Anulada la sanción a un guardia civil expedientado por mensajes en Twitter críticos con un general

Se le abrió un expediente por falta grave tras publicar 27 tuits y recibir la advertencia del jefe de la Agrupación de Tráfico para que dejara de opinar en redes sociales sobre el funcionamiento de la unidad

El Tribunal Militar Central ha anulado la sanción de pérdida de dos días de haberes que se impuso a un guardia civil, por una serie de publicaciones que hizo en Twitter con críticas hacia el general jefe de su unidad.

Confidencial Digital ha tenido acceso a la sentencia de la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central, que estima el recurso contencioso disciplinario militar del agente contra la sanción que le impuso el teniente general jefe del Mando de Operaciones, sanción que la directora general de la Guardia Civil, María Gámez, confirmó al desestimar el recurso de alzada del afectado.

27 mensajes

En un primer momento, al guardia civil se le abrió expediente por falta grave, de acuerdo con el artículo 8. 21 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil, que castiga “cualquier reclamación, petición o manifestación contrarias a la disciplina debida en la prestación del servicio o basadas en aseveraciones falsas, o formularlas con carácter colectivo”.

El expediente recogía 27 mensajes en Twitter que el agente había escrito en su cuenta de Twitter.

En la orden de proceder del expediente disciplinario, en el pliego de cargos y en la propuesta de resolución del instructor del expediente, en todo momento se acusó de una falta grave al guardia civil por esos 27 tuits.

Sin embargo, la autoridad sancionadora (el teniente general jefe del Mando de Operaciones de la Guardia Civil) le acabó imponiendo una sanción de pérdida de dos días de haberes como autor de una falta leve, según el artículo 9. 3 del régimen disciplinario, de “inexactitud en el cumplimiento de los deberes y de las órdenes recibidas”.

El general jefe le advirtió en persona

El relato de hechos probados de la sentencia revela que el general jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, cargo que ocupaba por entonces el general Ramón Rueda Ratón, realizó en 2020 una inspección al destacamento en el que estaba destinado el agente en cuestión.

En esa visita, el general se entrevistó con el guardia civil y “le reconvino por su actividad como usuario de la red social de mensajería Twitter”. Le citó su cuenta personal, y le conminó “a abstenerse en lo sucesivo de utilizar dicha vía de comunicación para difundir sus críticas sobre el funcionamiento de la Agrupación”.

Es decir, el general -que contaba con su propia cuenta en Twitter- conocía los tuits de ese guardia civil en los que criticaba determinadas decisiones de los mandos de la Agrupación de Tráfico, y quiso advertir al agente para que dejara de hacer ese tipo de publicaciones.

 

Según la sentencia del Tribunal Militar Central, “no obstante esa personalizada indicación del máximo responsable de la Agrupación de Tráfico, el guardia civil utilizó dos veces más esa vía de difusión”.

Después del aviso del general, el agente volvió a escribir en Twitter sobre la Agrupación de Tráfico. Afirmó que esa agrupación se había convertido en “una verdadera especialidad sectaria, donde prima la dedocracia y el servilismo clientelar”, y por tanto la única opción que quedaba era abandonar la agrupación.

Ese mensaje lo escribió en respuesta a tuits de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC). Lo mismo hizo cuatro días más tarde, cuando denunció que algunos jefes “vienen a revisar la unidad y te llaman al despacho para criticar tus opiniones, de manera particular, en Twitter”.

De falta grave a leve

Al guardia civil le acabaron sancionando por “inexactitud en el cumplimiento de los deberes y de las órdenes recibidas”, cuando se le había abierto expediente por “hacer manifestaciones contrarias en la prestación del servicio”.

Es decir, no es sólo que se rebajó de falta grave -que podía suponerle la pérdida de destino- a leve -al final sólo le sancionaron económicamente con la retirada de dos días de haberes-, sino que cambiaron los hechos por los que se le sancionaron.

En un primer momento, al guardia civil se le iba a sancionar por el mero hecho de emitir esos tuits, que podría suponer una falta de hacer “manifestaciones contrarias en la prestación del servicio”. Sin embargo, sólo se le sancionó por haber desoído el mandato de un superior, es decir, se le recriminó únicamente que pusiera dos mensajes críticos más después de que el general jefe de la Agrupación de Tráfico le reconviniera en persona y le conminara a abstenerse de criticar el Twitter el funcionamiento de la unidad.

“Mutación del hecho enjuiciado”

El Tribunal Militar Central da la razón al guardia civil al considerar que “le asiste la razón cuando manifiesta que no existe identidad entre el hecho que se le atribuye en el pliego de cargos y la propuesta de resolución, y el que luego fue objeto de sanción”.

Según la Sala de Justicia del tribunal, en el procedimiento disciplinario se produjo una “mutación sustancial del hecho enjuiciado”, lo que provocó indefensión al guardia civil recurrente.

De ahí que estime el recurso del agente, anule las resoluciones que le impusieron y confirmaron la sanción, y ordene que se le devuelvan los emolumentos no recibidos, con intereses. Además, se le tienen que anular cualquier nota desfavorable que se le hubiera añadido en la documentación personal de este guardia civil.

Intento de imputarle por injurias

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles critican a la directora general, María Gámez, por no haber estimado el recurso de alzada para anular la sanción que un teniente general impuso a este agente.

Explican que la primera intención de la Guardia Civil fue no abrir expediente disciplinario, sino imputar un delito militar al agente, al que pretendían acusar de injurias al general jefe de la Agrupación de Tráfico.

Cuando el procedimiento penal no prosperó, se abrió el expediente disciplinario por falta grave, que podía suponer la pérdida de destino.

De ahí el caso volvió a reducirse cuando la resolución sólo le castigó por una falta leve, y finalmente esa falta leve también ha sido anulada por el Tribunal Militar Central.

“Una vez más, la Guardia Civil, deberá devolver el dinero descontado de la nómina (con intereses), una vez más, serán los ciudadanos quienes paguen la negligencia de nuestros mandos y de la directora general”, lamentan desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles.

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