Una de las 52 que fueron “rebautizados”

Varapalo judicial a Carmena: anulado el cambio de nombre de la calle Caídos de la División Azul

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid considera que el acuerdo de la junta de gobierno de la capital conforme a la Ley de Memoria Histórica no es ajustado a derecho

Los planes del Ayuntamiento de Madrid para cambiar de nombre más de 50 calles con denominaciones “franquistas” han sufrido un contratiempo en los tribunales. Un juzgado de lo contencioso-administrativo de la capital ha estimado un recurso de una asociación contra la modificación de la calle de los Caídos de la División Azul.

En el ecuador de la legislatura municipal, tras un largo proceso de estudio marcado por la polémica, el gobierno municipal de Manuela Carmena aprobó el 4 de mayo de 2017 el cambio de nombre de 52 calles de la capital.

Ahora Madrid tenía como objetivo acabar con lo que consideraba “vestigios del franquismo” en el callejero de la ciudad: calles que pese a llevar nombres de general protagonistas del golpe de Estado del 18 de julio de 1936, como Yagüe o Varela, no habían sido retiradas durante décadas de democracia.

Algunos colectivos comenzaron a protestar contra algunos cambios: veteranos de la Legión contra el cambio de la calle General Millán Astray, por ejemplo, así como una asociación, Colectivo de Familiares Caídos en Rusia, descendientes de españoles que participaron en la campaña alemana contra la Unión Soviética en la Segunda Guerra Mundial.

El Confidencial Digital ha tenido acceso a una sentencia del Juzgado de la Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid, que estima un recurso interpuesto por esa asociación.

La juez ha anulado el acuerdo del 13 de julio de 2017 por el que la Junta de Gobierno del ayuntamiento desestimó un recurso de reposición de la asociación contra el cambio de la calle de los Caídos de la División Azul.

En consecuencia, también la juez ha anulado el cambio de nombre de la calle en cuestión, tras desestimar un recurso del Ayuntamiento de Madrid, que argumentaba que la asociación recurrente carece de legitimación activa necesaria para llevar este asunto a los tribunales.

 

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