La Guardia Civil explica en un comunicado interno por qué no pagará automáticamente la productividad

Asegura que la sentencia del Supremo no autoriza a extender de oficio el abono a todos los agentes, sino tan sólo al sargento que ha ganado a la Dirección General en los tribunales

Guardias civiles desfilan en el acuartelamiento de Sant Andreu de la Barca (Barcelona).
Guardias civiles desfilan en el acuartelamiento de Sant Andreu de la Barca (Barcelona).

La Dirección General de la Guardia Civil se enfrenta a la posible reclamación de miles, más bien decenas de miles de agentes que podrían reclamar que se les pague una parte del complemento de productividad que no les abonó durante cuatro años.

Un sargento del cuerpo consiguió que el Tribunal Supremo le diera la razón. La sentencia obliga a la Dirección General a pagar a este suboficial de la Guardia Civil la cantidad reclamada.

De inmediato, las asociaciones profesionales reclamaron a la directora general que diera orden de pagar lo que se debe de este complemento de productividad a toda la plantilla. La respuesta de María Gámez fue negativa, y así lo explicó hace unos días en una reunión extraordinaria del Consejo de la Guardia Civil, donde se sientan los representantes de las asociaciones profesionales.

La Dirección General señala que el guardia civil que considere que su caso es análogo al del sargento que ganó en el Supremo puede presentar una instancia para solicitar que se le pague la cantidad que le corresponde del complemento de productividad, y la Dirección General estudiará cada caso.

Confidencial Digital ha podido saber que, para reforzar y dejar claro el mensaje que ya trasladó María Gámez a las asociaciones profesionales, la Dirección General de la Guardia Civil envió este miércoles un comunicado interno que intenta explicar tanto por qué se niega a pagar automáticamente a todos los agentes, como el procedimiento para reclamar.

“¿Se puede extender el pago? No”

“Aplicación de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre Productividad Estructural” es el título del documento remitido por los canales internos de la Guardia Civil.

El comunicado ofrece la forma de pregunta y respuesta, para así tratar de despejar las dudas de los guardias civiles.

“¿Qué dice la Sentencia del TS?”, es la primera pregunta, y la Dirección General responde: “Estima el abono al demandante del pago que solicitó de 47,03 € en concepto de productividad estructural EFM‐1, calculada respecto al complemento de destino del año 2016”.

A continuación plantea si “¿Se puede extender su pago de oficio a todos los guardias civiles desde 2017 a 2020?”, y la respuesta corta es “No”. Añade que “la Dirección General no puede abonarlo porque la Sentencia del TS no lo autoriza”, por tres motivos:

 

-- “La situación sobre la que se pronuncia el TS es de 2016”.

-- “La Orden General 12/2014 enjuiciada, y hoy derogada, abarca hasta 2020”.

-- “El TS, si bien recoge doctrina jurisprudencial, no declara la nulidad de la norma (OG 12/2014)”.

“¿Qué hay que hacer?”

Una vez justificado no sólo que no va a pagar automáticamente, sino que es la propia sentencia del Supremo la que “no lo autoriza”, el comunicado de la Dirección General trata de explicar “¿Qué puede ocurrir?” a partir de ahora.

La opción que se plantea es “que el personal de la Guardia Civil que considere que aquel derecho también le asiste, durante los últimos cuatro años, puede solicitar su reconocimiento mediante una instancia dirigida a la persona titular de la Dirección General”.

“¿Qué hay que hacer?” para ello: indica la Dirección que los interesados deben “dirigir las instancias desde su Unidad al Servicio de Retribuciones EA0019667, únicamente mediante la opción GEISER verde (documentación adjunta digitalizada)”.

Explica cómo deben nombrarse los archivos (“año/mes/día de la fecha de entrada de la instancia en la Unidad ‐o en su defecto de su firma‐, y a continuación el DNI del interesado sin letra (ocho dígitos)”. “Las unidades las dirigirán directamente, vía GEISER”, aclara.

Seis meses para resolver

A partir de ahí, “¿Qué hará la Dirección General?”. Se recoge lo ya dicho por la directora general en el Consejo Extraordinario de la Guardia Civil: “Las instancias se analizarán individualizadamente a fin de determinar, conforme a derecho, el alcance del mismo”.

