Interior “no puede equiparar” las condiciones laborales de los guardias civiles con las del Cuerpo Nacional de Policía porque la Guardia Civil tiene carácter militar

El ministerio del Interior no puede equiparar las condiciones laborales de los guardias civiles con las del Cuerpo Nacional de Policía. Motivo: que ambas están reguladas en la ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de 1986, y esa norma fija para la Guardia Civil el carácter de “instituto armado de naturaleza militar”.

En una comunicación parlamentaria, Interior manifiesta que en ambos casos las “condiciones laborales” se contienen en el régimen estatutario marcado por dicha ley, que en su artículo 9 dice que el Cuerpo Nacional de Policía es “un Instituto armado de naturaleza civil, dependiente del ministerio del Interior”, y que la Guardia Civil es “un Instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministro del Interior, en el desempeño de las funciones que esta ley le atribuye, y del ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que éste o el Gobierno le atribuya”.

“De la diferente naturaleza de ambos institutos armados, es decir, del carácter militar de uno y del carácter civil del otro, deriva la especificidad y autonomía del régimen jurídico que regula su respectivo estatuto personal”, añade el ministerio. Interior no puede incidir en ese régimen porque su regulación corresponde a una ley orgánica.

Ley de Régimen Personal

En cualquier caso, sigue adelante el proceso de estudio y redacción del proyecto de ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil, para dar cumplimiento a la ley de la Carrera Militar, de 2007, en su disposición final séptima.

Pretende ser un texto integrador en el que se aborden los diferentes aspectos de dicho régimen, conjugando los principios esenciales contemplados en la normativa la carrera militar con los que son de aplicación, de manera específica, a otras instituciones policiales y, de manera general, al reto de empleados públicos.

Por lo que se refiere a la ley orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, y la ley de Régimen Disciplinario, ambas de 2007, Interior destaca las siguientes iniciativas:

-- Aprobada a finales del año pasado la nueva normativa sobre regulación de vacaciones, permisos y licencias en la Guardia Civil.

-- En vigor desde el 1 de noviembre la “Orden General por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de servicio del personal de la Guardia Civil”.

-- Se ha publicado el real decreto por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil.

 

-- Se ha creado el Centro Universitario de la Guardia Civil.

-- Está en fase de tramitación el proyecto de orden ministerial sobre clasificación de destinos y comisiones de servicio en la Guardia Civil.

Además, este fin de año se iniciará la implantación del Plan de Riesgos Laborales de la Guardia Civil, contenido en el manual de Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales presentado al consejo de la Guardia Civil el 14 de octubre.

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