Anulada una sanción a un guardia civil que denunció falta de material para desactivar explosivos

El Tribunal Militar Central estima el recurso del agente contra la pérdida de siete días de haberes que le impusieron por haber realizado reclamaciones “basadas en aseveraciones falsas”

Tedax de la Guardia Civil en Cantabria.
Tedax de la Guardia Civil en Cantabria expedientado.

Un ‘tedax’ de la Guardia Civil ha conseguido que la justicia militar anule una de las sanciones disciplinarias que le impusieron por denunciar la avería de un elemento del equipo utilizado por los especialistas en desactivación de explosivos.

Se trata de Ángel Iglesias, secretario provincial de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) en Cantabria, y coordinador nacional de esta asociación en la especialidad de Tedax.

Este guardia civil ha llegado a perder la especialidad durante la batalla judicial que lleva tiempo librando contra sus mandos, después de haber denunciado que se estaba utilizando material averiado en las actividades de desactivación de explosivos.

Pérdida de siete días de haberes

Según ha podido confirmar Confidencial Digital, el Tribunal Militar Central ha estimado el recurso contencioso disciplinario militar ordinario que el agente interpuso frente a la resolución de la directora general de la Guardia Civil, de 3 de diciembre de 2020, que confirmó en alzada el acuerdo del teniente general jefe del Mando de Operaciones de 28 de septiembre de ese mismo año.

El jefe del Mando de Operaciones impuso al guardia civil una sanción de pérdida de siete días de haberes con suspensión de funciones como autor de una falta grave consistente en efectuar “cualquier reclamación, petición o manifestación basada en aseveraciones falsas”, prevista en el apartado 21 del artículo 8 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.

Faltaba un elemento del equipo

Los hechos origen de esa sanción sucedieron en 2019. Al Grupo Especial de Desactivación de Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil en Cantabria se le averió el comprobador de línea.

Es un elemento que sirve para comprobar la continuidad de la línea eléctrica entre el explosor, el detonador y el explosivo.

En el intervalo de tiempo entre que se dio aviso de esa avería, y que el Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa NRBQ adjudicó un nuevo comprobador de línea, el equipo de desactivación de explosivos de la Guardia Civil en Cantabria fue requerido por una incidencia.

En septiembre de 2019 apareció en una playa cántabra un marcador marino, que es un proyectil que se usa en prácticas de tiro por las marinas militares, y que desprende humo al lanzarlos al mar.

 

El guardia civil luego sancionado integraba ese equipo de desactivación de explosivos. Se mostró disconforme con el hecho de que fueran a atender esa incidencia sin contar con un comprobador de línea operativo, ya que aún no había llegado el nuevo solicitado.

Así se lo comunicó a su sargento primero jefe del Grupo Especial de Desactivación de Explosivos.

Finalmente, el marcador marino fue destruido en una explosión controlada mediante cordón detonante, activado con un tren de fuego pirotécnico.

Pero el guardia civil que se había resistido a intervenir más tarde elevó un parte, una información de riesgos laborales. En esa denuncia interna criticó que se hubieran saltado las medidas de seguridad para este tipo de intervenciones, por explosionar ese marcador marino con mecha lenta y detonador pirotécnico. Aseguró que se había puesto en peligro a las personas que pudieron haber pasado por ese punto de la playa.

Reclamación con “aseveraciones falsas”

El parte no sentó nada bien a sus mandos. El teniente general jefe del Mando de Operaciones de la Guardia Civil dictó un acuerdo el 30 de enero de 2020 por el que ordenó incoar un expediente disciplinario contra ese ‘tedax’ de Cantabria.

Le acusaba como presunto autor de una falta grave, consistente en efectuar “cualquier reclamación, petición o manifestación basada en aseveraciones falsas”.

El agente expedientado designó para que le asistiera, al ir a declarar ante el instructor del expediente, a otro guardia civil. Es un derecho que tienen los guardias civiles, también los militares, que pueden ir acompañados de un compañero o de un abogado.

Sin embargo, por problemas con el horario de servicio de ese otro agente, al guardia civil expedientado le tomaron declaración en febrero de 2020 sin la asistencia del agente designado para su defensa. Por ello, se negó a declarar y presentó un escrito en el que denunció la “situación de indefensión” en el que le había puesto, al no habérsele facilitado el asesoramiento y asistencia del guardia civil elegido para ello.

“Asiste toda la razón al recurrente”

A juicio del ‘tedax’ expedientado, esa circunstancia vulneró sus derechos a la defensa y a la asistencia letrada. La Sala de Justicia del Tribunal Militar Central que resolvió su recurso considera en la sentencia que “asiste toda la razón al recurrente”, y declara que “el efecto de la vulneración denunciada determina la nulidad de las resoluciones impugnadas en el presente proceso y la plena estimación del recurso”.

Tras analizar las leyes que regulan el procedimiento disciplinario en la Guardia Civil, y repasar también la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el Tribunal Militar Central concluye que “resulta inadmisible que se deniegue una pretensión plenamente amparada por el derecho de defensa con los endebles argumentos de que la asistencia de letrado o guardia civil en los expedientes disciplinarios es voluntaria y de que no compete al instructor modificar el servicio”.

Los jueces militares consideran que el instructor del expediente tiene el deber de informar a los mandos de la unidad de destino del guardia civil designado defensor, “para que éstos faciliten su asistencia a las comparecencias personales del interesado ante las autoridades disciplinarias o instructores de los expedientes”.

Incluso añaden que “lo que desde luego no compete al instructor es inhibirse del problema”, y le reprochan lo fácil que hubiera sido cambiar el día de la declaración del guardia civil sancionado, para que su compañero hubiera podido acompañarle en ese trámite de declaración.

Vulneración del derecho a la defensa

Una vez deja clara esa irregularidad, el Tribunal Militar Central señala que “la audiencia del expedientado se ha producido con vulneración del derecho fundamental del demandante a la defensa y al asesoramiento equivalente a la asistencia de abogado”.

La Dirección General de la Guardia Civil descartó que esa “mera irregularidad formal” hubiera producido indefensión en el expedientado.

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Militar Central considera que al guardia civil sancionado se le privó “de un trámite esencial para su defensa, lo que vicia de nulidad las resoluciones recurridas”, es decir, el acuerdo del jefe del Mando de Operaciones que le impuso la sanción de pérdida de siete días de haberes, y la resolución de la directora general de la Guardia Civil, que desestimó el recurso de alzada contra el acuerdo anterior.

De ahí que estime el recurso de ese ‘tedax’ de Cantabria -que aún tiene otro proceso judicial para anular su pérdida de destino- y anule las resoluciones que le confirmaron la sanción por falta grave.

Otro recurso contra la pérdida de destino

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles destacan que el Tribunal Militar Central “le da un tirón de orejas, tanto al instructor, como a la actual directora general de la Guardia Civil, María Gamez, que fue quien desestimó el recurso presentado por el compañero, y es que, en este asunto, nuestra directora general fue partícipe de la injusta sanción impuesta”.

La asociación señala que este ‘tedax’, que es secretario general de AUGC en Cantabria, “está pendiente de otro recurso presentado, ante el injustificado castigo que le supuso la pérdida de destino que tuvo su origen en un expediente administrativo para revisar sus aptitudes para la especialidad, a pesar de llevar más de tres décadas ejerciendo profesionalmente sus funciones con buenos resultados y calificaciones en su informe de calificación personal”.

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