Atasco en el registro de pilotos de drones con más de 8.500 solicitudes en 15 días

Una nueva normativa europea les obliga desde el 1 de enero a inscribirse en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea

La Unión Europea ha ampliado sus competencias para regular los Sistemas de Aeronaves No Tripulados (UAS) civiles, independientemente de su tamaño o peso, con la adopción del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil.

En este sentido, la Comisión Europea ha elaborado un nuevo marco regulatorio para las UAS, común para los Estados de la Unión. La nueva normativa engloba cinco Reglamentos de Ejecución que se encuentran en vigor desde 2019, planificándose su aplicación de forma progresiva a partir del 31 de diciembre de 2020.

El calendario europeo marca que en 2021 los operadores de UAS deberán registrarse ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) e indicar su número de registro en las aeronaves no tripuladas. De esta forma se crea un registro de operadores interoperable a nivel comunitario.

Hasta el momento solo se registraban quienes pilotaban drones de la categoría certificada o de alto riesgo. Desde inicios de este año lo deben hacer todos los pilotos. 

Problemas técnicos por la cantidad de solicitudes

El pasado 8 de enero, la AESA publicaba en sus redes sociales un mensaje en el que comunicaba que estaban teniendo problemas técnicos para el registro de los operadores de drones debido a la cantidad de solicitudes.

Según ha podido saber Confidencial Digital el sistema nunca ha llegado a estar inoperativo, pero con problemas técnicos. Esto ha generado un retraso en la emisión de los certificados.

Fuentes de AESA informan que además tuvieron problemas con el sistema clave pin, ajeno a la Agencia, lo que complicó la situación. AESA espera poder volver a funcionar con normalidad a lo largo del día de hoy.

ECD ha podido saber que, desde el 31 de diciembre, fecha en que se comenzó a aplicar la nueva normativa europea de drones, hasta el pasado martes se han registrado 5.524 operadores, habiendo recibido 8.698 solicitudes. 

 

Categorías de medio y bajo riesgo

Como ya se venía aplicando, deben registrarse los operadores de UAS cuyas operaciones puedan entrañar un riesgo para la seguridad, protección, privacidad y la protección de datos personales o medio ambiente deberán registrarse, según el artículo 14 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947.

Se identifica como operador a toda persona física o jurídica que use o tenga intención de usar uno o varios UAS, englobando tanto la operación como recreativa. Se tendrán que registrar en el Estado en el que residan si son personas físicas o en el que tengan su centro de actividad principal en el caso de ser personas jurídicas. Además, se asegurarán de que la información de registro es exacta.

Los operadores se registrarán cuando usen la categoría abierta o de bajo riesgo de cualquier aeronave no tripulada cuyo Mecanismo de Optimización de Transmisión de Mensaje sea igual o superior a 250 gramas o cuando la UAS esté equipada con un sensor capaz de capturar datos personales, salvo que se enmarque en la directiva de juguetes.

Cuando usen la categoría específica o de riesgo medio deberán registrarse independientemente de su masa. Adicionalmente, el propietario de una aeronave no tripulada cuyo diseño esté sujeto a certificación deberá registrarla.

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