La multa mínima de 3.000 euros a positivos que se saltan la cuarentena se extiende a toda España por orden de Sanidad

La cuantía aumenta en casos de grave incumplimiento: 15.000 euros si no se atiende a los rastreadores, 50.000 por ir a una boda en la que se detecten nuevos contagios…

Pedro Sánchez y Salvador Illa, con mascarilla.
Pedro Sánchez y Salvador Illa, con mascarilla.

Incumplir la obligación de permanecer en cuarentena al ser confirmado el contagio por Covid, o tener síntomas compatibles con el virus o haber sido contacto estrecho de un positivo, supondrá enfrentarse a las mismas multas en toda España, por orden del Ministerio de Sanidad. Las cantidades, alguna de ellas de miles de euros, irán en función de las consecuencias del incumplimiento.

Los Gobiernos autonómicos son los que, con asesoramiento y en comunicación con el Ministerio, deciden qué medidas toman, cuándo y dónde, respecto a la normativa sobre la pandemia.

Pese a ello, según ha podido saber Confidencial Digital por fuentes próximas a Sanidad, el departamento que dirige Salvador Illa ha decidido dictar una norma común, de aplicación en todas las autonomías, ante los alarmantes incumplimientos del confinamiento y la cuarentena domiciliaria por parte de contagiados por coronavirus.

Solo en la Comunidad de Madrid, las autoridades sanitarias han reconocido que han detectado más de 500 incumplimientos graves en una semana.

En varias comunidades, como Baleares, Extremadura y Galicia, ya se contemplan desde hace semanas sanciones importantes por este tipo de infracciones, pero no ocurre así en la mayoría de territorios. Aragón se sumó a ellas el pasado viernes.

Ahora, la norma se recogerá en una nueva instrucción, que aprobarán el resto de consejerías de Sanidad, para unificar en toda España el protocolo de actuación en materia de salud pública en relación con aislamientos y cuarentenas para la prevención y el control de la pandemia.

3.000 euros por saltarse la cuarentena

Según la información que maneja ECD, en el protocolo que recoge el planteamiento dictado por el Ministerio de Sanidad, una persona contagiada por coronavirus que se salte de forma reiterada la cuarentena a la que está obligada se expone a una multa de hasta 600.000 euros, en función de la gravedad de las consecuencias que origine su actitud y la reincidencia.

Esa cantidad es la horquilla más alta que ha propuesto Sanidad a las comunidades autónomas, si la infracción se tipifica como muy grave.

Si ese incumplimiento se estima leve, acarrea una sanción mínima de 3.000 euros. Se considera infracción leve “incumplir la limitación de desplazamientos o el confinamiento en domicilios de los contagiados, aunque no haya habido contacto con otras personas”.

 

Las multas van en función de la gravedad

A la hora de fijar la cuantía de las multas, se tendrán en cuenta las circunstancias agravantes de “grave alteración sanitaria y social” que provoque haberse saltado el aislamiento.

Se consideran agravantes que la persona incumpla la cuarentena para “acudir a eventos sociales multitudinarios, fiestas o celebraciones, establecimientos abiertos y cualquier actividad que implique aglomeraciones”.

Se clasifican como infracciones graves, entre otras, el incumplimiento reiterado de las prohibiciones, entre ellas la de la cuarentena o la prohibición de realizar desplazamientos, así como la denegación de apoyo y colaboración a las autoridades para el seguimiento epidemiológico de contagiados o sospechosos.

En estas situaciones, según ha podido confirmar ECD, las sanciones que se establecen en la orden de Sanidad alcanzan los 15.000 euros.

50.000 euros si se acude contagiado a una boda

Una situación que podría subir el importe de la multa es la participación en algún evento multitudinario en el que se detecten nuevos contagios, e incluso acudir a algún establecimiento abierto al público o fiesta.

También se valorará el “número de personas afectadas” si se incumple la norma de no acudir a eventos sociales multitudinarios, fiestas o celebraciones, establecimientos abiertos al público, o actividades con aglomeraciones de personas, especialmente si provoca contagios o cuarentenas de otras personas.

Se contemplan sanciones de hasta 50.000 euros si un contagiado acude a una celebración especialmente numerosa, como puede ser, por ejemplo, una boda.

Se considerarán asimismo circunstancias agravantes, en especial, el contacto estrecho con personas de carácter vulnerable a la enfermedad y los perjuicios causados en el caso de que el incumplimiento de la cuarentena haya provocado el cierre de actividades o establecimientos.

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