Nueva canción de Shakira: ¿Puede Piqué emprender acciones legales?

Gerard Piqué y Shakira, en una imagen de archivo
Gerard Piqué y Shakira, en una imagen de archivo

El productor y compositor argentino Bizarrap ha lanzado al mundo su nueva sesión con Shakira, un tema que no ha pasado desapercibido. En poco más de 24 horas, la canción ya supera los 60 millones de reproducciones en YouTube.

La canción incluye versos como “a ti te quedé grande y por eso estás con una igualita que tú” o “me dejaste de vecina a la suegra con la prensa en la puerta y la deuda en Hacienda”. Ahora bien, ¿podrían Piqué y Clara Chía considerar estas frases como un ataque directo a su persona?, ¿qué opciones de respuesta tiene Piqué y su nueva pareja? ¿Se trata de un posible delito de injurias o calumnias? Legálitas analiza y responde a estas y otras cuestiones.

¿Shakira vulnera el derecho al honor o a la intimidad de Piqué y Clara Chía?

Es muy probable que la cantante cuente con un gran equipo jurídico que le habrá asesorado durante toda la creación y composición del tema y su letra. Legálitas explica que en la canción no se hace referencia directa a ninguno de los implicados y tampoco revela datos o hechos concretos relacionados con la vida íntima compartida con el antiguo defensa del Barcelona. Todos los artistas crean en base a sus vivencias personales en base a la libertad de expresión, lo que no implica que con ello se vulnere derecho alguno.

A pesar de que el público lo ha interpretado como una alusión clara (y nunca mejor dicho) a su expareja y a la pareja actual de este, la realidad no es más que una canción que se ha vuelto viral en apenas unas horas. Este hecho no quita que tanto Piqué como Chía puedan emprender acciones legales. El recorrido en una demanda de vulneración del derecho al honor, en este caso concreto, sería bastante corto, por lo señalado anteriormente y porque son los propios demandantes los que deben acreditar cuáles han sido los perjuicios ocasionados.

¿De qué manera afecta al convenio regulador de los hijos?

La canción no es motivo para que se produzca una modificación de medidas adoptadas con respecto a los dos hijos que tienen en común.

Esto se debe a que no hay un cambio de circunstancias sustancial ni tampoco una situación de peligro o necesidad de protección de los menores.

¿La letra atenta contra el derecho al honor de Piqué y Clara Chía?

Tras la última reforma del Código Penal que tuvo lugar por la Ley Orgánica 1/2015, las injurias leves se han despenalizado, salvo las que tienen lugar en el ámbito familiar o las injurias leves a la autoridad. Para que el ataque al honor de una persona sea una acción constitutiva de delito, Legálitas afirma que hay que demostrar que las expresiones empleadas por Shakira son gravemente ofensivas teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes y el contexto en el que se producen.

Asimismo, la artista tendría que haber actuado la intención de menospreciar y desacreditar a Piqué. Si el objetivo no es otro que lanzar una crítica, denunciar unos hechos o incluso ejercer el derecho a la libertad de expresión para defenderse, es muy probable que el juzgado no aprecie indicios de delito.

Si se analiza toda la letra de la canción, se puede comprobar que todo son insinuaciones y medias tintas. Bien es cierto que por alusiones se sabe que con “novato” se está refiriendo a su exmarido y que “tiene nombre de buena persona, clara-mente no es como suena” va por Clara. De cara a una posible querella, sería también fácilmente defendible que la intención real es la de ejercer el derecho a expresar libremente opiniones, posibles situaciones injustas y aludir a una libertad creativa y artística.

 

¿El verso “me dejó con la deuda en Hacienda” incurre en un delito de calumnias?

Analizando si dicha expresión pudiese estar incurriendo en calumnias al imputar a Piqué la presunta comisión de un delito fiscal, no parecer ser esa la intención que se deduce de la letra de la canción.

Lo que pone de manifiesto es una crítica ante una situación de conflicto puesto que no toda deuda con Hacienda es constitutiva de delito. Esto solo ocurre si las defraudaciones son superiores a 120 mil euros.

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