide obtenerlos para la tropa en la enseñanza de formación que no supera las treinta semanas”.

Viendo todo lo anterior y en la práctica, tras más de quince años de vigencia de la ruinosa e incompleta Ley 8/2006, seguimos procurando obtener el título de formación profesional de grado medio “sine die”, mientras otras escalas obtienen legítimamente títulos de grado universitario o de formación profesional de grado superior, al “desamparo” de la “misma” enseñanza militar.

Continuando con la frivolidad de estas políticas y en contra del preámbulo de la propia Ley 8/2006, que reconoce  “El modelo definido en esta ley garantiza a los soldados y marineros la posibilidad de completar su trayectoria profesional comenzando su relación de servicios con un compromiso inicial renovable hasta seis años de duración y ofreciéndoles la opción de suscribir otro de larga duración que llegará hasta los 45 años de edad, durante cuya vigencia podrán acceder a la condición de soldados permanentes, garantía del legislador que, una tras otra, los ejércitos, la Armada y la connivencia del propio ministerio, NIEGAN unilateralmente convocatoria tras convocatoria, año tras año, precisamente el acceso a la condición de permanente (militar de carrera) a estos SOLDADOS y MARINEROS, olvidados y desahuciados por Defensa.

 

Para no alargar tanta frivolidad que trunca trayectorias profesionales, vidas personales y familiares, desde la Asociación Unión de Militares de Tropa – UMT,  en estas líneas animamos a reconsiderar la actual política de personal del Ministerio y de los ejércitos y la Armada, animamos a reconsiderar la indiferencia hacia los de siempre, hacia esos soldados y marineros que limpian chapapote, se juegan la vida en Irak y Afganistán, quitan nieve, apagan incendios, ayudan en pandemias, están presentes en desastres naturales como el Volcán de la Palma y un largo etc. de misiones, animamos a reconsiderar los reiterados incumplimientos que perjudican a los mismos de siempre, y, a los de siempre, les animamos a romper con el rol asignado por estas políticas, sumándose a proyectos como la UMT, que persiguen alcanzar la legítima dignidad y Seguridad para la denostada Escala de Tropa y Marinería.

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