Un preso yihadista amenazó con coger una furgoneta y repetir el atentado de La Rambla cuando saliera de la cárcel de Sevilla

En una entrevista con el personal del centro penitenciario de Morón declaró: “Yo era simpatizante del Daesh, ahora voy a ser soldado”

Atentado yihadista en La Rambla de Barcelona.
Atentado yihadista en La Rambla de Barcelona.
  1. Centro Penitenciario ‘Sevilla II’
  2. Alegó que no era una persona violenta
  3. Condenado por captación terrorista
  4. Negativa a pasarle a segundo grado
  5. Sin signos de cambiar su manera de pensar
  6. Adopta el papel de víctima
  7. Un atropello como el de La Rambla
  8. “Voy a ser soldado del Daesh”
  9. Participa en actividades educativas
  10. Culpa ‘al sistema’

El paso por la cárcel no ha provocado una rectificación en un hombre condenado por captación terrorista, para grupos yihadistas. Al contrario, aún en prisión ha lanzado amenazas de que cometerá atentados en cuanto salga en libertad.

Así lo refleja un auto de la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, dictado a principios de marzo y consultado por Confidencial Digital, que desestima el recurso de un preso contra la decisión de negarle la progresión de primer a segundo grado.

El régimen de segundo grado es el ordinario en las cárceles, el que se aplica a la mayoría de los presos. A aquellos internos que se entiende que presentan “peligrosidad extrema o manifiesta inadaptación a los regímenes comunes” se les mantiene en primer grado, con condiciones más restrictivas de movimientos.

Centro Penitenciario ‘Sevilla II’

Un preso interno en el Centro Penitenciario ‘Sevilla II’, en Morón de la Frontera, solicitó que se le progresara a segundo grado. La Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, decidió en enero de 2022 denegarle esa progresión.

El afectado presentó un recurso de queja, que fue desestimado el 8 de junio por el Juzgado Central de Menores, en funciones de Vigilancia Penitenciaria. Así que recurrió de nuevo, ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Alegó que no era una persona violenta

La defensa de este preso alegó que los delitos a los que había sido condenado eran “de baja intensidad” y se castigan con penas leves. Señaló que el delito más grave en su historial es el delito de captación de miembros para organización terrorista.

Además, defendió que “no es una persona violenta, no ha cometido delitos contra la vida o la integridad física de las personas”.

“No ha cometido delitos contra la vida o la integridad física”

Trató de desmentir algunas acusaciones por las que se le denegó el segundo grado: que había participado en motines, plantes y agresiones físicas en la cárcel, y que había cometido numerosas infracciones disciplinarias.

 

Dijo que no había pruebas de esas acusaciones, así como tampoco de que hubiera estado en posesión de armas de fuego y de drogas toxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Admitió que fue clasificado en primer grado porque así lo disponía la sentencia condenatoria, pero lamentó que no hubo una evaluación del interno previa a su clasificación.

Por último, restó importancia al delito de captación terrorista y afirmó que reunía todos los requisitos para progresar de grado y ser clasificado en el régimen ordinario en las cárceles.

Condenado por captación terrorista

Los jueces de la Audiencia Nacional pidieron al Centro Penitenciario ‘Sevilla II’ que le remitiera el expediente completo de clasificación de este preso.

Con ese documento, comprobó que suma penas por un total de 9 años y 5 meses de cárcel.

El delito más grave por el que fue condenado es el de captación terrorista, por el que fue condenado por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Además, juzgados de lo penal de Figueras (Gerona) le impusieron (en 2014, 2016 y 2018) cinco condenas por distintos delitos: robo con violencia; lesiones, amenazas y coacciones en el ámbito de la violencia sobre la mujer; lesiones en el ámbito de violencia sobre la mujer; lesiones; y quebrantamiento de condena.

Negativa a pasarle a segundo grado

En el auto se recogen los argumentos de la Junta de Tratamiento de la prisión en la que se encontraba para negarse a pasarle de primer a segundo grado.

Este órgano decidió por unanimidad el 2 de diciembre de 2021 elevar a la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción su propuesta sobre la solicitud de este preso. Planteó que se le debía mantener en primer grado, “debido a su pertenencia a organización terrorista, la no asunción de la responsabilidad civil derivada del delito y al aprovechamiento de actividades formativas”.

La Junta de Tratamiento incluso propuso el traslado del preso a otro centro penitenciario “por agostamiento de los recursos tratamentales”.

Los magistrados de la Audiencia Nacional consideraron que “la propuesta de la Junta de Tratamiento se entiende perfectamente con la lectura de la petición de traslado del interno que el centro penitenciario dirige al centro directivo”.

