Tras el caso de la cabo del Ejército del Aire condenada

Aconsejan a militares con hijos que denuncien a sus superiores si les obligan a hacer servicios incompatibles

Asociaciones castrenses envían instrucciones sobre cómo denunciar a sus jefes por “forzarles” a cometer un delito de “abandono de menores”

Militares de Tierra realizando su 'prueba de unidad'.
Militares de Tierra realizando su 'prueba de unidad'.

El caso de la militar condenada –y posteriormente amnistiada- por presentarse con sus hijas menores a un servicio de guardia ha abierto la puerta para que algunas asociaciones castrenses recomienden denunciar ante la Fiscalía de Menores este tipo de situaciones.


Algunas asociaciones de profesionales de las Fuerzas Armadas, como la Unión de Militares de Tropa, han instado a través de circulares sus asociados a que emprendanacciones legales” contra quienes les “fuercen” a realizar servicios mientras no tengan a nadie con quien dejar a sus hijos.

Consideran que actuando así, el militar “forzado” a estos servicios estaría cometiendo un delito de ‘abandono de menores’, tipificado en el Capítulo III – Título XI “De los delitos contra los derechos y deberes familiares“ del Código Penal.

No dejan a los militares otra salida para la defensa efectiva de los derechos de sus hijos, frente a la incongruencia de reducir las guardias cuando no se disponga del personal necesario para montar las mismas”, aseguran desde la UMT.

Anteriormente, otras plataformas como la Organización de Apoyo a la Tropa y Marinería presentaron ante el Defensor del Pueblo un escrito contra la Orden de Defensa 253/2015 que establece que son los jefes de unidad los que pueden decidir si se les otorga a los progenitores de hijos menores la reducción de jornada.

La polémica se ha vuelto a poner de actualidad después del caso desvelado por ECD de una militar del Ejército del Aire condenada a un mes y un día de arresto por haberse presentado en una guardia –en la base de Gando- con sus dos hijas de 3 y 6 años, alegando “no tengo con quien dejarlas”.

Finalmente, la cabo no cumplirá la pena ya que la falta de disciplina ha quedado anulada, al tratarse de una sentencia judicial “inejecutable”.


 

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