Nota de la Cadena COPE

Cadena COPE
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“El 5 de octubre de 2018 se publicó en la página web elconfidencialdigital.com la noticia con el titular “La COPE publicita alcohol a los tres mes de que acabe el periodo de vigilancia de la CNMC tras una sanción”. Con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, se lleva a cabo la siguiente rectificación:

1.- Que COPE no ha sido sancionada por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) por anunciar bebidas alcohólicas de graduación superior a 20 grado o por anunciar bebidas alcohólicas de graduación superior a 20 grados en horario protegido para menores.

2.- Que, de acuerdo con la normativa vigente, la emisión de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación superior a 20 grados en los canales de radiodifusión sonora no se encuentran restringida por limitaciones horarias.

3.- Que la emisión de publicidad de la marca de aguardiente “El afilador” se atiene escrupulosamente a las previsiones contenidas en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual y en el resto de normativa audiovisual y publicitaria.

4.- Que COPE no ha sido sancionada por la CNMC ni por ningún otro órgano administrativo por la emisión de publicidad de la marca “El afilador”.

5.- Que, tras la sanción impuesta a COPE por la CNMC mediante resolución de 22 de diciembre de 2016, no se ha incoado a COPE expediente sancionador alguno derivado de la emisión radiofónica de publicidad de bebidas alcohólicas.

6.- Que la sanción impuesta a COPE por la CNMC mediante resolución de 22 de diciembre de 2016 no es firme y se encuentra actualmente recurrida ante la Sala de los  Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, a la espera de que recaiga sentencia en el referido recurso”.

 

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