Confirmado el castigo a un cabo 1º de la Guardia Civil por decirle a una agente “todas las mujeres son unas putas”

El Supremo avala la sanción de seis meses de suspensión de empleo como autor de una falta muy grave de acoso por razón de sexo

Mujeres guardias civiles.
Mujeres guardias civiles.

Los comentarios que le dirigía a una compañera de puesto le han costado una sanción disciplinaria a un cabo 1º de la Guardia Civil.

La Sala Quinta, de lo Militar, del Tribunal Supremo, ha desestimado el recurso de casación contencioso-disciplinario militar con el que el cabo 1º trató de anular el castigo que le impuso la directora general de la Guardia Civil, concluyendo el expediente que se le había abierto.

En la sentencia, consultada por Confidencial Digital, se detalla que la directora general le impuso una sanción de seis meses y un día de suspensión de empleo, como autor de una falta muy grave, consistente en “toda actuación que suponga acoso por razón de sexo”, prevista y sancionada en los artículos 7.4 y 11.1 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de régimen disciplinario de la Guardia Civil.

El sancionado recurrió en alzada ante la ministra de Defensa, que desestimó el recurso. Acudió entonces al Tribunal Militar Central, que en septiembre de 2021 de nuevo rechazó anular la sanción. Ahora el Supremo ha confirmado una vez más dicha sanción.

Expresiones sexuales

A la vista del expediente disciplinario y de las pruebas practicadas en el proceso, el Tribunal Militar Central declaró probado que el cabo 1º estaba destinado en un puesto de la Guardia Civil en la provincia de Cáceres cuando, entre enero y junio de 2018, coincidió con una agente del cuerpo.

Ambos formaban binomio con frecuencia. Durante los servicios que compartían, el cabo 1º dirigió a la guardia “diversas expresiones y comentarios de contenido sexual, de carácter vejatorio o libidinoso”. La sentencia recoge varios de esos comentarios:

-- “¿Bailamos?”, y al responderle la guardia que no, le dijo: “Pues de follar ni hablamos”.

-- “Estamos solos en el pabellón y nos lo podíamos pasar muy bien durante el servicio”.

-- “¿Por qué no me pintas un reloj en la punta o en la polla?”, “que la polla me llega a la rodilla y que a todas les ha gustado”.

 

-- “Te han crecido las tetas”.

Comentarios machistas

La sentencia distinguió esos comentarios “de contenido sexual, de carácter vejatorio o libidinoso”, de otros de carácter machista:

-- “Todas las mujeres son unas putas, que no hay quien encuentre a una que merezca la pena o en condiciones, que no sirven para nada”.

-- “Lo que a las mujeres les gusta es que las agarren del pelo y las peguen en el culo”.

Protocolo contra el acoso

Se trató de “comentarios dispersos”, según la sentencia, que provocaron la “reiterada y firme disconformidad, y oposición”, de la guardia que formaba binomio con este cabo 1º.

Al parecer, la agente se quejó de esos comentarios ante el sargento que comandaba el puesto, y el cabo 1º le reprochó que le hubiera hablado “acerca de las cosas que le decía sobre sexo, sobre quedar y eso”. El cabo 1º advirtió a la guardia que cuando él se quedara de comandante de puesto ella se iba a enterar, y le dijo que no replicara, y que estaba sometida a la disciplina militar.

El Tribunal Militar Central consideró que esta situación provocó en la guardia civil “una alteración emocional y de comportamiento”. Se activó de oficio el protocolo de acoso laboral y sexual en la Guardia Civil, y la agente acudió a una consulta facultativa que tuvo con el Servicio de Psicología de la Comandancia de Cáceres.

El psicólogo propuso que se adoptaran medidas cautelares y preventivas inmediatas para procurar paliar y cesar la situación acaecida, por resultar adecuadas y compatibles con la situación excepcional a la que se enfrentaba, resultando compatible el estado emocional que presentaba con el contenido de las revelaciones  y comentarios que transmitió al psicólogo la guardia, refiriéndose al cabo 1º como el causante de su estado emocional.

En su recurso ante el Supremo, el cabo 1º denunció que se le había sancionado sin pruebas suficientes, por lo que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

Sin embargo, el alto tribunal ha considerado que el testimonio de la guardia civil acosada fue coherente y no había razones para dudar de él, y además hubo otras declaraciones que corroboraron los hechos denunciados. De ahí que desestime el recurso y confirme la sanción al cabo 1º por realizar actuaciones que supusieron acoso por razón de sexo contra esa mujer guardia civil.

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