La clase está circulando entre miembros del cuerpo

Soy un policía, ¿me pueden grabar? Vea cómo se instruye a los agentes

Un subinspector explica cómo proceder con periodistas y particulares atendiendo a la reforma de la ley de seguridad ciudadana

Policías.
Policías.

Las leyes que regulan la legalidad para filmar a un policía son distintas dependiendo de si se trata de un medio de comunicación o un particular. En este último caso las normas son más estrictas. 

Los agentes de seguridad han difundido entre los miembros del cuerpo una clase donde un subinspector de policía explica cómo deben actuar si son grabados por un ciudadano.

Las leyes vigentes hacen una gran distinción si se trata de un particular, o por el contrario, de un profesional que trabaja en un medio de comunicación. El instructor del Instituto Superior de Seguridad Pública Netpol aclara que en un principio cualquier persona puede captar imágenes de un policía siempre que el agente esté vestido de uniforme y ejerciendo un acto, por ejemplo una intervención, en una vía pública. En esta situación el policía no tiene derecho a la propiedad de la imagen según la ley del Tribunal Constitucional 72/2007 y el artículo 8.2 de la ley Órganica 1/1982. A excepción de que existan indicios claros de que la grabación se realiza con un fin delictivo, por ejemplo, represalias contra el agente, difusión en las redes o que el sujeto presente antecedentes penales.

Sin embargo, esta medida se intensificó tras entrar en vigor de la conocida como “ley Mordaza”, Ley de Seguridad Ciudadana. Ésta expone que el cuerpo de seguridad puede interceptar el dispositivo cuando las grabaciones puedan poner en peligro la seguridad personal y familiar de los agentes, las instalaciones protegidas o la ejecución de una operación. En estos casos se considera una infracción grave y las personas que hagan uso de las imágenes pueden ser sancionadas con una multa de 600 a 30.000 euros.

El profesional que imparte la clase insta al cuerpo a que en el caso de que se trate de periodistas deben ser “menos quisquillosos”, para respetar el derecho fundamental a la información. Además, asegura que si los medios de comunicación emiten estás imágenes, que en un principio pueden poner en peligro al agente o una operación, con los rostros pixelados no estarían cometiendo ningún delito.

¿Puede grabarse a un policía secreta?

Las personas que trabajen en medios de comunicación son los únicos ciudadanos autorizados para grabar a un policía vestido de paisano. Un particular no puede filmarle, aunque el agente esté realizando una intervención en la vía pública.

El motivo de esta restricción es que estos profesionales necesitan el anonimato para el desarrollo de sus funciones.  

Las operaciones antiterroristas no se pueden grabar nunca

Los acuerdos del Consejo de Ministros del 28 de noviembre 1986 y 16 de febrero de 1996 otorgan los casos de lucha antiterrorista como secretos de Estado.

Los procedimientos y técnicas ejercidos por los Servicios de Información y por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como por ejemplo una actuación de los TEDAX, no pueden ser grabados ni si quiera por los medios de comunicación.

En cualquiera de los casos los agentes de seguridad pueden exigir al periodista el carnet de prensa, para comprobar que éste está correctamente acreditado. 

 


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