La Casa de Borbón y el resurgimiento de España

Palacio Real de Madrid.
Palacio Real de Madrid.

Dado el precario estado de salud del rey de España, Carlos II, las potencias extranjeras se posicionan a favor de los distintos candidatos a la sucesión. El Consejo de Estado se inclina a favor del duque de Anjou. La decisión última pertenece al papa Inocencio XI, quien comunica al monarca español su elección por el candidato francés. Es nombrado heredero a la muerte del rey que ocurrió en noviembre de 1700.

El conflicto armado que originó dicha opción concluyó mediante los Tratados de Utrecht firmados entre 1713 y 1715. Arrebató a España de, prácticamente, todas sus posesiones en Europa obligándola a abrir sus puertos al comercio de Inglaterra, nación que fue la ganadora  de la contienda. 

Tras Utrecht, Inglaterra y Francia quedaron como naciones preponderantes en perjuicio de España y Holanda.

La Casa de Borbón instaurada en el trono de España no adoptó una política rupturista con Carlos II. Prosiguió con las reformas emprendidas reduciendo el gasto público e incremento de los ingresos. Pero se necesitaban cambios más profundos.

Los Decretos de Nueva Planta dictados entre 1707 a 1716 intentaron abolir el principio aeque principaliter, por la que los reinos agregados a la monarquía hispánica mantenían sus propios fueros lo que provocaba el mantenimiento de aduanas y una tributación independiente, en cualquier caso, no coordinada con la Corona.  

El sistema impositivo castellano es rechazado por Felipe V por anacrónico y perturbador2 adoptándose el francés, más uniforme y coherente. Encomendó esta función a Jean Orry.

La Nueva Planta perseguía, en lo que atañe a lo tributario, imponer a los reinos de la Corona de Aragón una carga impositiva similar a la soportada por Castilla lo que en un principio se confió al «equivalente en Valencia». 

La finalidad de estos cambios persiguió la introducción del «impuesto único». Institución fiscal que integró las ideas reformistas de los ilustrados durante el s. XVIII: cada individuo debería contribuir según lo que gana y tiene. La medida tuvo una desigual aplicación3.

Se dictaron instrucciones para unificar un mercado interior antes disgregado por aduanas. No tuvo el resultado esperado de modo inmediato, pero si implanto un antecedente unificador que se alcanzaría posteriormente

Felipe V supo aprovechar el crecimiento económico de Europa, el alza demográfica entre los  años 1720 a 17804y el auge de los virreinatos americanos. Ayudaron y mucho las reformas  del monarca que intentaron cambiar a un reino con estructuras anquilosadas distintas a las  imperantes en las monarquías más prosperas. 

Fomentó la intervención del Estado en la economía, favoreció la agricultura y organizó un plan industrial ambicioso mediante la creación de manufacturas reales. 

A esta iniciativa se debe la creación de las Reales Fábricas de Paños y Sarguetas de San Carlos, en Guadalajara, creada en el año 1719; la Real Fábrica de Tapices, en Madrid, creada en  1721; la Real Fábrica de Cristales de La Granja, en La Granja de San Ildefonso, creada en 1727, entre otras, fundadas por Fernando VI y Carlos III.

Es en este siglo XVIII cuando se produce el ascenso de una sociedad de consumo, no solo porque hubiese más población sino porque se hizo más dependiente del mercado.

Se estimula el comercio interior reduciendo los tributos e imponiendo aranceles a las importaciones extranjeras. Junto a otras reformas fructíferas, Carlos III aprobó las Sociedades Económicas del País, centros de encuentro y debate para promover ideas y negocios. Es plasmación de otras entidades similares que existían ya en Europa; fue muy célebre la de Dublín, pero también existían en Suecia, en Francia, en Toscana.

La monarquía fue consciente de la necesidad de generar una nueva política mercantil en el Imperio español y de concebir una mejora en la Carrera de Indias para incentivar el comercio. 

Hasta 1735 se mantuvo el sistema de flotas y galeones, pero a partir de esta fecha se autoriza  a particulares promover el fletado de buques para su comercio inscribiéndose en el Registro. La flota dará lugar al convoy5.

El rey fomentó la creación de compañías privilegiadas a modo de Holanda e Inglaterra. Se intentó, aunque fracasaron, la Compañía Náutica, de 1701; la de Honduras, de 1714, la de  Galicia, de 1734.

El 25 de septiembre de 1728 se creó la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas por medio de Real cédula de Felipe V concedida a comerciantes de la provincia de Guipúzcoa para operar en Venezuela. Era una sociedad participada por acciones. Desarrollo su actividad  entre 1730 a 1785.

Otras compañías privilegiadas fueron la de Barcelona en 1756, la de La Habana en 1740 y la Real Compañía de Filipinas creada por Carlos III en 1785, entre otras menos relevantes.

La armada recobra un protagonismo decisivo para la nación y sus territorios. Conviene recordar que, en España, el renacimiento de la marina fue un objetivo prioritario conforme a  los propósitos modernizadores del nuevo monarca Felipe V. Consecuencia de ese deseo se materializan distintos estudios. 

La idea de renovación marítima es plasmada por el maestre de campo y ministro de la Real Junta General de Comercio y Moneda, Jerónimo de Urtáriz en su obra Theorica y practica del  comercio y marina, publicada en 1724. Obra que influyó decisivamente en otros autores  como Miguel de Zabala y Auñón en su libro Representación al rey NS Felipe V, dirigida al más  seguro aumento del Real Erario, publicada en 1732. 

