La Junta Electoral Central permite a un ciudadano acceder a todas las actas de las generales del 10-N

Ha autorizado que se le facilite toda la documentación de los resultados “siempre que no suponga coste alguno para la Administración”

Pedro Sánchez vota en las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019.
Pedro Sánchez vota en las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019.

Las distintas elecciones que se han celebrado en España tras la muerte de Franco han transcurrido en general sin denuncias que pongan en cuestión la limpieza del escrutinio, ni que hagan sospechar que ha habido un ‘pucherazo’.

Pese a ello, en los últimos años algunos partidos sí que han deslizado, antes de los comicios, sus dudas de que no pudiera haber alguna manipulación electoral. También han sido frecuentes las cadenas de mensajes de WhatsApp que alertaban del supuesto “fraude” que se iba a cometer, señalando en muchos casos a Indra, cuando en realidad esta empresa no cuenta los votos, sino que simplemente ofrece las estadísticas la noche electoral, como adelanto de los resultados oficiales que se declaran un par de días después.

Voluntarios de Podemos revisaron actas de las elecciones generales de junio de 2016 que ganó Mariano Rajoy, los independentistas montaron su propio recuento paralelo en las elecciones catalanas de diciembre de 2017 convocadas por el Gobierno de España al aplicar el 155, Vox difundió su preocupación sobre la limpieza de las generales de noviembre de 2019...

Confidencial Digital ha podido comprobar que precisamente en relación con las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019, de la que salió el pacto PSOE-Unidas Podemos que invistió a Pedro Sánchez, la Junta Electoral Central ha resuelto una petición en ese sentido de revisar los resultados.

Durante la última sesión de la junta, celebrada el pasado 17 de septiembre, se analizó la solicitud de acceso de un particular, que quería consultar las actas electorales de las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019”.

El acuerdo de la Junta Electoral Central consistió en “autorizar al interesado para que, a requerimiento suyo, se le pueda facilitar por las Secretarías de las Juntas Electorales Provinciales lo solicitado”.

Es decir, la Junta Electoral Central ordena a las juntas electorales provinciales que permitan a este ciudadano consultar las actas electorales del 10-N.

Eso sí, el acuerdo de la Junta Electoral Central establece algunas prevenciones: se le dará acceso a las actas de las elecciones generales de noviembre de 2019, pero sólo “siempre que no suponga coste alguno para la Administración y en la medida en que dicha actuación respete la legislación sobre protección de los datos personales”.

Dos meses antes, en julio, el organismo que vigila las elecciones ya había respondido a una solicitud similar (es posible que del mismo solicitante) “de un ciudadano, de acceso a las actas electorales de todas las mesas electorales correspondientes a las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019, en virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”.

 

En ese caso, la Junta Electoral Central había decidido “comunicar al interesado que la documentación recabada no obra en poder de esta Junta Electoral Central, debiendo solicitarse a la Secretaría de la correspondiente Junta Electoral Provincial, que es la depositaria de toda la documentación electoral correspondiente a esa Junta, según establece el artículo 12.2 de la LOREG, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”.

Después llegó la petición que ha conducido a que la Junta Electoral Central abra las puertas de las juntas electorales provinciales a ese ciudadano para que pueda consultar las actas electorales de las elecciones del 10 de noviembre.

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