La justicia tumba un recurso para anular los resultados de las elecciones madrileñas que ganó Ayuso

La Junta Electoral Central desestimó las denuncias de Unidad de Centro (UDEC). Este partido extraparlamentario recurrió al TSJ, que ha declarado la validez de los resultados del 4 de mayo

Isabel Díaz Ayuso, en el centro, celebra su victoria en las elecciones de la Comunidad de Madrid.
Isabel Díaz Ayuso, en el centro, celebra su victoria en las elecciones de la Comunidad de Madrid (Foto: Europa Press).

Los tribunales de justicia han tenido que pronunciarse sobre la legalidad de las elecciones a la Asamblea de Madrid que se celebraron el pasado 4 de mayo y que ganó el Partido Popular, con Isabel Díaz Ayuso como candidata.

Confidencial Digital ha podido comprobar que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tuvo que analizar el recurso contencioso-electoral que interpuso un partido político sin representación institucional, Unidad de Centro, tras no conseguir que la Junta Electoral Central aceptara sus denuncias para anular los resultados de esas elecciones.

Tal y como se contó en estas páginas, el 13 de mayo llegó a la Junta Electoral Central un recurso de Unidad de Centro, un partido extraparlamentario que había obtenido 1.680 votos, el 0,05% de las papeletas emitidas.

El partido pretendía “que se declare la nulidad de las actas de escrutinio general por considerar que se ha vulnerado la legislación vigente, y que se realice un nuevo escrutinio general conforme al procedimiento establecido en la LOREG”, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

En su recurso citaba una serie de supuestas irregularidades formales en el recuento de votos, si bien ninguna de ellas suponía directamente que a Unidad de Centro le hubieran anulado votos, o perjudicado de alguna manera concreta.

La Junta Electoral Central no aceptó sus argumentos. Desestimó el recurso, y además advirtió a este pequeño partido que quizás recibiese alguna denuncia penal de los miembros de la Junta Electoral Provincial de Madrid por haberles grabado sin permiso durante el recuento del voto por correo de las elecciones autonómicas.

Pues bien: ECD ha podido saber que Unidad de Centro no se conformó con las resoluciones de la Junta Electoral Central que tumbaron sus denuncias, y presentó un recurso contencioso-electoral. El recurso llegó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En la última reunión de la Junta Electoral Central, la del 15 de julio, sus miembros adoptaron el acuerdo de “tomar conocimiento” de la sentencia del TSJ de Madrid.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal resolvió en apenas unos días, y el 8 de junio emitió una sentencia (2/2021) “por la que se desestima el recurso contencioso-electoral interpuesto por el partido Unidad de Centro (UDEC) contra el escrutinio general de las elecciones a la Asamblea de Madrid de 4 de mayo de 2021, así como contra las resoluciones de la Junta Electoral Provincial de Madrid y de la Junta Electoral Central, de 11 de mayo y 18 de mayo respectivamente”.

 

En dicha sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid no sólo desestima la pretensión de Unidad de Centro de anular las elecciones, sino que de hecho declara la validez de los comicios del 4 de mayo y la proclamación de los diputados de la Asamblea electos.

Además, los jueces decidieron imponer las costas al partido político que había presentado el recurso.

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