Mil euros de multa por rechazar la vacuna contra el Covid siendo persona de riesgo

Sanidad apuesta por modificar el decreto de estado de alarma, vigente durante el plan de vacunación, para introducir la obligatoriedad junto a fuertes sanciones por negarse

Dosis de la nueva vacuna que han elaborado en China
Vacunas.

El Gobierno no ha aclarado todavía si impondrá la obligatoriedad de la vacuna contra el coronavirus en España. Pero el Ministerio de Sanidad ha comenzado a trabajar en un plan para una “inmunización forzosa” en situaciones que supongan una “grave amenaza para la salud pública”. Contempla incluso fuertes sanciones por negarse a ello.

En un principio, el ministro Salvador Illa afirmó hace unas semanas que “no creía conveniente” que fuera obligatoria su inyección. Sin embargo, el propio Ministerio de Sanidad cambió de opinión unos días más tarde y dejó abierta la posibilidad de imponer una vacunación forzosa.

Si fuera necesario y la epidemia lo exigiera, habría herramientas para obligar a la población a vacunarse. “Lo que se tenga que hacer para controlar la pandemia, se hará”, han advertido.

Amenaza grave para la salud pública

En España, la vacunación no es obligatoria salvo que lo diga un juez. Las personas, por lo tanto, están en su derecho a negarse a que se le suministre una dosis. Sin embargo, en crisis sanitarias o epidémicas sí que se abre la puerta a hacerlo. 

La Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública del 14 de abril lo contempla en su artículo segundo, que dice así: 

-- “Las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad”.

Vacunación obligatoria con la alarma

Pese a que la vacunación en España es voluntaria, existen antecedentes jurídicos, en el contexto de una situación de brote epidémico, en los que se ha obligado a vacunar. 

No obstante, en Sanidad consideran que, en un escenario de grave amenaza para la salud pública, la herramienta más garantista desde el punto de vista del respeto a los derechos fundamentales es recurrir al decreto de estado de alarma. 

La Ley 41/2002 básica y reguladora de la Autonomía del Paciente reconoce este principio de autonomía de la voluntad en su artículo 2ª e., donde garantiza el derecho a aceptar o rechazar terapias o procedimientos médicos. 

 

Un criterio que respeta la Ley 33/2011 General de Salud Pública. También la propia Constitución española recoge el derecho de cualquier persona a no vacunarse amparándose en el respeto a los derechos de libertad e intimidad.

En el Gobierno se piensa, por ejemplo, en sanitarios y trabajadores de residencias de mayores, pero también en cualquier perfil profesional cuya negativa a vacunarse, valorando el contacto directo que vaya a tener con el resto de la población por su actividad, genere riesgo para otras personas con consecuencias de tipo sancionador.

Las fuentes a las que ha tenido acceso ECD explican que Sanidad no prevé tomar esta decisión tan drástica en las fases iniciales de la campaña de vacunación. En ese momento, las primeras dosis empezarán a llegar con cuentagotas. 

Si todo va bien, la campaña comenzará en el mes de enero y se espera que una parte sustancial de la población haya recibido la vacuna en marzo. Ante personas de riesgo que se nieguen, en el Ejecutivo recuerdan que “el calendario de vacunación llega por ahora hasta el mes de mayo, coincidiendo con la vigencia del estado de alarma”.

Modificar el decreto de estado de alarma

Pero la vacunación obligatoria es una medida que no puede adoptarse con el actual decreto sobre el estado de alarma que aprobó el Gobierno el pasado mes de octubre. Esta posibilidad no se contempló entonces. 

En Sanidad apuestan por introducir un nuevo instrumento legal, al amparo de las atribuciones del Gobierno para decretar el estado de alarma y prever en sus nuevas disposiciones que esta situación incluya, con los matices y excepciones que se consideren precisos, la obligación de inyectarse la vacuna contra el Covid.

“Si es necesario obligar a vacunar a personas que suponen una grave amenaza para la salud pública debemos estar preparados para que, cuando nos enfrentemos a esa situación o un brote importante, no sea una cuestión que tengamos que judicializar, sino que sea una cuestión que la legislación prevea expresamente”, defienden.

Multas de más de 1.000 euros por negarse

Otra de las modificaciones que el Ejecutivo se plantea introducir contempla multas por infracciones en materia de salud, que incluya rechazar vacunarse contra el coronavirus. Aunque se prevé darle el tratamiento de infracción leve, las sanciones rondarían los 1.000 euros, según explican a ECD fuentes conocedoras de los planes de Sanidad.

Se pretende, explican, que la vía de la imposición de multas para quien no se vacune sea una forma de persuasión institucional para que las personas de riesgo acepten inyectarse la dosis.

También se estudia introducir otra especificación en la nueva normativa para privar el acceso a determinados servicios públicos a quien no se vacune por el riesgo de contagios. “Algo que sería proporcional y justificado”, argumentan fuentes del Gobierno.

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato