El PSOE ha planteado la exhumación del Valle de los Caídos

La retirada de los restos de Franco no exige rendirle honores de jefe de Estado

El decreto que regula el protocolo sólo contempla el homenaje fúnebre para el rey, los miembros de la Familia Real, el presidente del Gobierno, el ministro de Defensa y los jefes de Estado Mayor

El Gobierno de Pedro Sánchez ha lanzado en estas primeras semanas de andadura una propuesta que ya está generando polémica. Su intención es exhumar y sacar de la Basílica del Valle de los Caídos los restos mortales de Francisco Franco, que fue enterrado allí al morir en 1975.

El nuevo Gobierno socialista pretende llevar a efecto su petición, presentada hace unos meses, para que del gran mausoleo construido por Franco salgan los restos mortales del propio dictador, que reposan bajo una lápida detrás del altar mayor de la basílica. Fueron colocados allí por decisión de Juan Carlos I, que asumió la Jefatura del Estado a la muerte de Franco.

Sánchez parece decidido a sacar del Valle de los Caídos a Franco, el único enterrado allí que no murió en la Guerra Civil. Habrá que ver las resistencias que ello genera, ya que algunos familiares del dictador se oponen a ello.

En este contexto se ha llegado a comentar la paradoja de que la salida del ataúd con los restos de Franco, acto con el que se pretende acabar con la “exaltación” de su figura, iría acompañada de la rendición de honores en el mismo Valle de los Caídos.

Lógicamente, en el cortejo fúnebre desde el Palacio Real de Madrid hasta el Valle de los Caídos, y en el entierro en este mausoleo, los restos de Franco recibieron los máximos honores militares, como “Caudillo” y “Generalísimo” de los ejércitos, títulos que ostentaba.


Unidad de Protocolo y Ceremonial de Estado

Ante los comentarios surgidos en los últimos días sobre si habría algún tipo de ceremonia, de honores oficiales ante lo que, en definitivo, sería el traslado del féretro de un antiguo jefe del Estado, Confidencial Digital trató de consultar este asunto con la Unidad de Protocolo y Ceremonial de Estado, la oficina que dentro de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno se encarga de organizar el protocolo que afecta a las altas instituciones del Estado.

Al contactar por teléfono, una integrante de esta Unidad de Protocolo y Ceremonial respondió que ella no estaba autorizada a responder a cuestiones sobre ese tema a preguntas de ECD. Dicho lo cual, derivó la consulta a la Secretaría de Estado de Comunicación.

Allí, por su parte un miembro de esta secretaría de Estado -que realiza las funciones de oficina de prensa y relaciones con los medios de Presidencia del Gobierno y el Palacio de la Moncloa- indicó que sería preferible realizar la consulta a Vicepresidencia del GobiernoECD, en todo caso, también envió un correo electrónico a la Secretaría de Estado de Comunicación con las dudas sobre si el traslado de los restos de Franco conllevaría honores.

En Vicepresidencia del Gobierno de nuevo optaron por pedir que se les enviara un correo electrónico al departamento de prensa de esta cartera que dirige Carmen Calvo. A última hora de la tarde del jueves 21 de junio este confidencial no había recibido respuesta a ninguna de las dos peticiones de información.

 

La opinión de expertos en protocolo

Sin embargo, ECD se puso en contacto con un experto en protocolo, Carlos Fuente. Fue jefe de protocolo del Ayuntamiento de Oviedo, del Gobierno de Asturias y de la Junta General del Principado, así como responsable del protocolo de la ceremonia de entrega de los premios de la Fundación Príncipe de Asturias. Actualmente es presidente de la Organización Internacional de Ceremonial y Protocolo y director de la International School of Event Management & Communication (ISEMCO).

Carlos Fuente se muestra rotundo: “No proceden honores algunos, más allá de los que estructure la familia de manera íntima y que le quiera proporcionar. Pero no honores de Estado”, y remarca que “no hay honores para una persona que ya los recibió en su fallecimiento”, ya que “todos los honores como Jefe de Estado los recibió en su momento y ahora no procede”.

Además, este experto en protocolo añade que organizar una ceremonia solemne con honores oficiales sería en este caso “un contrasentido”: “Desde el punto de vista político parece que no tenga sentido alguno cambiarle de emplazamiento (Valle de los Caídos) y que haya que darle honores”. E insiste en que legalmente no caben ni honores ni ceremonia de Estado.

Algo distinta es la respuesta de José Luis Sampedro, diplomado en Protocolo y Ceremonial de Estado por la Escuela Diplomática y la Universidad de Oviedo. Sampedro asegura que a Franco ahora “tendrían que rendírsele los honores correspondientes a un Jefe de Estado”, pero que ve muy claro que no se realizarán, por ese mismo motivo ya apuntado de que lo que se persigue con la salida de sus restos del Valle de los Caídos es retirarle cualquier “honor”.

Reglamento de Honores Militares

Actualmente las honras fúnebres de altas autoridades del Estado se encuentran reguladas en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. Su artículo 36 establece las “personalidades con derecho a honores fúnebres militares”, se entiende, por tanto, tras su fallecimiento y en el momento de su entierro y funeral.

“1. Las Fuerzas Armadas rendirán honores fúnebres militares en señal de respeto y homenaje a los restos mortales de aquellas personas que se indican a continuación:

a) Las que expresamente les corresponden honores militares según lo previsto en el Capítulo II del Título I y los artículos 15,17,19 y 20.

b) Los ex Presidentes del Gobierno y otras personalidades de especial relevancia a las que por sus excepcionales servicios a España así se determine por real decreto de la Presidencia del Gobierno.

c) Los militares y el personal civil con una especial vinculación con la Defensa y las Fuerzas Armadas que fallezcan en acto de servicio”.

En cuanto a esas personas de los artículos citados, se trata del rey y de los miembros de la familia real (Capítulo II), del presidente del Gobierno (artículo 15), del ministro de Defensa (17), del Jefe del Estado Mayor de la Defensa y de los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire (19) y a oficiales generales (20).

Por tanto, no se cita a antiguos jefes de Estado que sean trasladados de lugar de sepultura, como sería el caso de Franco. Aunque ha habido excepciones a esa regla.

El traslado de los restos de Alfonso XIII

El caso más claro es el del traslado de los restos mortales de Alfonso XIII, el rey que se exilió en 1931 antes de la inminente proclamación de la Segunda República y que murió en el exilio en Roma en 1941. En enero de 1980 el rey Juan Carlos y su padre don Juan de Borbón decidieron cumplir su última voluntad y repatriar el cuerpo para enterrarlo en el Panteón de Reyes del Monasterio de El Escorial.

En esta ocasión, el féretro de Alfonso XIII recibió los máximos honores militares, como un rey recién fallecido. La Armada recibió sus restos en el puerto de Cartagena (de donde se marchó Alfonso XIII en 1931), el Ejército del Aire los trasladó desde San Javier a Getafe.

Ya en San Lorenzo de El Escorial, la Guardia Civil vigiló el camino con las armas largas apuntando al suelo en señal de luto. Distintas compañías del Ejército de Tierra le rindieron honores y desfilaron ante el féretro de Alfonso XIII, y una batería de cañones realizó veintiuna salvas de odenanza, el máximo en honras fúnebres. Las campanas del Monasterio de El Escorial tañeron a duelo hasta que comenzó el funeral.


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