La Policía Nacional tiene un nuevo Código Ético: los agentes solo usarán armas de fuego en zonas no vitales del cuerpo

La Dirección General de Policía ha aprobado un Código Ético para los agentes del Cuerpo que pone negro sobre blanco a una serie de nuevas realidades e instrucciones. En el texto se insta a denunciar conductas irregulares de los compañeros y a no disparar nunca a zonas vitales del objetivo.

Según ha sabido El Confidencial Digital, el texto, que fue aprobado por el propio Ignacio Cosidó a principios de mes, ya está siendo repartido a nivel nacional en todas las comisarías, y los agentes están conociendo unas instrucciones que ya recibían a través de circulares ordinarias durante los últimos años.

Fuentes de la Policía Nacional consultadas por este diario explican que esta medida “supone modernizar las funciones del cuerpo y adaptarlas a la nueva realidad actual, ampliando los Principios Básicos de Actuación de 1981 y de 1986 por los que nos regíamos, con las órdenes y disposiciones redactadas en los últimos tiempos”.

ECD ha tenido acceso al Código Ético, que disemina en 22 páginas las obligaciones y el modo de actuar de los policías, tanto a nivel interno como en el trato con el ciudadano de a pie, los detenidos, y las personas que agreden a los propios agentes.

Los policías tendrán que denunciar conductas irregulares de compañeros

En los primeros quince artículos, el texto explica las diferentes funciones de los agentes de Policía para, a continuación, desarrollar con mayor profundidad las obligaciones de los uniformados dentro del propio Cuerpo de Policía.

Así, en el artículo 16, el Código Ético señala la obligación de evitar conductas de abuso de poder, la aceptación de regalos por parte de los agentes, o la necesidad de denunciar conductas negativas de los propios compañeros: “No podrá justificarse cualquier conducta que suponga una violación de las leyes o del código deontológico. La solidaridad ciega, que consiste en encubrir este tipo de acciones no éticas o ilegales, generará en el policía que la practique el mismo nivel de rechazo que en quien la haya realizado.”

Esta ordenanza tiene su ampliación en los artículos 20 y 21, sobre los principios de igualdad y no discriminación y los valores profesionales de los policías. Entre las diferentes obligaciones que en esos apartados se señalan, destacan por encima de las demás las siguientes:

--La policía debe ofrecer su servicio sin ningún tipo de discriminación por razón de origen, lengua, raza, etnia, religión, creencias, sexo, edad, ideología, discapacidad o condición social.

--La policía debe llevar a cabo sus funciones de manera equitativa, ajustándose a los principios de imparcialidad y no discriminación. En especial deberá cuidar el lenguaje que utiliza, los gestos y todos aquellos aspectos de la comunicación verbal y no verbal que puedan inducir a una sensación de trato discriminatorio.

 

--En sus interactuaciones deberá respetar por igual a todos los individuos o grupos de ciudadanos, sus tradiciones o sus creencias y estilos de vida, en tanto sean compatibles con las leyes y no supongan una alteración de la seguridad ciudadana.

--Los policías deben cuidar la imagen que representan, el uniforme, su limpieza y orden durante el servicio, así como los medios de que se dispone.

--En sus relaciones con los ciudadanos deberán actuar con empatía, imparcialidad, autocontrol y elegancia, utilizando un lenguaje verbal y no verbal correcto, comprensible y respetuoso en todas las actuaciones.

--Los policías se abstendrán de cualquier ingesta de alcohol u otro tipo de sustancias estupefacientes, farmacéuticas o psicotrópicas que alteren el control de su personalidad o impliquen una reacción inapropiada para el desarrollo del servicio.

Cuándo y cómo usar la fuerza y las armas de fuego

Además de establecer qué tipo de conducta deben de tener los agentes a nivel interno y con los ciudadanos de a pie, el Código Ético también desarrolla cómo deben comportarse los policías con los detenidos y con cualquier individuo que amenace su integridad, así como cuándo y cómo emplear las armas de fuego.

En las detenciones y arrestos, se especifica que el policía debe informar inmediatamente a los detenidos sobre sus derechos reconocidos por las leyes procesales y garantizar que los mismos se cumplen de manera efectiva.

Tanto en la práctica de la detención, como en los lugares de custodia no se utilizará la fuerza más que en las situaciones necesarias para mantener el orden y la seguridad, ajustándose a los principios que rigen el uso de la fuerza, que podrá emplearse cuando la seguridad de las personas se vea amenazada o las pruebas del delito se vean afectadas.

Además, se separará en los lugares de custodia a los hombres de las mujeres, así como a los menores de edad privados de libertad. A todos ellos, se le prestarán los servicios médicos que precisen.

Sobre el uso de armas de fuego, el Código Ético de la Policía establece que su utilización “siempre será el último recurso”. Para poder utilizar la pistola reglamentaria, se tendrán que seguir las siguientes instrucciones:

--Se darán las advertencias necesarias y conminaciones siempre que éstas puedan hacerse en función de las circunstancias. Los avisos deben dar tiempo al agresor para que deponga su actitud.

--En caso de persistir con la agresión, el uso del arma podrá hacerse en forma de disparos intimidatorios siempre que el lugar lo permita y no se ponga en peligro a terceras personas.

--Como último recurso deberá ir dirigido a partes no vitales.

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