La Junta Electoral acaba con la picaresca del doble voto de los interventores de cara al 26-M

Ha establecido que cuando concurran varios procesos electorales el mismo día deberán elegir voto presencial o por correo pero no podrán combinar ambos procesos

Interventores de las elecciones de 2011.
Interventores de las elecciones de 2011.

Se aproxima el 26 de mayo, fecha de las elecciones municipales, autonómicas y europeas y posible día de las generales, si Pedro Sánchez no consigue aprobar los Presupuestos.

Los partidos ya trabajan de cara al ‘súper domingo’ del 26-M designando a los candidatos y elaborando las listas electorales.

También la Junta Electoral, que ha aprobado recientemente una instrucción de cara a esta múltiple convocatoria.

Se trata, según ha sabido Confidencial Digital, de una orden sobre el voto de los interventores “en el caso de concurrencia de varios procesos electorales”, como es el caso del 26-M.

Picaresca del doble voto

La Junta Electoral ha querido acabar con la picaresca que llevaban a cabo algunos interventores cuando se celebraban varios comicios el mismo domingo.

Según ha sabido ECD, se han registrado casos de doble voto, ya que la ley electoral establece que pueden ejercer su derecho ante la mesa en la que estén acreditados, si pertenece a su circunscripción, mientras que los procesos en los que no se dé esta circunstancia, deberán hacerlo por correo.

Pues bien. La propia Junta Electoral considera que la ley “no permite evitar el doble voto”, ya que la Oficina del Censo Electoral remite al interventor las papeletas de todos los procesos electorales convocados.

Por tanto, un interventor puede, por ejemplo, votar en las municipales por correo y hacerlo de nuevo en la mesa electoral en la que esté acreditado si corresponde a su circunscripción.

Un proceso u otro

Para evitar esta situación, la Junta Electoral ha aprobado una instrucción, tras reunirse con los partidos en octubre y el pasado miércoles 23 de enero.

 

Han establecido lo siguiente: si los interventores están acreditados en una mesa que pertenece a su circunscripción, deberán votar en ella en todos los procesos electorales.

En caso contrario, deberán hacerlo por correo, pero en ningún caso combinar ambos procedimientos.

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