Garzón, Urdangarín y el periodismo de investigación en España

Confieso que se me había pasado. No lo había leído. Ha sido un buen amigo el que me ha puesto sobre la pista de un artículo de opinión, publicado la semana pasada en el diario El País, con la firma de José María Ridao.

Escribe a propósito de la condena al juez Baltasar Garzón que ha supuesto su expulsión de la carrera judicial y el eco que ha tenido en la prensa española.

Ridao hace dos reflexiones muy interesantes en su columna. A saber:

1. Han sobrado opiniones y han faltado explicaciones. Los periodistas han escamoteado los argumentos jurídicos del caso, dejando que la noticia se convirtiera en un pim pam pum ideológico.

“El resultado, con todo, es siempre el mismo: a falta de explicación, se imponen las elucubraciones sensacionalistas. De la sentencia contra Garzón se ha contado más a la opinión pública acerca de la vida y milagros de los magistrados que la dictaron que de los hechos que consideraron probados y de los razonamientos en los que apoyaron la condena”.

Y el quicio de este caso es jurídico: “si los jueces pueden ordenar que se escuchen las conversaciones de los detenidos con sus letrados”, como hizo Garzón.

“Porque si la respuesta es no (...), entonces quienes critican la sentencia argumentando que otros jueces han hecho lo mismo que Garzón sin ser condenados por ello no estarían defendiendo el Estado de derecho; en realidad, lo estarían defenestrando, porque la norma que estarían implícitamente reclamando para absolver a Garzón no sería la ley que rige para todos, sino la práctica de algunos jueces que, según el Supremo, la contradice”.

2. El periodismo de investigación en España ya no destapa casos de corrupción sino que radia procesos judiciales en curso.

Explica Ridao con mucha lucidez que poco tiene que ver esta práctica con lo que sucedió con el mítico caso Watergate, en los Estados Unidos. Allí los periodistas desvelaron un delito que, de otro modo, no hubiera sido descubierto. Aquí, no. En España, el periodismo de investigación “solo hace atronador acto de presencia cuando ya está en marcha la maquinaria policial y judicial, y en ocasiones también la política”.

 

En sentido estricto, ese periodismo no descubre nada, sino que “revela, adelantándolas a partir de filtraciones de documentos oficiales y sumarios bajo secreto, informaciones que las leyes ordenan mantener reservadas para respetar las garantías a las que tiene derecho cualquier ciudadano sometido a investigación”.

En definitiva, concluye Ridaro, se articula un juicio paralelo donde la opinión pública dicta sentencia de antemano. Con lo grave que eso resulta.

“Basta reclamar atención pública como familiar de la víctima de un crimen horrendo, o como partidario de una causa incontestable, para considerarse acreedor de una justicia a la medida, cuando no de una inmunidad absoluta frente a los requerimientos de la ley”.

Por tanto a los jueces solo les queda “o bien dictar sentencia de acuerdo con el clima de opinión previamente creado, y entonces nada sucede, o bien pronunciarse en contradicción con ese clima, y entonces se declara el desprestigio de la justicia y la indignidad de sus miembros”.

Creo que estos argumentos merecen una reflexión. También a cuenta del caso que afecta a Iñaki Urdangarín.

Más en twitter: @javierfumero

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