¿Tienen derecho los diputados a votar en conciencia?

El pasado martes los diputados votaron de manera secreta en el Congreso por la retirada del anteproyecto de reforma de la Ley del Aborto. A pesar de que su identidad quedó protegida, la propuesta del Partido Socialista fue rechazada por 183 congresistas y se abrió el siguiente debate: ¿tienen derecho los representantes parlamentarios a votar en conciencia?

Votación secreta en el Congreso sobre el aborto.
Votación secreta en el Congreso sobre el aborto.

El método de votación utilizado en la cámara, poco conocido y cuya urna fue mostrada en El Confidencial Digital, permite a los diputados mantener oculta su elección y, en teoría, emitir su juicio de forma independiente al no quedar constancia de su grupo parlamentario.

No obstante, el resultado se saldó con 183 votos en contra de la retirada del anteproyecto de la Ley del Aborto que proponía el PSOE. Hay que tener en cuenta que ese día varios diputados de todos los grupos parlamentarios no estuvieron presentes en el momento de la votación. Esa circunstancia confirma que representantes de otros partidos distintos del PP también se opusieron a que, como querían los socialistas, se retire la reforma sin ni siquiera llegar a debatir su contenido en el trámite parlamentario en las Cortes.

La votación secreta despierta de nuevo un debate que también surgió recientemente en Cataluña. Hace poco más de un mes, tres diputados del PSC rompían la disciplina de voto de su partido en el Parlament y votaban a favor de la propuesta para pedir al Congreso que el Estado transfiera a la Generalitat la competencia para celebrar el referéndum de autodeterminación.

El PSC pidió a Joan Ignasi Elena, Marina Geli y Núria Ventura que devolviesen sus actas de diputados, aunque finalmente han sido expedientados y apartados por la Comisión de Garantías.

El compromiso de los diputados

Si bien no hay ninguna ley, norma o acta que impida de manera alguna que un diputado vote en contra de su conciencia, estos eligen formar parte de las listas de su partido de forma voluntaria. Así lo define la propia Constitución Española en su artículo 67: “Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo”.

En el sistema político español, los partidos se presentan a los comicios en sus correspondientes listas cerradas. El votante elige, por tanto, un grupo que se presupone homogéneo y dispuesto a cumplir con la ideología y el programa con el que se presenta.

De lo contrario, el sistema debería ser de listas abiertas o mixtas, en los cuales los ciudadanos eligen con sus votos qué políticos quieren ver en el Congreso, ya sea designando libremente a los representantes parlamentarios (sistema abierto) o eligiendo entre una lista ya formada (mixto).

Con el formato actual, si un congresista decide votar en conciencia y rechaza la ideología o el programa de su partido, puede provocar que sus votantes se sientan traicionados, decepcionados. Y es que en España se vota a un partido, no a unas personas.

Es lo que explica Alfonso Fernández-Miranda Campoamor, Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid, asegurando que la disciplina interna en los partidos políticos españoles es casi inalterable.

“En España no existen campañas personales ni financiaciones personales paralelas a la del partido en sí, y esto en la práctica hace que no se produzca un plus de legitimación personal. La disciplina de partido en los grupos parlamentarios es muy intensa”, afirma.

Para el catedrático, que un diputado se muestre contrario al resto del grupo o alce la voz públicamente tiene consecuencias negativas: “Hacer valer la opción personal dentro de la candidatura del partido facilita el riesgo de una disputa interna e incluso aumenta el riesgo de que exista corrupción, siendo necesaria la cohesión de los grupos políticos”.

“Lo más importante es la coherencia, la estabilidad y la fortaleza interna de los partidos políticos", explica Fernández-Miranada. Concluye que "la democracia representativa solo es posible como democracia de partidos, y estos son instrumentos imprescindibles en la canalización de la opinión pública y de reducción de la complejidad”.

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