Concentraciones del ‘15-M bis’. Madrid es la capital mundial de las ‘manifas’: se han celebrado 755 desde enero hasta mayo

En vísperas del '15-M bis' Madrid se ha convertido en la capital mundial de las movilizaciones callejeras, que además se han disparado desde el comienzo de año. La concentración de ayer ha tenido casi ochocientas precedentes, y la Puerta del Sol es el epicentro de las protestas.

Las cifras son contundentes. Según ha podido saber El Confidencial Digital, en lo que va de año, es decir, desde el 1 de enero de 2012 hasta el 9 de mayo, la Delegación del Gobierno en Madrid ha autorizado un total de 856 solicitudes para manifestarse por las calles y plazas de la capital.

De todas las solicitudes recibidas en el departamento dirigido por Cristina Cifuentes (que hace unos días se infiltraba de incógnito en una de las asambleas del ’15-M bis’) se han celebrado finalmente 755. Las 101 restantes no se han realizado, por motivos que la delegación del Gobierno desconoce, no por falta de autorización.

De estas 755, 120 manifestaciones han tenido su epicentro en la Puerta del Sol, punto neurálgico de concentración de los ‘indignados’ de cualquier signo.

Incremento del 20%

Estas cifras suponen un incremento de más del 20% de las movilizaciones callejeras respecto al mismo periodo de 2011.

Fuentes de la delegación del Gobierno consultadas por ECD explican que las motivaciones reivindicativas son de lo más diverso. Desde un punto de vista cualitativo, las principales razones para manifestarse han sido, por este orden:

-- Laborales, por motivos de despidos.

-- Contra decisiones de los políticos a nivel nacional.

-- Contra decisiones de la política exterior española.

 

-- De carácter social.

Existe una última categoría que engloba las manifestaciones que no tienen un carácter definido, así como las que no han sido notificadas, como por ejemplo la huelga de hambre de una persona o las reuniones de vecinos.

Hay que recordar que la legislación vigente que regula el Derecho de Reunión es la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio. En ella se recoge que “se entiende por reunión la concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas, con finalidad determinada”.

Así se autorizan

El procedimiento que sigue la Delegación de Gobierno en Madrid para autorizar o no una manifestación callejera consta de varios pasos que, en función de factores como la importancia, asistencia o carácter, se aplicaran en su totalidad o no. Son estos:

-Se presenta el documento por escrito en la Delegación del Gobierno. Tiene que reunir los requisitos que determina la legislación vigente.

-Se comprueba el cumplimiento de dichos requisitos.

-Petición de informe al Ayuntamiento para evaluar la previsión de incidencia y la adecuación del emplazamiento solicitado.

-Solicitud de informe a otras instituciones, si fuera necesario.

-Solicitud de informe específico a la Policía y Guardia Civil.

-Solicitud de informe especifico a la Abogacía del Estado. Por ejemplo se aplicó en el caso de la llamada “Procesión Atea”.

-Se convoca una reunión de coordinación para poner en común todos los informes realizados.

-La delegación dictamina la resolución del proceso y la comunica a los solicitantes.

En el caso en que se denegase la propuesta, los demandantes pueden presentar un recurso ante el Tribunal Contencioso Administrativo. En función del Fallo dictaminado por el juez instructor del caso, se aprueba o deniega definitivamente la celebración de la concentración.

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