Es una de las promesas estrella de la presidenta madrileña

Ignacio González se apuntó al plan de subvenciones de Cifuentes para autónomos

Presentó la solicitud en junio de 2016, al año de dejar la Comunidad, para acogerse a la tarifa plana en su cotización a la Seguridad Social. Vea el documento

Documento de la Comunidad de Madrid.
Documento de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid decidió hace un año ampliar doce meses la tarifa plana de 50 euros en las cuotas de la Seguridad Social que deben pagar los autónomos. Es una de las medidas estrella de Cristina Cifuentes para esta legislatura, que tuvo un singular solicitante: el ex presidente Ignacio González.

El procedimiento de concesión de esta ayuda viene establecido en el Acuerdo de 17 de mayo de 2016 del Consejo de Gobierno, por el que se aprobaron las normas reguladoras del programa de consolidación del trabajo autónomo. Presentadas las solicitudes, la Comunidad debe resolver.

Ignacio González pidió la tarifa plana de 50 euros

Pues bien. Una orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, a la que ha tenido acceso El Confidencial Digital, resolvió hace unas semanas las últimas peticiones realizadas.

Según se puede comprobar en la resolución de la convocatoria, fechada el pasado 13 de febrero, el ex presidente madrileño, Ignacio González, figura como uno de los demandantes del plan estrella de Cristina Cifuentes para beneficiar a los autónomos.

Este hecho se conoce después de que el juez de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, decretara el pasado viernes prisión sin fianza para González, que ingresó de inmediato en la cárcel de Soto del Real por su implicación en la ‘Operación Lezo’. Se investigan presuntas operaciones irregulares en el Canal de Isabel II durante su etapa como presidente.

Ahorro cercano a los 4.000 euros en 18 meses

Según se recoge en la memoria que acompaña a las condiciones de la ayuda, esta medida permite un ahorro a cada emprendedor que inicie su actividad en Madrid superior a los 3.900 euros durante su primer año y medio, sumando los incentivos de la Comunidad y del Estado.

Hasta el pasado verano, un nuevo trabajador autónomo podía acogerse a la cotización reducida de 50 euros del Ministerio de Empleo y Seguridad Social durante los primeros seis meses de actividad, en cualquier territorio del Estado.

Pero los autónomos de la Comunidad de Madrid pudieron ampliar esta tarifa plana durante un año más, lo que les ha permitido extender hasta 18 meses la cuota reducida en el pago de sus cuotas por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal.

La Comunidad de Madrid estima que se están beneficiando de esta ayuda, en este momento, alrededor de 18.000 trabajadores por cuenta propia de la región.

Ignacio González no cumple los requisitos

En la citada Orden de la Consejería de Empleo, dentro del Anexo II, se resuelven las solicitudes denegadas. Se indica el periodo denegado y las causas por las que se rechaza esta ayuda.

 

En el caso del ex presidente madrileño, según ha podido confirmar ECDla subvención ha sido rechazada porque la fecha en la que se dio de alta en el régimen especial de la Seguridad Social (RETA) es previa a la entrada en vigor de la ley 31/2015, de 9 de septiembre, es decir, anterior al 10 de octubre de 2015.

Hay que recordar que González cesó como presidente de la Comunidad de Madrid el 25 de junio de 2015. En su entorno aseguran que, unas semanas después, se dio de alta como autónomo para buscar una salida profesional alternativa a la política. Por tanto, se inscribió antes de octubre de ese año: este ha sido el motivo alegado para dejarle fuera del proceso.

Estar al corriente de las obligaciones tributarias

La normativa establece que se puedan acoger a estas ayudas todos los trabajadores por cuenta propia que se hayan dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social y que hayan estado disfrutando de la tarifa plana de autónomos del Estado desde el 10 de octubre de 2015, fecha de entrada en vigor de la nueva Ley que reforma el Estatuto del Trabajo Autónomo.

Se requiere también mantener las condiciones que dieron derecho a disfrutar de las reducciones del Estado durante el período subvencionable, estar al corriente de las obligaciones tributarias y realizar la actividad económica en la Comunidad de Madrid.

La orden dictada por la Consejería de Empleo pone fin a la vía administrativa. Pero cabe interponer recurso potestativo de reposición en 30 días. También es posible presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses.

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