El Gobierno modificará la Ley de Seguridad Nacional para adaptarla a crisis como la del coronavirus

Ha concluido que la actual redacción resulta “limitada” ante emergencias que requieren coordinar recursos de varias administraciones, como las comunidades autónomas

Enfermo de Covid-19 siendo trasladado al hospital.
Enfermo de Covid-19 siendo trasladado al hospital.

La pandemia del Covid-19 ha desbordado la legislación española para hacer frente a crisis tan graves como esta. La normativa legal para tomar medidas excepcionales ha sido uno de los campos de batalla más importantes en este año de crisis sanitaria, con debate entre juristas, propuestas en las Cortes, discusiones con las comunidades autónomas, y finalmente decisiones de los tribunales de justicia que tumbaron algunas de esas normas.

El Gobierno de Pedro Sánchez ha concluido que también ha quedado superada una ley relevante: la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, que regula “los principios básicos, órganos superiores y autoridades y los componentes fundamentales de la Seguridad Nacional”, así como el denominado “Sistema de Seguridad Nacional” y los mecanismos de gestión de crisis.

Recientemente se reunió la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional, en la que participan distintos representantes del Gobierno de España junto a los gobiernos de las comunidades autónomas.

En esa cita, Carmen Calvo explicó que se ha detectado que es necesario “reforzar los mecanismos de cooperación entre el Estado y las comunidades autónomas en esta materia”. La vicepresidenta primera y ministra de la Presidencia preside la conferencia.

La actual ley presenta limitaciones

Calvo desarrolló su planteamiento: recordó que la Ley de Seguridad Nacional prevé la declaración por el presidente del Gobierno de una situación de interés para la seguridad nacional, lo que permite integrar la acción de todos los recursos disponibles de las administraciones públicas afectadas.

El problema, según considera el Gobierno tras la experiencia de un año de emergencia sanitaria por el Covid-19, es que la actual redacción de esa ley “resulta limitada” para la gestión estructural de las crisis.

De ahí que el Ejecutivo se incline por contar con una norma que desarrolle tales previsiones de forma “completa y adecuada”, y se refuerce la participación de las comunidades autónomas en su contribución a la seguridad nacional a través de un catálogo de recursos.

Ley de Seguridad Nacional

Confidencial Digital se puso en contacto con el Departamento de Seguridad Nacional, cuyo director, el general Miguel Ángel Ballesteros, participó en la reunión, igual que Iván Redondo, de quien como director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno depende ese departamento.

Desde el Departamento de Seguridad Nacional explican que se va a modificar el Título IV de la Ley de Seguridad Nacional, “para evitar la dispersión legislativa” y para dar cumplimiento a la Ley sobre Recursos de Interés para la Seguridad Nacional.

 

El Gobierno, concretamente el Departamento de Seguridad Nacional y varios ministros, trabaja desde hace meses en el borrador del Anteproyecto de Ley sobre Recursos de Interés para la Seguridad Nacional.

El objetivo principal de esta ley es crear unos “catálogos de recursos de interés nacional” que faciliten la gestión de la crisis con rapidez. La experiencia de los primeros días y semanas de la crisis del Covid-19 reveló que faltaba todo tipo de material para hacer frente a una epidemia de una enfermedad contagiosa: mascarillas, guantes, test detectores...

Ese material se tuvo que adquirir a toda prisa en un mercado internacional saturado, con los precios disparados, con países que prácticamente “robaban” material a otros gobiernos, empresas que se aprovecharon para vender elementos defectuosos y otros muchos problemas, que se añadieron a los propios de la carencia de elementos de protección.

Por ello ahora el Gobierno considera necesario “crear una reserva estratégica industrial para asegurar la capacidad de producción de equipos y productos estratégicos en España”.

Recursos humanos y materiales

Como ya se ha indicado, los planes del Gobierno pasan por reformar el Título IV de la ley, que se refiere a la “Contribución de recursos a la Seguridad Nacional”.

Es un título corto, de sólo tres artículos, que establece que el Consejo de Seguridad Nacional, en coordinación con las comunidades autónomas, se encarga de organizar la aportación de recursos humanos y materiales, públicos (de distintas administraciones) y privados, a la Seguridad Nacional.

Contempla también que el Gobierno apruebe la creación de “un catálogo de recursos humanos y de medios materiales de los sectores estratégicos de la Nación que puedan ser puestos a disposición de las autoridades competentes en la situación de interés para la Seguridad Nacional”.

También recoge actualmente que “el Gobierno aprobará mediante real decreto la Declaración de Recursos que se podrán emplear en la situación de interés para la Seguridad Nacional prevista en esta ley. Dicho real decreto incluirá la relación de medios humanos y materiales, tanto públicos como privados, que procedan”.

Al aprobarse una ley propia de Recursos de Interés para la Seguridad Nacional, el Ejecutivo va a modificar también ese título de la Ley de Seguridad Nacional para ajustar ambas normativas, y en general, tratar de mejorar el sistema de coordinación entre administraciones para tener lista una “reserva de guerra” de elementos para hacer frente a crisis como la del coronavirus, pero también de otro tipo.

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