Guía sobre la penalización por cancelación de un depósito

Teniendo en cuenta la increíble reducción que han experimentado los intereses ofrecidos por las imposiciones a plazo, muchos ahorradores se están planteando la contratación de este tipo de depósitos con el mayor plazo posible.


Guía sobre la penalización por cancelación de un depósito
Guía sobre la penalización por cancelación de un depósito

De esa forma, pueden garantizarse una mayor remuneración, y lo que es más importante, blindar el tipo de interés recibido durante más tiempo. Al fin y al cabo, todo parece indicar que los tipos van a mantenerse o a seguir bajando durante una larga temporada.

El problema es que no hay manera de estar seguros de si vamos a necesitar el dinero o no antes del vencimiento. Es aquí donde entra en juego la penalización por cancelación anticipada de un depósito.

Dependiendo de cuáles sean las condiciones establecidas por tu banco, podrás asumir un mayor riesgo o no de perder los intereses generados durante el tiempo que has tenido tu dinero depositado en un plazo fijo.

Ausencia de penalización por la cancelación anticipada

Hoy en día, es prácticamente imposible encontrar un depósito cuya cancelación no implique algún tipo de penalización.

La excepción más conocida es, quizá, la correspondiente al depósito de bienvenida de ING Direct, el cual permite tanto una cancelación parcial como total. Es una pena que la duración de este depósito apenas alcance los 2 meses.

Limitaciones establecidas por el Banco de España

Afortunadamente, y de acuerdo con las limitaciones establecidas por el Banco de España, ninguna penalización por la cancelación de un depósito puede exceder a los intereses generados por del propio depósito durante el tiempo que ésta haya estado vigente.

Básicamente, esto significa que la penalización máxima de la que podemos ser objeto es la pérdida de todos los intereses generados hasta la fecha de cancelación, nunca podrá verse reducido el capital inicial.

Cancelación total o cancelación parcial

Mientras que la cancelación total supone recuperar todo el capital originalmente impuesto a plazo fijo, la cancelación parcial implica recuperar parte de ese dinero, dejando el resto depositado para que siga generando un rendimiento.

Cada vez son menos los bancos que permiten la autorización parcial. En cualquier caso, el aspecto más relevante radica en que la penalización por la cancelación parcial únicamente debería afectar al importe que haya sido recuperado, no así al resto del dinero depositado.

 

Por otro lado, si una entidad no permite la cancelación anticipada, lo apropiado sería fragmentar el capital del que disponemos en múltiples depósitos. Algunas entidades permiten la contratación de múltiples depósitos semejantes y otras no. Será necesario consultarlo de manera pormenorizada.

La ventaja de abrir varios depósitos en lugar uno sólo consiste en que, en caso de necesidad de liquidez, es posible cancelar uno de los varios depósitos contratados.

Cancelación anticipada no permitida contractualmente

Jamás tomes por sentado que cualquier depósito que contrates vaya a poder ser cancelado en un momento dado.

Aunque no se trata de una práctica habitual, existen algunas entidades que no permiten la cancelación anticipada y así lo indican en el contrato que rige el depósito.

Esta tipo de cláusulas podría ser un problema si te sobreviene un apuro económico de gravedad.

Ventanas de liquidez libres de penalización

Por último, conviene que conozcas la figura de las ventanas de liquidez en los depósitos.

Como su propio nombre indica, se trata de momentos a lo largo del plazo de vigencia del depósito, durante los cuales es posible recuperar el capital de manera íntegra o parcial sin sufrir una penalización o, al menos, reduciendo el impacto de la misma.

Se trata de una figura intermedia que trata de conciliar los intereses del cliente y del banco.

Tipos de penalización por cancelación anticipada

Tradicionalmente, han existido 3 tipos de penalización impuesta por la cancelación anticipada de un depósito:

  • La reducción del tipo de interés.
  • El descuento sobre los intereses generados.
  • La eliminación íntegra de los intereses generados.

Penalización mediante reducción del tipo de interés

Hoy en día, es raro encontrar depósitos que se rijan por este criterio. Consiste en la reducción del tipo de interés originalmente establecido en el contrato, de forma que el tipo de interés finalmente obtenido pasa a ser proporcional al tiempo durante el cual el depósito ha estado vigente.

Penalización mediante descuento sobre los intereses generados

En este caso, en lugar de aplicar una bajada del tipo de interés se aplica una comisión específica sobre los intereses que se hayan generado hasta el momento de la cancelación.

Se trata de una opción alternativa a la anterior y que persigue el mismo objetivo: ajustar la remuneración al tiempo transcurrido.

Penalización con eliminación íntegra de los intereses generados.

Ésta es la fórmula preferida por la mayor parte de las entidades bancarias. No en vano, se basa en llevar al extremo las limitaciones establecidas por el Banco de España y que ya hemos expresado anteriormente.



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