La Mirada Crítica

El sistema foto-rojo (2)

Varapalo del Tribunal Supremo a los ayuntamientos

El sistema foto-rojo
El sistema foto-rojo

Una de las preguntas que se hacen los automovilistas, que no tienen por qué tener conocimientos sobre temas jurídicos es, cuántas sentencias del Tribunal Supremo serán necesarias para que de una vez por todas, todos los ayuntamientos de España, sin excepción, retiren el sistema foto-rojo como instrumento para sancionar. Porque ya son dos sentencias del Alto Tribunal las que de forma fehaciente han declarado ilegales las sanciones impuestas por el  dispositivo foto-rojo.


Manuel Reyes

Una de las consecuencias derivadas del escaso tiempo que dura la fase ámbar son las colisiones por alcance. En la misma medida que hay conductores indisciplinados que ante el ámbar aceleran en vez de parar, hay una gran mayoría que para. Pero para cumplir con esta norma, el tiempo de transición entre el verde y el rojo tiene que ser lo suficientemente dilatado como para detener el vehículo con total seguridad.

En la práctica, muchos conductores tienen pánico de ser víctimas de un foto-rojo, más que por los 200 euros de la sanción económica que acarrea por la pérdida de 4 puntos del carné. Ante esta tesitura, frenan incluso si ven el ámbar cuando el vehículo ya está dentro del paso de peatones. La consecuencia, un impacto por alcance a poco que el conductor que circule detrás, con toda probabilidad el que si tendría que parar, se deje llevar por la impaciencia y no frene, además de no guardar la distancia de seguridad. El perjudicado, quien se queda con el golpe, es el que ha parado por inseguridad, por mero miedo a la multa.

Pero al margen de todas estas deficiencias del sistema foto-rojo y de las situaciones de peligro real que crean, hay una gran cantidad de sentencias judiciales, favorables a los automovilistas, que confirman la ilegalidad de las multas impuestas por este dispositivo. El Ayuntamiento de Madrid, todo un pionero de este sistema, viene sufriendo muchos varapalos judiciales, pero no lo retira.

Debiera seguir el ejemplo del Ayuntamiento de San Sebastián, que retiró todos los foto-rojo de la ciudad cuando el Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación interpuesto por dicho consistorio en 2015. La conclusión es que  estos semáforos que multan se han transformado en auténticas máquinas de recaudar, que no sirven para mejorar la seguridad vial y vulneran el principio de presunción de inocencia de los ciudadanos al volante de un automóvil.

Aparte de esta sentencia del Alto Tribunal, el Tribunal Supremo ha vuelto a fallar a favor de los automovilistas, por segunda vez, en diciembre de 2017, confirmando la ilegalidad de las sanciones impuestas mediante un sistema que no ofrece ningún tipo de garantías. En esta segunda ocasión, el  TS ha rechazado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra una sentencia dictada por un juzgado de Valencia, que anuló una multa por rebasar un semáforo en rojo con un aparato foto-rojo que no había sido sometido a control metrológico.

El Ayuntamiento de Catarroja basó este recurso de casación argumentando:  “los dispositivos conocidos como foto-rojo no están sometidos al control metrológico del Estado por no existir Directivas o reglamentos comunitarios ni normativa española que exijan dicho control metrológico”. Pero la sentencia del Tribunal Supremo no deja lugar a dudas: “El dispositivo foto-rojo empleado por la Administración realizaba medición lumínica y a pesar de ello, de que media, no estuvo sujeto a control metrológico”. Según el TS, “el artículo 70.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece que los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985 de Metrología”.

Desde hace casi una década Automovilistas Europeos Asociados (AEA) viene denunciando la inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes, que han corroborado multitud de sentencias a favor de este argumento, anulando las sanciones impuestas por los distintos consistorios. Consistorios que en ocasiones tienen adjudicado la gestión de este tipo de multas a empresas privadas mediante un porcentaje de la recaudación.

 

Sencillamente obsceno. Como obsceno resulta que muchos ayuntamientos estipulen en el contrato del foto-rojo, que la retribución estará en función de los resultados por las gestiones y servicios realizados por la empresa adjudicataria. Pero lo más grave es la percepción, el poso que deja en la ciudadanía todo este asunto, cuando dos sentencias del TS no son suficientes para que los ayuntamientos retiren este ilegal sistema para sancionar. Si es que es ilegal, como dice el Supremo.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, pionero en el sistema foto-rojo, fue el alcalde Alberto Ruiz-Gallardón quien puso en marcha esta maquinaria para multar en 2009. Una maquinaria que cuenta actualmente con 44  dispositivos distribuidos por toda la ciudad. Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), en 2017 se formularon un total de 33.357 denuncias por un importe de 6.671.400 euros y la pérdida de 133.428 puntos del carné.

Esto supone una reducción del 35% respecto a las multas impuestas en 2016. Pero con el equipo de gobierno de la alcaldesa Manuela Carmena se han incrementado nada menos que un 53% desde 2015. Algo que no sorprende, dado que a estas alturas de la película ya nadie niega la existencia de esa particular “guerra” que mantiene el consistorio madrileño contra el automóvil y los conductores.

En palabras de Mario Arnaldo, presidente de AEA, “una vez más tenemos que denunciar la ilegal y contumaz actuación del Ayuntamiento de Madrid, en la formulación de denuncias mediante la utilización de un sistema de captación de infracciones sobre cuya legalidad ya se han pronunciado numerosos juzgados, el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid y hasta el Tribunal Supremo”.



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