También es recogida en la obra del III marques de Santacruz, Álvaro Navia Ossorio, Rapsodia  económica-política-monárquica, publicada en 1732 y en Bernardo de Ulloa en su libro Restablecimiento de las fábricas y comercio español en 1740.

Potenciar la navegación fue una idea que también defendió Bernardo Ward, director de la Casa de la Moneda, en su obra Proyecto económico, publicada en 1779. Junto a él, otro discípulo de Urtáriz, Pedro Rodríguez de Campomanes, ministro de Hacienda en 1760 con  Carlos III. Publicó su obra Reflexiones sobre el comercio español e Indias en 1790.

Fue Fernando VI quien dictó la primera disposición liberalizadora del comercio peninsular. Se trataba del Real Decreto e Instrucción de Comercio Libre de Barlovento publicados el 16  de octubre de 1756. Con ellas se habilitan nueve puertos metropolitanos, entre ellos el de  Barcelona, para el comercio libre con Antillas6.

En concreto para Barcelona se funda, en el mismo año, la Real Compañía de Comercio de  Barcelona que obtiene el monopolio del tráfico mercante con Puerto Rico, Margarita y Santo  Domingo además de la autorización para fletar diez buques con destino a Honduras y  Guatemala y el derecho de flete de La Habana7.

El 16 de octubre de 1765 la Corona declara el libre comercio de los puertos peninsulares con  América acabando con el monopolio de Cádiz como único puerto de salida de mercancías.  Esta decisión impulsó a los puertos de Alicante, Barcelona, Cartagena, Gijón, La Coruña, Cádiz, Málaga Santander y Sevilla con las islas de Cuba, Santo Domingo, Puerto Rico,  Trinidad y Margarita.

En 1774 se autoriza el comercio libre con Nueva España, Guatemala, Nueva Granada y Perú.

En 1765 se permite a los catalanes comerciar con Antillas y en 1775 con América del Sur y  México lo que estimuló el crecimiento económico y prosperidad de localidades como  Barcelona, Salou (Reus) y Arenys de Mar. 

Por medio de la pragmática de 12 de octubre de 1778, Carlos III pública el Reglamento y  aranceles reales para el comercio libre de España a Indias. En su preámbulo se dicta:

«Teniendo como fin la felicidad de todos sus súbditos, había llegado a la  conclusión de que solo un comercio libre y protegido entre europeos y  españoles de América podría restaurar la agricultura y la industria […]» 

Se habilitan 13 puertos españoles para comerciar con América y veinticuatro americanos a salvo los puertos de Nueva España y Venezuela autorizados, únicamente, a comerciar con  Cádiz y San Sebastián. Se negó la habilitación a los puertos de Bilbao, El Ferrol y El Puerto de Santa María.

Venezuela quedo fuera del ámbito normativo de esta pragmática hasta 1788, por aquel entonces gestionada por la Compañía Guipuzcoana de Caracas.

Para Anes, las medidas liberalizadoras y la formación de un gran mercado originaron una gran prosperidad económica8, tanto en España como en los virreinatos de Nueva España y del Perú.

En cualquier caso, el término «libre comercio» debe matizarse. Sí hubo una ampliación de  puertos españoles para comerciar, pero no para los extranjeros. Para los productos foráneos  se gravaron con aranceles. Y se exigió a los dueños de los barcos que el capitán y las dos  terceras partes de la tripulación deberían ser españoles.

Se ha demostrado que en el periodo 1784-1792, los comerciantes españoles consiguieron  mayores flujos comerciales en América que sus homólogos ingleses9.

A partir de 1797-1801 surge una crisis comercial que colapsa toda la expansión alcanzada. De nuevo las guerras contra Inglaterra, incremento de los gastos militares, subida de  impuestos, inflación, depreciaciones monetarias, desamortizaciones a Ayuntamientos…fundamentan esta recesión que se extiende al siglo XIX. 

La debilidad de España condicionó su política internacional y su dependencia a Francia frente a un enemigo común: Inglaterra. La invasión francesa cambiaria esa perspectiva.

1 Véase Lorenzo de Membiela, Juan (2020) :«Estudios sobre Trafalgar: Tempestad, Marinos e Imperio », Madrid.
2 Palacio Atard, V. (1985):«La época de los primeros borbones», v.I, Madrid: Espasa Calpe, p. XXVIII.
3 González Enciso, A. (2003): «Felipe V: La renovación de España. Sociedad y economía en el  reinado del primer Borbón»,Pamplona: Eunsa.
4 Floristán, A. (2015):«Historia Moderna Universal», cit.,p.684.
5 Aguado Bleye, P. y Alcázar Molina, C. (1964): «Manual de Historia de España», t. III,  Madrid: Espasa Calpe, p.337.
6 Oliva Melgar, J. M. (1988): «El comercio colonial de Cataluña en la época de Carlos III: del  sistema de puerto único al comercio libre. Aportaciones y debates», Revista d`história  moderna, núm. 8, p. 453.
7 Real Academia de la Historia (2008):«Atlas Cronológico de la historia de España», Madrid:  Ediciones SM, p.245.
8 Anes, G. (1997):«La idea de España en el siglo de las luces», en España. Reflexiones sobre  el ser de España, dir. Suarez, L., Madrid: Real Academia de la Historia, p. 239.
9 Cuenca Esteban, J. (2008):«Statitics of Spain´s Colonial Trade. 1747-1820: New estimates  and comparisons with Great Britain» , Revista de Historia Economica-Journal of Iberian And  Latin American Economic History, núm. 26 ,3, pp. 323-354.

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