Sin signos de cambiar su manera de pensar

En ese documento se informaba de que “entre los años 2015 y 2020 el interno ha protagonizado un total de 28 incidentes regimentales, la mayoría por insultos, amenazas o coacciones a funcionarios teniendo tan solo un incidente por agresión a otro interno”.

Es cierto que no protagoniza incidentes internos en la cárcel desde el 18 de julio de 2020. “No obstante”, indica la Audiencia Nacional, “el interno lleva toda la condena en primer grado por la tipología delictiva de captación terrorista y su actitud hacia el mismo, no mostrando signos de estar dispuesto a cambiar su manera de pensar a este respecto”.

Adopta el papel de víctima

Esa falta de actitud para cambiar su forma de pensar se explica por casos concretos.

Los presos son sometidos a entrevistas periódicas para analizar su evolución, por parte de diversos especialistas de la prisión. Según la Audiencia Nacional, en estas entrevistas el preso que había pedido pasar a segundo grado “adopta el papel de víctima alegando que lo tenemos encerrado y no hacemos nada con él”.

Pero el problema era mayor. Este hombre, condenado por un delito de captación terrorista, “utiliza ese argumento victimista” de que lo tienen encerrado en la cárcel “como justificante de acciones que podría emprender una vez en libertad”.

Un atropello como el de La Rambla

Al personal de la cárcel que le entrevistó le dijo que “el sistema de prisiones es una fábrica de terroristas” y que “España es un país islamófobo”.

Estas quejas se convirtieron en amenazas muy graves: espetó que si pasa toda la condena en primer grado “cuando salga cogerá una furgoneta y hará como en las Ramblas”, es decir, que amenazó directamente con cometer un atentado igual que el que ejecutó una célula yihadista el 17 de agosto de 2017 y que supuso el asesinato de 16 personas.

“Cogerá una furgoneta y hará como en las Ramblas”

“Voy a ser soldado del Daesh”

La otra alternativa de la que advirtió fue también amenazante: que no le quedaría más remedio que irse a vivir a Afganistán o Siria.

Esta última frase cobra mayor significado por la última entrevista que mantuvo el preso con el personal evaluador en prisión. El auto recoge que esa entrevista acabó con una frase lapidaria del interno: “Yo era simpatizante del Daesh, ahora voy a ser soldado del Daesh”.

La Junta de Tratamiento interpretó que pudo soltar esa frase “quizá movido por la frustración al notificarle que no le habíamos incluido en el programa de régimen cerrado ya que en el mismo participan en la actualidad tres internos de confesión musulmana y motivos de seguridad desaconsejan que compartan ese espacio de trabajo”.

En todo caso, esta amenaza parece indicar que en este caso el preso no se ha “desradicalizado” durante su paso por la cárcel. De hecho, no es infrecuente que sea en prisión donde delincuentes comunes, condenados por delitos como tráfico de drogas, sean adoctrinados o se autorradicalicen en el yihadismo.

Participa en actividades educativas

La Audiencia Nacional tuvo en cuenta otras circunstancias muy diversas sobre este preso. Por un lado, consideró que había cumplido la cuarta parte de la pena en diciembre de 2018 y la mitad el 28 de febrero de 2022.

Los dos tercios de la condena los superará el 11 de mayo de 2024, las tres cuartas partes, el 16 de junio de 2025, y su licenciamiento no llegará hasta el 2 de octubre de 2028.

Es cierto que en la cárcel participa en una actividad de carácter educativo en la que ha obtenido la calificación de excelente.

Pero no ha abonado los 757,21 euros de responsabilidad civil a los que había sido condenado por los tribunales.

Culpa ‘al sistema’

El informe social reveló que la familia de origen de este preso, compuesta por su madre y el marido de esta, vive en Francia. Él mismo, por su parte, “ha tenido una relación de pareja con una mujer en España, pero dicha relación es ahora inexistente”.

El recluso mantiene relación telefónica con su madre, quien le ingresa dinero en su cuenta de peculio, para hacer gastos en la cárcel.

También constaba que “la actitud del interno hacia los miembros del equipo técnico es de disconformidad y reivindicativa, solo proporciona los datos justos, se niega a dar información, muestra su desacuerdo con todos los trámites y culpa de su situación ‘al sistema’”.

La conclusión de los jueces fue que “todos los datos y circunstancias conocidos del interno aconsejan su continuación en el régimen” cerrado, en primer grado. Por eso la Audiencia Nacional desestimó su recurso.

Miembros del Estado Islámico encapuchados.
Miembros del Estado Islámico encapuchados.

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