La Policía recuerda a los agentes la obligación de mostrar el número de placa en el uniforme

Las unidades han recibido un aviso tras detectarse que efectivos de una comisaría de Madrid no llevaban el distintivo que permite identificarles

Un control de la Policía Nacional.

La exigencia de que los policías luzcan en la pechera del uniforme, de forma bien visible, un número de identificación para poder fiscalizar sus actuaciones genera desde hace años polémicas. Sobre todo, sucede con los agentes antidisturbios, cuando determinados colectivos quieren denunciar a aquellos que, a su juicio, se exceden en el uso de la fuerza.

Desde el Sindicato Unificado de Policía (SUP) explican a Confidencial Digital que recientemente se ha enviado a todas las unidades de la Policía Nacional un recordatorio de la obligatoriedad de cumplir las normas de uniformidad, “en especial la de portar y exhibir el distintivo de identificación personal”.

El aviso se lanzó a raíz de una recomendación del Defensor del Pueblo para insistir en la necesidad de que todos los agentes de las Fuerzas de Seguridad, y concretamente de la Policía Nacional, lleven visible el número de identificación.

Al parecer, en una visita ordinaria de inspección a una comisaría local de Madrid se detectó que algún agente no cumplía la normativa que establece que los policías deben exhibir el distintivo de identificación personal.

Esa circunstancia llegó a la Dirección General de la Policía, que reaccionó remitiendo a todas las unidades el recordatorio de que es obligatorio portar y exhibir en lugar visible, en la pechera del uniforme, el distintivo de identificación personal.

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La Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía, establece en su artículo 16 que “el distintivo de identificación personal consiste en un soporte en el que va grabado el número de identidad personal correspondiente al del carné profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, con unas dimensiones de 30 × 10 mm, siendo incompatible su uso con la utilización de la placa-emblema, al llevar ya ésta el número de identificación troquelado”.

Además, indica que “su exhibición será obligatoria para todos los funcionarios que vistan uniforme, mono de trabajo o ambos, y estará colocado en la prenda de vestir correspondiente, centrado e inmediatamente debajo del lugar de ubicación del emblema del Cuerpo Nacional de Policía”.