Interior tramita 300 medallas para víctimas del terrorismo que fueron denegadas por solicitarse fuera de plazo

El ministerio ha contactado con los afectados para iniciar de oficio el proceso de concesión, después de suprimir el máximo de cinco años para solicitar esta distinción

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

El Ministerio del Interior está impulsando la aprobación de medallas de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a cientos de personas afectadas por acciones de grupos terroristas.

Así lo ha dejado por escrito el Gobierno de Pedro Sánchez en la respuesta a una pregunta parlamentaria escrita presentada en el Congreso de los Diputados, consultada por Confidencial Digital.

El Gobierno dio el dato al defender su política de atención a las víctimas del terrorismo. Señaló en esa respuesta que uno de los ejes de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo es “la defensa de la dignidad y el respeto a la memoria de las víctimas del terrorismo y a sus familias”.

Ese respeto “se complementa con el reconocimiento público y social de las víctimas del terrorismo a través de las condecoraciones y honores públicos de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo”.

Más de 300 solicitudes

Explicó el Gobierno que el “plazo de solicitud se acaba de reabrir en la recién aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022”. Y añadió que “ya se está trabajando en la tramitación de oficio de más de trescientas solicitudes”.

ECD consultó con el Ministerio del Interior, que explica que todo parte de una disposición adicional incluida en Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, mediante la que se suprimió el plazo legal de cinco años que habilitaba para solicitar las condecoraciones previstas en la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo por considerar que el reconocimiento honorífico que se otorga con estos galardones no debe estar sujeto a plazo alguno.

Hasta ese momento, la normativa establecía que el plazo para solicitar las condecoraciones o, en su caso, para el inicio de oficio del expediente, previa consulta con los destinatarios, será de cinco años, a contar desde la comisión del acto terrorista o desde que la Administración Pública tuviera conocimiento del mismo. Ese límite se ha eliminado.

La misma normativa contempla que los procedimientos de concesión de las condecoraciones a las víctimas del terrorismo se iniciarán a solicitud del interesado o de sus familiares, aunque también pueden iniciarse de oficio por el Ministerio del Interior, previa consulta con los destinatarios, cuando tuviese conocimiento de los hechos que pudieran dar lugar al reconocimiento.

Una vez suprimido el plazo legal de cinco años, la Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo, del Ministerio del Interior, ha contactado con unas 300 personas que vieron rechazada su petición de condecoración por presentarla fuera de plazo.

 

El contacto tenía por objeto solicitar la conformidad de estas personas para que el ministerio, a través de esa Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo, inicie de oficio la tramitación de un nuevo expediente de concesión del galardón.

Si finalmente los afectados lo autorizan, se reactivará el procedimiento para conceder medallas de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a esos solicitantes que en el pasado vieron rechazada su petición por presentarla fuera del plazo legal que ha sido suprimido. Estas personas ya no tendrían que presentar una nueva solicitud, ya que los expedientes se reiniciarán de oficio por el ministerio.

A la espera de sentencia por el 17-A

A preguntas de ECD, Interior asegura que no facilita información sobre los solicitantes, acerca de qué grupos terroristas cometieron los atentados en los que resultaron afectadas esas 300 personas.

Sí concreta que en el caso de los atentados yihadistas de Barcelona y Cambrils de agosto de 2017, en los que fueron asesinadas 16 personas, “todos los expedientes de aquellas víctimas reconocidas como tales en el proceso judicial sustanciado en la Audiencia Nacional están tramitados y concluidos”.

Puntualiza, eso sí, que “la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo está a la espera de conocer la sentencia que en su día dicte el Tribunal Supremo para resolver los recursos presentados contra el fallo dictado por el tribunal de instancia, dado que el alto tribunal debe resolver si modifica y amplía ese listado de víctimas reconocidas en sede judicial, en cuyo caso se actuará en consecuencia”.

Una medalla honorífica

De acuerdo con la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, “la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo configura la acción honorífica específica del Estado con el fin de honrar a las víctimas del terrorismo”.

Esta orden honorífica comprende varios grados. La gran cruz se concede a título póstumo a los fallecidos en actos terroristas; la encomienda, a quienes hayan sufrido daños físicos o psíquicos y a secuestrados en actos terroristas; la insignia, a los amenazados, a los ilesos en atentado terrorista, al cónyuge del fallecido, los padres, los hijos, los abuelos, los hermanos y los nietos de los fallecidos, así como los familiares de los heridos que hayan sufrido lesiones incapacitantes en sus distintos grados hasta el segundo grado de consanguinidad.

Las grandes cruces se aprueban mediante real decreto del Consejo de Ministros, y la encomienda e insignia se conceden por orden ministerial.

Estas condecoraciones tienen carácter personal e intransferible. No generan derecho a ayudas o prestaciones, sólo son honoríficas y suponen el tratamiento de excelencia, ilustrísimo señor o señora, y señor o señora seguido de don o doña.

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