Los funcionarios de prisiones consideran que la orden de Interior sobre el uso de mascarillas deja “cosas sin aclarar”

El escrito no precisa si pueden prescindir de ella al aire libre o si los internos de permiso deben ponérsela

Valla de una prisión.
Valla de una prisión.

España ya tiene a un 92% de la población con la pauta completa de vacunación. Según el Ministerio de Sanidad, los altos niveles de inmunidad alcanzados han causado una “disminución drástica” con respecto a los casos graves y a la mortalidad que puede provocar el coronavirus.

El Consejo de Ministros anunció hace unas semanas que a partir del 19 de abril las mascarillas dejarían de ser obligatorias en las zonas interiores. La eliminación de la restricción se ha hecho efectiva un día después en el Boletín Oficial del Estado. 

Tras una evaluación llevada a cabo por la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud, se ha llegado a la conclusión que en algunos ámbitos todavía debe ser obligatoria, como centros sociosanitarios, transporte público y centros sanitarios.

Mascarillas obligatorias para visitantes y trabajadores en prisiones

El Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, no incluye expresamente la obligatoriedad en los centros penitenciarios.

En cambio, la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias dependiente del Ministerio del Interior ha considerado que el uso de mascarilla debe ser obligatorio para los trabajadores y para las visitas en base a la recomendación de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

"Incógnitas y lagunas" en la orden

Pero la Asociación de Profesional de Funcionarios de Prisiones (APFP) ha hecho saber a Confidencial Digital que este escrito deja “cosas sin aclarar”. Por ejemplo, “no se recoge nada de los internos residentes en centros de inserción social, ya que entran y salen durante el día y suelen quedarse a dormir por la noche”. 

Tampoco les queda claro si los funcionarios deben usar la mascarilla en todo momento o sólo en espacios cerrados cuando coincidan con los internos. ¿Y al aire libre?, ¿deberán usarla?, es otra de las preguntas que se hacen desde la APFP. 

Otro de los interrogantes sin resolver es lo que ocurrirá con los presos que disfrutan asiduamente de permisos o salen para enfrentarse a un proceso judicial. No saben si tendrán que hacer cuarentena o no, pero, en el caso de no hacerla, se preguntan si tendrán que llevar mascarilla al igual que ellos porque entran y salen de prisión.

Esta regulación de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias deja, según APFP, “muchas incógnitas y lagunas que tendrán que resolverse por los servicios médicos y de prevención de los centros penitenciarios dando lugar a diferentes normativas, en vez de una única normativa”.

 

Consideran que es una “criminalización” que les obliguen a llevarla

Para APFP la obligatoriedad del uso de las mascarillas para los trabajadores penitenciarios es una nueva "criminalización" por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Consideran que dan a entender que son los profesionales penitenciarios los que pueden introducir el virus en los centros penitenciarios.

Esta situación, es, según han argumentado, “nada más lejos de la realidad” porque, gracias a su trabajo durante la pandemia en el que no tenían mascarillas, guantes o equipos de protección, apenas hubo brotes.

Además, han tachado de “incomprensible” que, si el objetivo es evitar brotes, los internos no lleven mascarillas y los trabajadores sí, ya que la población reclusa y los empleados tienen la pauta completa de vacunación.

La asociación ha querido recordar que se sienten olvidados por el Gobierno al quedarse fuera del Real Decreto.  

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