Anulada la sanción a un guardia civil que golpeó con la porra a dos británicos borrachos en Magaluf

El Tribunal Militar Central acepta el recurso contra la pérdida de cinco días de haberes por una falta grave al infringir las normas sobre el uso de armas

Dos agentes de la Guardia Civil.
Dos agentes de la Guardia Civil.

Un guardia civil consigue que la justicia militar tumbe la sanción disciplinaria que le había confirmado el director general del cuerpo como autor de una falta grave de “ostentación o utilización de armas sin causa justificada, así como su uso en acto de servicio o fuera de él infringiendo los principios y normas que regulan su empleo”.

Esta falta se considera en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil, en virtud de la cual un agente de la Guardia Civil destinado en Mallorca fue sancionado con la pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones.

El guardia civil recurrió con la representación letrada de Antonio Suárez-Valdés, del despacho Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, y ha conseguido que la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central estime su recurso, anule la sanción, la borre de su hoja de servicios y le devuelva con intereses la sanción económica, según la sentencia consultada por Confidencial Digital.

Turistas británicos en Magaluf a las 3:50

Los hechos tuvieron lugar en Magaluf, municipio de Mallorca donde se congregan miles de turistas, sobre todo procedentes de Reino Unido y de Alemania. El guardia civil sancionado y otro compañero prestaba servicio de “prevención genérica para protección de la Seguridad Ciudadana” de 22:00 a 6:00 cuando a las 3:50 se produjo una reyerta entre dos grupos de turistas británicos en un pub de Magaluf.

Los implicados en la reyerta fueron expulsados del local por los porteros, pero seguían manteniendo una actitud muy agresiva hacia los porteros del pub “para intentar entrar, portando botellas o vasos en la mano y amenazándoles con un gesto de pasar el dedo por el cuello”.

Acudió entonces al lugar la pareja de guardias civiles, a requerimiento de los porteros. Los agentes vieron “la actitud agresiva de dos jóvenes de nacionalidad británica, en aparente estado de embriaguez, encarándose entre sí y forcejeando en vía pública y lanzando botellas”.

Los guardias civiles se interpusieron entre los jóvenes y los porteros para que los primeros no agredieran a los segundos. Intentaron que depusieran en su actitud, advirtiéndoles de que iban a ser sancionados.

“Ante la nueva reyerta y enfrentamiento entre los jóvenes, el guardia civil extrajo la defensa de goma semirrígida de dotación oficial y procedió a propinar dos golpes a uno de los varones británicos en la espalda, y otro a la mujer que les acompañaba, y al dirigirse a él el varón con actitud recriminadora, le dio un fuerte empujón a consecuencia del cual perdió el equilibrio y cayó al suelo quedando sentado”, se establece en el relato de hechos probados.

El otro guardia civil sólo propinó un golpe con la defensa en sentido descendente en las piernas, y los jóvenes británicos abandonaron el lugar sin nuevos incidentes.

 

El vídeo salió en el Daily Mail

Los hechos no se quedaron en un simple incidente de tantos que pueden suceder en una noche en una zona de copas. El suceso trascendió a los medios de comunicación. Alguien grabó el momento de la intervención de los guardias civiles, lo subió a YouTube, y acabó en varios periódicos digitales: Diario de Mallorca, Periódico de Ibiza y además el Daily Mail británico. El enfoque de las noticias era que “dos guardias civiles median a porrazos en una reyerta entre turistas”.

Después de que se publicaran las noticias, el teniente jefe accidental de la compañía a la que pertenecían los agentes instruyó una información reservada para investigar lo sucedido. El general jefe del Mando de Operaciones de la Guardia Civil incoó un expediente disciplinario por la comisión de presunto falta grave de “la ostentación o utilización de armas sin causa justificada, así como su uso en acto de servicio o fuera de él infringiendo los principios y normas que regulan su empleo”.

Durante la instrucción del expediente, los dos guardias civiles (el que ahora ha conseguido anular su sanción y su compañero) alegaron que hicieron uso de la defensa, la porra, de forma proporcional y justificada. Lo hicieron como último recurso, al ver que ni su presencia ni sus palabras aplacaban a los turistas que seguían mostrándose violentos y trataban de agredirse entre sí y a los porteros, estando los agentes en medio.

Pese a ello, el guardia civil recurrente fue sancionado por el teniente general jefe del Mando de Operaciones como autor de esa falta grave de uso inadecuado de la defensa. Primero recurrió en alzada ante el director general de la Guardia Civil, que desestimó el recurso y confirmó la sanción.

Ya entonces decidió acudir a la justicia, y presentó un recurso contencioso disciplinario militar ante el Tribunal Militar Central, en el que alegaba que no había pruebas para sancionarle en base a los testimonios de los propios agentes y de un testigo presencial de los hechos, por lo que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. La Sala de Justicia de este tribunal le ha terminado dando la razón.

No se valoraron los testimonios

Los jueces del Tribunal Militar Central aceptan sus argumentos y rebaten la sanción impuesto. Señalan, por ejemplo, que el expediente disciplinario sólo se basa en el vídeo de 01:04 que se difundió, pero en el que no se muestra lo que sucedió previamente a que los guardias civiles sacaran la defensa y la utilizaran contra varios de los protagonistas del incidente.

“La resolución sancionadora limita la motivación de la prueba de cargo únicamente al visionado del vídeo con una duración de 01:04 minutos, para llegar a la conclusión de que no existía un episodio grave de inseguridad ciudadana, ni peligrosidad para la integridad de los agentes o de terceros, que justificase el uso de las defensas, debiendo haber hecho uso de otros elementos disuasorios”, indica la sentencia.

Frente a esa argumentación del expediente, el Tribunal Militar Central considera que “dicha prueba resulta insuficiente para acreditar la totalidad de la actuación del actor, la resolución sancionadora olvida que, como manifiestan los guardias civiles actuantes, cuya versión no se ha visto contradicha, se había producido un altercado en el interior del pub y ya en el exterior hubo amenazas graves por parte de los jóvenes británicos a los porteros del local”.

Además, subrayan que el único testigo que declaró aseguró que se produjo una situación de violencia e inseguridad que no pudo ser controlada por la disuasión verbal de los guardias civiles. Los jueces lamentan que no se llamara a declarar a los porteros del pub para aclarar mejor los hechos.

La sentencia anula la sanción al guardia civil al considerar que “por parte de la autoridad sancionadora no se procedió a valorar la totalidad de la prueba obrante, ni a contradecir mediante la práctica de las declaraciones de quienes se encontraban en el pub y de los porteros de la versión dada por los agentes”, y que tampoco se valoraron los intentos de disuasión verbal de los agentes, que resultaron infructuosos.

“Con ello entendemos que hubo un déficit probatorio que afectó a la carga de la prueba, al verse esta limitada en el tiempo a un momento concreto y no a la totalidad de la actuación del actor”, recrimina la sentencia a los instructores del expediente, por haberse ceñido al vídeo que se publicó.

De haber valorado más ampliamente el suceso “hubiera permitido contrastar debidamente la oportunidad del uso de la defensa”, en vez de haber obviado los incidentes previos a los hechos que justificaban su actuación y los intentos de persuadir verbalmente a los jóvenes”.

Así que concluye el Tribunal Militar Central que no existen pruebas de cargo de carácter incriminatorio que permitan sancionar a este guardia civil por un uso indebido de la porra en este incidente en Magaluf.

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