Transparencia renuncia a exigir información al CNI sobre Pegasus por estar clasificada como “secreta”

Responde a la reclamación de un particular señalando que no puede obligar al servicio ni al Gobierno a desvelar cuántos teléfonos móviles fueron analizados en busca de software espía

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños (i), y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Transparencia renuncia a exigir información al CNI sobre Pegasus por estar clasificada como “secreta”.

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno frena ante el muro que supone la documentación clasificada, de acuerdo con la Ley de Secretos Oficiales. Y lo hace ante el Centro Nacional de Inteligencia y la actividad desplegada para detectar la presencia del programa espía Pegasus en teléfonos móviles de altos cargos.

A principios de mayo de 2022, Félix Bolaños reveló que una revisión de dispositivos había desvelado que los teléfonos móviles de Pedro Sánchez, Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska habían sido infectados con ese software, que había robado información de los teléfonos en torno a mayo-junio de 2021, en plena crisis con Marruecos.

El 11 de mayo, el Ministerio de Defensa recibió una solicitud de acceso a información pública que requería datos sobre este asunto:

-- “Número de teléfonos móviles tanto de miembros del Gobierno central, como autonómicos, como de parlamentos y de otras instituciones que han analizado, desde el 18 de abril de 2022, los técnicos del Centro Criptológico Nacional (CCN) -dependiente del CNI- para determinar si fueron atacados con malware como Pegasus”.

El solicitante no quería saber la identidad del titular de cada móvil, “sino el número de teléfonos analizados y en cuántos se ha encontrado rastro de la utilización irregular del programa espía”.

Defensa deniega la información

Defensa no contestó en el plazo legal, así que el autor de la consulta presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

El Ministerio de Defensa sí respondió al Consejo de Transparencia cuando este organismo le informó de que había abierto un expediente sobre el caso.

Explicó Defensa que se solicitó un informe sobre la petición “a los correspondientes órganos del Centro Nacional de Inteligencia”. A continuación indicó que “la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del CNI, dispone en su artículo 5.1 que todas sus actividades constituyen información clasificada con el grado de secreto”, y esa circunstancia “ha dificultado y dilatado el proceso de tramitación de la presente solicitud de información”.

Con todo, el ministerio argumentó que finalmente sí había dado contestación al solicitante. Fue una respuesta denegatoria, negando la información solicitada.

 

Clasificación de “secreto”

Indicó que el Centro Criptológico Nacional, que fue el organismo que revisó los móviles del presidente del Gobierno, de los ministros y de otros altos cargos a la búsqueda de indicios de ciberespionaje con Pegasus, “está adscrito al CNI”, y por eso le es de aplicación el precepto legal que señala que la organización, procedimientos, y datos que maneja el servicio de inteligencia constituyen información clasificada, con el grado de secreto (el más alto).

“Por ello, no es posible facilitar información alguna sobre las cuestiones planteadas”, explicó Defensa, “habida cuenta de la clasificación legal expresa de todo lo relativo a sus actividades, medios, estructura interna, procedimientos, personal, relación puestos de trabajo, etc. y, dado que el régimen jurídico propio que resulta aplicable a dicho CCN no contempla un derecho de acceso a la citada información por parte del interesado”.

De ahí que el Ministerio de Defensa inadmitió a trámite la solicitud de información sobre los teléfonos revisados por el caso Pegasus.

Bolaños informó en rueda de prensa

El solicitante continuó batallando para pedir esos datos. Basó su argumentación en el hecho de que el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, reveló en una rueda de prensa que los móviles del presidente del Gobierno y de los ministros de Defensa e Interior habían sido espiados; es más, detalló hasta las fechas, la cantidad de información extraída...

Es decir, alegó que si Bolaños había hecho pública toda esa información, los datos que él pedía también se le podrían facilitar.

“Carece de facultades”

El Consejo de la Transparencia analizó la Ley reguladora del CNI y ese artículo ya citado que declara “secreto” todo lo relativo a los medios que utiliza el servicio de inteligencia, y a la información que obtiene en su trabajo.

La conclusión de Transparencia fue que, a la vista de esa disposición legal, “resulta obligado concluir que la información solicitada, en la medida en que versa sobre actividades realizadas por el CNI, constituye información que está legalmente clasificada con el grado de secreto”.

Por consiguiente, añadió, “este Consejo carece de facultades para disponer que se conceda el acceso a la misma”. Es decir, que en este caso el organismo público que vigila que las administraciones apliquen correctamente la Ley de Transparencia, no podía traspasar ese límite que supone la clasificación de documentos o informaciones como “secreto”.

En cuanto al argumento de que Bolaños sí había desvelado información sobre los móviles infectados por Pegasus, Transparencia respondió que “en nada altera” su conclusión “el hecho […] de que un ministro haya facilitado información sobre la afectación de determinados teléfonos concretos o acerca de la existenciade informes del CNI sobre el particular”.

El motivo era que el Consejo de Transparencia “desconce tanto si lo divulgado” por Bolaños en esa rueda de prensa “tenía o no la naturaleza de informaciones clasificadas como si, en su caso, existía una base jurídica para ello”.

Por todo ello, el consejo sólo estimó la reclamación por motivos formales. Reprochó al Ministerio de Defensa que hubiera respondido “cuando había transcurrido ampliamente el plazo legal para resolver”, pero no ordenó al ministerio que facilitara la información requerida por el solicitante.

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