Cuenta atrás para cumplir con los planes de igualdad en las empresas

El 8 de marzo de 2022 será obligatorio el plan de igualdad en empresas con más de 50 empleados

Igualdad.
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El plan de igualdad en empresas con más de 50 trabajadores será obligatorio a partir del próximo 8 de marzo de 2022. Esto significa que todas aquellas empresas que estén en la obligación de tener este plan podrían verse sancionadas económicamente al incumplirlo. Comienza, por tanto, una cuenta atrás para todas aquellas empresas que necesitan actualizarse en temas de igualdad.

Empresas que estarán obligadas a partir de marzo de 2022

Una de las cuestiones más importantes cuando surge el tema de los planes de igualdad es saber si una empresa tiene o no la obligación de realizarlo.

Recordemos que las empresas de más de 100 trabajadores en plantilla ya tenían esa obligación. Ahora, a partir del próximo mes de marzo de 2022, se amplía a las empresas entre 50 y 100 trabajadores.

Es importante, en este punto, saber que como plantilla computan las personas trabajadoras por cuenta ajena, pero también los cedidos por empresas de trabajo temporal. Asimismo, no computarán como plantilla ni los becarios ni las personas vinculadas con la empresa por relaciones no laborales.

Sanciones para las empresas que no cumplan los planes de igualdad

A partir del próximo 8 de marzo de 2022, las empresas obligadas a presentar un plan de igualdad que no cuenten con él o que lo incumplan, podrán ser sancionadas. Las infracciones leves irán desde los 751€ a los 7.500€, mientras que las infracciones graves o muy graves arrancan en los 7.501€ y pueden llegar a alcanzar los 225.018€.

Cómo se realiza un plan de igualdad

Teniendo en cuenta que las sanciones pueden ser realmente importantes, las empresas deben ponerse manos a la obra para poder realizar este plan de igualdad. Es un proceso que cuenta con una serie de pasos que pueden recorrer por ellas mismas o acompañadas de consultorías especializadas en temas de igualdad como Igualdandote.es. En el segundo caso, estas consultorías se encargarán de estar en todos los pasos del proceso, asegurándose que el plan cumpla con todos los requisitos y esté completamente adecuado a la ley.

La comisión de igualdad

La primera parte del plan de igualdad es crear una Comisión de Igualdad o Comisión negociadora. Será la encargada de llegar a un acuerdo entre empresa y trabajadores. De esta forma, esta comisión debe estar constituida en base a unos principios, entre los que podemos destacar:

Estar formada de forma paritaria entre representantes de los trabajadores y de la empresa con un máximo de 6 miembros por cada parte.

Una representación legal de los trabajadores por parte de Comités de empresa, Comités intercentros o secciones sindicales.

 

Si no hay representantes legales que puedan representar a los trabajadores, serán asistidos por una comisión formada por los sindicatos más representativos del sector de actividad.

El diagnóstico como fase clave

Antes de comenzar con las negociaciones y propuestas, es necesario observar el punto exacto en el que se encuentra la empresa. Por tanto, el siguiente paso será la fase de diagnóstico para un Plan de Igualdad.

Este diagnóstico va a permitir, entre otros, detectar aquellas prácticas que puedan suponer una discriminación hacia las mujeres. Al mismo tiempo, también puede establecer cuáles serán las metas a conseguir para intentar acabar con esas desigualdades.

Elaboración del plan de igualdad

Tras la fase de diagnóstico, se podrá redactar el plan de igualdad. Este plan debe ser promovido por la empresa y negociado en la comisión de igualdad.

En cuanto a las materias que abordará este plan, son muchas y se mueven por diferentes ámbitos. Así, será esencial trabajar en aspectos como el proceso de selección y contratación; clasificación profesional; formación de los trabajadores; promoción profesional dentro de la empresa; condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres; ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral; infrarrepresentación femenina; retribuciones y prevención del acoso sexual.

Implantación del Plan de Igualdad

Una vez que el Plan de Igualdad se elabora y se aprueba por ambas partes, es el momento de implantarlo. Una última fase que implica poner en práctica todas las medidas que se han elaborado.

En esta etapa es muy importante comunicar esta implementación a toda la plantilla.

Tras la implementación, será necesario observar, con el tiempo, si efectivamente la empresa se hacer cargo de todos los puntos tratados en este plan.

Inscripción como paso imprescindible

Será obligado inscribir el Plan de Igualdad en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas. Es necesario hacerlo en la Comunidad Autónoma correspondiente y ante la autoridad laboral competente en cada uno de los casos. Además, como hemos indicado al inicio, este registro deberá realizarse siempre antes del próximo 8 de marzo de 2022, momento en el que los planes de igualdad deberán no sólo estar registrados, sino también implementados correctamente.

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