Advierte este comunicado que “de acuerdo con la normativa vigente, el plazo para resolver” las solicitudes enviadas por los guardias civiles, y para notificar la respuesta, “es de 6 meses”.

Explicación sobre la productividad

El comunicado trata de ser didáctico y explicar a los guardias civiles qué ha ocurrido con ese complemento de productividad. Por eso recoge “algunas cuestiones que es necesario conocer sobre el presupuesto de productividad”.

En primer lugar lo define como “una partida global que se asigna anualmente a la Dirección General de la Guardia Civil para gestionar TODAS las productividades del personal del Cuerpo”.

El presupuesto de productividad está integrado por diferentes tipos y modalidades (OG 12/2014): una productividad estructural (por régimen general, funciones administrativas, funciones de enseñanza, funciones de mando...) y una productividad por objetivos (trabajador nocturno, buques oceánicos...), y en este último caso, se incluye la productividad de final de año.

Qué se hizo con ese dinero

La Dirección General de la Guardia Civil también subraya que se incrementó y se repartió la partida presupuestaria de productividad entre 2016 y 2020: “Se aumentó la cuantía global. Y a final de año la cantidad no ejecutada fue distribuida entre todos los miembros de la Institución en concepto de productividad por objetivos”.

Eso permitió “gestionar el pago a un mayor número de guardias civiles, ya que la plantilla del Cuerpo ha estado aumentando durante estos últimos años”.

“¿Por qué la Dirección General no incrementó la productividad estructural conforme al complemento de destino?”, plantea al final, y la respuesta es que “preventivamente, así lo dispone la norma y para evitar que no se pudiera pagar a todos los miembros del Cuerpo con derecho a ello, y así poder atender adecuadamente las necesidades operativas”.

Hasta un año

La defensa jurídica de la Asociación Escala de Suboficiales de la Guardia Civil (ASESGC), que fue la que asesoró al sargento que ganó el caso en el Tribunal Supremo, la ha llevado el despacho de Fernando Castellanos.

Fuentes de la defensa calculan que el caso de los guardias civiles que están ya inundando de solicitudes la Dirección General podría resolverse en un plazo de entre ocho meses y un año, teniendo en cuenta que el caso será probablemente rechazado en muchos casos en vía administrativa y deberán ir al contencioso.

Lamentan que se haya optado por negar el pago automático, lo que a su juicio provocará una gran carga de trabajo en la Dirección General para responder cada solicitud individual.

Remarcan que la sentencia del Tribunal Supremo supone, a su juicio, que este pago debe extender a todos los agentes, y no sólo al sargento del caso.

Lo mismo consideran en distintas asociaciones. Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), actualmente mayoritaria, opinan que la sentencia “afecta a todos los guardias civiles dado que, en mayor o menor medida, todos percibe productividad estructural”.

Eso sí, no todos percibirán la misma cantidad económica: ponen el ejemplo de que “a un guardia de una oficina (ERG1) le supondrán unos 100 euros brutos, pero dependerá de las cantidades percibidas en cada una de las nóminas durante los últimos 4 años”.

También se beneficiarían los guardias civiles ya jubilados, en reserva, excedencia… si han trabajado y percibido su nómina por la Guardia Civil en los últimos cuatro años (“según el tiempo trabajado serán mayores o menores las cantidades, pudiendo llegar a ser irrisorias”).

Aclaran que “la sentencia afecta única y exclusivamente a la productividad estructural que se ha percibido en las nóminas desde el mes de mayo de 2017 (si inicias la reclamación en mayo). NO afecta otras productividades como son el abono de nocturnos o festivos”.

También se ha de tener en cuenta que “únicamente se pueden reclamar los últimos cuatro años, debes tener en cuenta que, si tu instancia la presentas en el mes de junio, podrás reclamar desde el mes de junio de 2017 (el resto superaría los cuatro años) y que, si la presentas en octubre, tu reclamación será desde la nómina de octubre”. La reclamación se extiende hasta la nómina de abril de 2021.

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