El Supremo confirma una multa a Telecinco por publicidad engañosa, pero reduce seis sanciones a una

Estima parcialmente un recurso de Mediaset contra la CNMC por la emisión de promociones encubiertas en el '¡Qué tiempo tan feliz!' de María Teresa Campos

María Teresa Campos.
María Teresa Campos.

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia sancionó a Mediaset el 30 de julio de 2015, con seis multas de 100.001€  por emitir publicidad encubierta de productos y servicios durante el programa '¡Qué tiempo tan feliz!'.

Según informó entonces la CNMC en un comunicado, declaraba a la compañía que dirige Paolo Vasile culpable de la comisión de seis infracciones por haber emitido estas comunicaciones comerciales audiovisuales entre diciembre de 2014 y febrero de 2015.

Mediaset interpuso entonces un recurso contencioso-administrativo contra esta decisión de la Audiencia Nacional el 20 de junio de 2015.

Se emitieron precios y marcas de los productos

En el programa de Telecinco, emitido los sábados y domingos por la tarde, se detectó un microespacio -sección de unos cinco minutos de duración- en el que la presentadora, María Teresa Campos, entrevistaba a Meli Camacho, prescriptora de medicina estética.

Camacho apareció en antena en varias emisiones de '¡Qué tiempo tan feliz!'. Durante el tiempo en el que aparecía en el programa, la especialista trataba temas de salud y presentaba productos para solucionar la dolencia tratada de ese día.

Estos artículos fueron presentados con sobreimpresiones relativas a sus funciones y virtudes. Además, también se indicaban los precios y las marcas de estos productos.

La CNMC consideró entonces que estos microespacios cumplían con las características básicas de las comunicaciones básicas encubiertas: la inclusión en un programa, que la presentación tenga un propósito publicitario y que "sea susceptible de inducir al público por error”.

Ahora el Supremo reduce a una las seis sanciones

Pues bien. El conflicto entre el grupo de comunicación y la CNMC ya se ha resuelto. Confidencial Digital ha tenido acceso a la sentencia del Tribunal Supremo. El fallo, que se conoció el pasado 31 de octubre, dicta que la Sala Contencioso-Administrativo ha anulado la resolución de Competencia, dejándola ”sin efecto”.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso ha derogado la resolución que sanciona al grupo con seis infracciones independientes y ha ordenado a la CNMC que dicte una nueva resolución en la que se sancione a Mediaset  “como autora de una infracción continuada”. Es decir, reducir las seis multas a una.

 

El Alto Tribunal pide a Competencia que fije la cuantía de la sanción atendiendo a las circunstancias concurrentes en el caso. No obstante, no carga al organismo los costes del proceso.

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