Un cabo de la Guardia Civil se libra de la sanción por no avisar de que no encontraba sus grilletes

Expedientado por una falta leve, el caso ha sido cerrado porque no le informaron del derecho a no declarar contra sí mismo

Agentes de la Guardia Civil.
Agentes de la Guardia Civil.

Cinco días o cinco meses: la diferencia entre lo que dijo o no un cabo de la Guardia Civil durante la instrucción de un procedimiento disciplinario ha terminado librando a este miembro de la Benemérita de la sanción por una falta leve a cuenta de haber perdido sus grilletes de dotación.

Confidencial Digital ha tenido acceso al oficio de la resolución a procedimiento por falta leve de ese cabo, destinado en un puesto en Castilla y León, oficio en el que el capitán jefe de la compañía da por cerrado el procedimiento sin declaración de responsabilidad.

En el procedimiento, el cabo ha estado asistido por la letrada Silvia Domínguez García, del despacho SDG Abogados, que proporciona asistencia jurídica a la Asociación Profesional de Cabos de la Guardia Civil, a la que pertenece el expedientado.

“Hace cinco meses”

En la última semana de marzo de este 2019, el cabo contó al sargento 1º que no encontraba los grilletes que tenía adjudicados por el Servicio de Armamento de la Zona correspondiente de la Guardia Civil. Colgó una nota en el tablón de su unidad, que estuvo expuesta durante semana y media.

El 4 de abril, el cabo comunicó al subtenienteque no encontraba los grilletes, y se ordenó la incoación de una información verbal para esclarecer los hechos.

Un teniente se hizo cargo de la instrucción de esa información verbal. Por ello, mantuvo una entrevista telefónica con el cabo, y este último, al ser preguntado por cuánto tiempo hacía que había perdido los grilletes, contestó que no podría matizar la fecha exacta, “pero aproximadamente unos cinco meses”.

En otro documento remitido por el cabo al teniente instructor, indicó que había estado utilizando los grilletes “hasta aproximadamente unos cinco meses hasta que los eché en falta”.

Pero poco después el cabo rectificó su declaración. Lo hizo entre el 29 de abril y el 3 de mayo, cuando mandó un mensaje de WhatsApp al teniente instructor en el que le explicaba que por error, por los nervios, había dicho y escrito “cinco meses” cuando en realidad eran “cinco días” el tiempo transcurrido desde que había notado la falta de los grilletes hasta que había avisado de ello.

La resolución indica que no quedó acreditado que ni durante la entrevista telefónica ni en ningún momento el teniente instructor informara al cabo de los derechos recogidos en el artículo 24.2 de la Constitución, en particular su derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.

 

Excesiva demora en informar de la pérdida

El capitán jefe ordenó el inicio del procedimiento por falta leve contra el cabo, al recibir el parte disciplinario emitido por el teniente jefe.

Le consideraba responsable de la comisión de un ilícito disciplinario ante la excesiva demora, de aproximadamente cinco meses, en la transmisión de la novedad por la pérdida de los grilletes que tenía adjudicados al sargento 1º.

A juicio del teniente, los hechos podían integrar una falta leve, considerada en el concepto genérico de “retraso, negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las órdenes recibidas o de las normas régimen interior, así como la falta de rendimiento en el desempeño del servicio habitual”, y específicamente en el subtipo “el retraso en el cumplimiento de los deberes y obligaciones”.

El cabo presentó un escrito de oposición contra el procedimiento, negando todos los hechos que se tenían como probados por la autoridad sancionadora.

Derecho a no declarar en su contra

Pues bien, al estudiar ese recurso el teniente instructor ratificó que el cabo “tanto por escrito como en conversación telefónica a la hora de instruir la información verbal manifestó que eran cinco meses” los que llevaban perdidos los grilletes cuando avisó de ello.

Sin embargo, tanto el sargento 1º como el subteniente a los que el cabo expedientado dio aviso de la pérdida declararon no poder precisar si el cabo les había dicho que lleva cinco meses sin los grilletes, ya que creen que “no especificó ningún tiempo concreto”.

A raíz de ello, la resolución indica que la única prueba sobre el plazo de cinco meses es la entrevista telefónica del teniente al cabo y el texto del correo electrónico. Y añade que la doctrina de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo apunta que es necesario que la prueba recabada tenga la suficiente entidad como para enervar la presunción de inocencia del expedientado.

Además, declara demostrado que el interrogatorio telefónico y la remisión del texto por correo electrónico “se llevaron a cabo sin que haya constancia en el expediente de que antes o a lo largo de las mismas fuera informado de su derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable”. Según la doctrina del TS, la autoinculpación previa a ser informado de los derechos recogidos en el artículo 24.2 de la Constitución “deja sin efecto cuantas afirmaciones realice que sean susceptibles de causarle perjuicio”.

Por eso, al no ser avisado de sus derechos, el cabo se encontró en una situación de indefensión al ver vulnerado su derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.

En base a todo ello, la resolución del capitán jefe de compañía de la Guardia Civil concluye que el parte disciplinario “resulta de eficacia insuficiente para permitir imputar, con exigible certeza -y sin caer en meras suposiciones, conjeturas, presentimientos o intuiciones- la falta disciplinaria propuesta”.

“Considerando que las pruebas obtenidas carecen de la consistencia necesaria para enervar la presunción de inocencia del referido cabo, y no deduciéndose de dicha valoración la existencia de prueba de cargo suficiente e indudable, racionalmente apreciada, para sustentar sanción disciplinaria alguna”, escribe el capitán jefe de la compañía, que da por terminado el procedimiento sin declaración de responsabilidad para este cabo de la Guardia Civil.

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