La detención de personas que retiran lazos amarillos en Cataluña vulnera la doctrina del Tribunal Supremo

Abogados explican que los Mossos se están saltando los artículos 163, 167 y 530 del código penal

Independentistas colocando pancartas y lazos amarillos en Barcelona.
Independentistas colocando pancartas y lazos amarillos en Barcelona.

La detención de catorce personas que retiraban lazos amarillos de la vía pública de Tarragona por parte de los Mossos ha provocado no poco revuelo por el carácter arbitrario que se achaca a la policía autonómica.

Se ha esgrimido como argumento que la falta de desórdenes públicos alegada por los Mossos no la cometen los que retiran los lazos, sino en todo caso los que los colocan en la calle, ya que se trata del símbolo independentista por antonomasia para reclamar la libertad de los políticos catalanes presos.

La fiscal general del Estado, María José Segarra, ha afirmado en declaraciones a los medios que quitar los lazos amarillos de las calles no supone un delito, falta o infracción, a su juicio, pero no ha avanzado si la Fiscalía tomará medidas contra los agentes.

Por lo pronto, ya hay abogados que están difundiendo mensajes en las redes sociales para ayudar a los catalanes que quieran retirar estos símbolos a evitar ser detenidos. Ignacio Wenley Palacios publicó un hilo en Twitter recomendando utilizar cortadores de cinturones de seguridad en lugar de navajas o cuchillos, cubrirse la cara con caretas en lugar de pasamontañas o no grabar a los agentes durante la detención, entre otros consejos.

Contra la doctrina del Supremo

Además, otros letrados están alertando de que los Mossos pueden estar violando la ley con estas detenciones. El penalista Juan Gonzalo Ospina explica al Confidencial Digital que las fuerzas de seguridad deben extremar la precaución porque podrían estar violando los artículos 163.1 y 167 del código penal, que se refieren a las detenciones ilegales, castigadas con entre dos y cuatro años de prisión.

Además, el Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia sobre esta cuestión, alegando que mediando causa de delito, la autoridad pública que  acuerde la privación de libertad de un detenido, violando los plazos o garantías constitucionales, debe ser castigada, según el artículo 530 del código penal.

En este sentido, aunque los catorce detenidos por los Mossos hubieran cometido un delito al retirar los lazos amarillos de las calles de Tarragona, su traslado al calabozo y la denuncia de los agentes tampoco se ajustaría a Derecho.

 

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