Acaban de prohibir la investidura telemática

Magistrados del Tribunal Constitucional lamentan que el Gobierno no haya impugnado el nombramiento de Puigdemont como diputado

Aseguran que la fórmula adecuada habría sido interponer un recurso de amparo tras la recogida del acta

Tribunal Constitucional.
Tribunal Constitucional

La decisión del Gobierno de impugnar ante el TC la investidura de Puigdemont ha causado no poco revuelo en el ámbito judicial. Más aún cuando se conoció el dictamen desfavorable del Consejo de Estado y pese a ello, la determinación de Moncloa de acudir al Alto Tribunal.

 

Y así lo hizo: presentó el escrito de impugnación el viernes. Cabe recordar el informe del Consejo de Estado es preceptivo pero no vinculante, razón que explica que el Ejecutivo siguiera adelante.

Esta medida se adoptó ante la decisión de la Mesa del Parlament de investir a Puigdemont, estando éste fugado de la Justicia en Bélgica. Y tras intentar convencer a los diputados catalanes de hacerle president vía telemática. Todo, para no regresar a España y evitar ser procesado.

Qué ha hecho y qué no ha hecho el TC

El Gobierno de Rajoy tenía decidido actuar, en un sentido u otro. Optó por acudir al TC, algo que había hecho en ocasiones anteriores. La última, con la aprobación de las leyes de ruptura aprobadas por el Parlament en septiembre.

Una vez presentada la impugnación, los doce magistrados del TC han acusado recibo el escrito de Moncloa. Pero todavía no han decidido sobre su admisión o no. Ha dado un plazo de diez días para que tanto el Gobierno como el Parlament y los diputados de Junts per Catalunya presenten alegaciones al documento. Sólo entonces lo admitirá o lo rechazará.

Lo único que ha dictado el TC han sido tres medidas cautelares: ha prohibido la investidura telemática de Puigdemont, hacerlo presencialmente sin haberse entregado antes a la Justicia y delegar el voto en otro diputado. Es decir, la única opción del ex president, si quiere regresar al cargo, es presentarse ante el juez Llarena y pedirle permiso para acudir a la investidura.

“Puigdemont no puede ser president”

Soraya Sáenz de Santamaría anunció el jueves el inicio de los trámites para impugnar la investidura de Puigdemont y “evitar un daño irreparable, usando todas las herramientas legales a nuestro alcance para evitar que alguien que está huido de la justicia pueda de forma ilegítima ser investido y ponerse al frente de un Gobierno autonómico”.

En este sentido, fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial Digital se muestran en desacuerdo con la vicepresidenta, ya que, en rigor, Puigdemont no está condenado ni inhabilitado y por tanto puede ser investido president.

Por el momento, está imputado y cabe pensar que, de haberse presentado ante la Justicia, tendría el mismo estatus que Oriol Junqueras, que a día de hoy es diputado y permanece encarcelado en Estremera.

“Justicia ficción”

Fuentes cercanas al Constitucional afirman a ECD  que el sentir de algunos magistrados es estar “haciendo Historia” con la impugnación del Gobierno. A su juicio, se trata de una ocasión sin precedentes, en la que un político imputado por presunta rebelión huye a otro país y desde allí pretende ser investido president mediante “las nuevas tecnologías”.

 

En este sentido, varios de los doce magistrados del TC lamentan que el Gobierno se haya decidido por la impugnación de una medida de la Mesa del Parlament en virtud del artículo 161.2 de la Constitución.

Consideran que esta interpretación fuerza la Carta Magna en un sentido: que el TC se pronuncia sobre hechos ya acontecidos y no sobre futuribles. Éste es el reproche que ha recibido Sáenz de Santamaría desde distintos sectores legales y al que se han unido magistrados del TC.

“La investidura telemática de Puigdemont no ha tenido lugar”, explican  las mismas fuentes a este confidencial. “Estamos hablando de justicia ficción”, añaden.

Recurso de amparo contra la recogida del acta de diputado

En este sentido, estos jueces han planteado una posibilidad que podría haber valido al Ejecutivo. Explican que la Abogacía del Estado podría haber interpuesto un recurso de amparo contra la recogida del acta de diputado por parte de Puigdemont.

Esta opción tiene más fundamentos, según dicen. Por un lado, porque no obliga al TC a pronunciarse sobre hechos futuros, sino ya acontecidos. Por otro, porque no se habría forzado el artículo 161.2 de la Constitución.

Y es que el citado artículo contempla la suspensión de una medida adoptada por una comunidad autónoma durante un plazo de cinco meses, tras el cual el TC debe ratificarla o rechazarla.

Es decir, con esta estrategia del Gobierno, si la Mesa del Parlament no cambia de parecer sobre la investidura de Puigdemont, Cataluña quedaría sin Govern hasta junio, cuando el Alto Tribunal daría su parecer final. Problema que no plantea el recurso de amparo.

El Gobierno podría haber alegado la indefensión del Estado con la recogida del acta de Puigdemont: al no haber comparecido ante la Justicia, su situación en radicalmente distinta a la del resto de diputados y por tanto no se ejerce el cargo en igualdad de condiciones. Un parlamentario puede delegar la recogida del acta, pero en circunstancias que lo motiven, y estar huido de la Justicia no es sino una excusa. Esta exposición de motivos, señalan, habría sido más adecuada.

Roger Torrent, en el punto de mira de la Fiscalía

Puigdemont pidió el lunes amparo al presidente de la Mesa del Parlament, Roger Torrent, para persentarse a la investidura aun sin permiso del juez. La situación no puede ser más comprometedora para el de ERC, ya que de lo que decida depende su situación procesal. En efecto, la Fiscalía tiene en el punto de mira su actuación respecto de la investidura de esta tarde.

Como presidente de la Cámara, está facultado para permitir o impedir la presencia de Puigdemont. En caso de que la consienta pese a la notificación del TC de que debe impedirlo, incurriría en un presunto delito de desobediencia, penado con hasta tres años de cárcel. La Fiscalía actuaría de oficio contra Torrent y solicitaría diligencias a Llarena para proceder contra él, según las fuentes consultadas.

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