La normativa establece un recargo del 150%

Aviso de los asesores fiscales: Hacienda tiene una vía para librarse de las multas por ocultar bienes en el extranjero

Los afectados pueden presentar una declaración complementaria acompañando al modelo 720 que les permitirá reducir considerablemente la sanción

Delegación de la Agencia Tributaria.
Delegación de la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria está detrás de miles de contribuyentes que están declarando los bienes en el extranjero que hasta ahora tenían ocultos al fisco. Además de comprobar si son coherentes los datos presentados, va a multar a los que presenten tarde o de forma incompleta la declaración informativa sobre este patrimonio.

Fue el pasado mes de febrero cuando el Ministerio de Hacienda informó de que tenía en marcha una investigación a cerca de 7.000 contribuyentes por haber declarado fuera de plazo o de forma incompleta los bienes en el extranjero que tenían ocultos y que ahora hay que declarar de forma obligatoria.

La Agencia Tributaria ya ha empezado a imponer multas a los contribuyentes que han presentado fuera de plazo esta declaración de poseer bienes fuera de España. Según la normativa aprobada por Hacienda en 2012, el plazo de presentación del modelo 720 tiene que realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar.

Si Hacienda descubre que de pronto aflora un patrimonio que no se declaró años antes -a pesar de que ya se poseía anteriormente-, es cuando impone la multa máxima. La sanción es elevada, ya que llega hasta el 150% de la cuota diferencial del IRPF, que es la cantidad final que el contribuyente tendría que pagar a Hacienda en una situación normal.

Hasta ahora, los contribuyentes que declaraban sus bienes en el extranjero se limitaban a presentar a Hacienda una declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero, el llamado modelo 720.

Después, la Agencia Tributaria requería la regularización de la ganancia no justificada de patrimonio, y era cuando imponía la multa por presentarlo tarde y, sobre todo, por la infracción muy grave que supone tener ganancias no justificadas: ahí era cuando imponía esa sanción del 150% sobre la cuota diferencial.

Dudas de los asesores fiscales

Sin embargo, ahora Hacienda admite que hay una forma de que el contribuyente regularice sus bienes en el extranjero reduciendo esta multa a cerca de la mitad del importe. El Confidencial Digital ha podido saber que hace unos días varios responsables de la Agencia Tributaria se reunieron con representantes del Registro de Economistas Asesores Fiscales que depende del Colegio General de Economistas de España para abordar este asunto.

La reunión surgió a raíz de una petición del Colegio de Economistas, que pretendía poder resolver las numerosas dudas que asesores fiscales les estaban trasladando sobre cómo aconsejar a sus clientes que iban a regularizar ante Hacienda los bienes que tienen fuera de España. Muchos dudaban de si era mejor reconocer o no ante las autoridades tributarias que tienen en el extranjero bienes hasta ahora no declarados.

A preguntas de los economistas asesores fiscales, desde la Agencia Tributaria revelaron que hay una posibilidad, que la mayoría de asesores y contribuyentes hasta ahora desconocían, para reducir librarse de ese recargo del 150% y reducir sensiblemente la multa que tendrían que pagar.

Si a la vez que se presenta fuera de plazo el modelo 720 aflorando los bienes en el extranjero, el contribuyente entrega de forma voluntaria una declaración complementaria del IRPF en la que recoge estas rentas no declaradas, no se aplica esa sanción del 150%: tan sólo se les impone un recargo según la cantidad declarada, más los intereses de demora por el retraso en la declaración, además de los 1.500 euros de sanción mínima por presentar fuera de plazo (de enero a marzo) el modelo 720.

 

Los asesores fiscales consultados por ECD ponen el ejemplo de un contribuyente que no hubiera declarado los 500.000 euros que le costó comprar un inmueble en el extranjero en 2000 y lo aflora el 10 de junio de 2015. A su cuota diferencial de 220.000 euros a pagar se le añadiría un recargo del 20% (44.000 euros) y los intereses de demora, que sería -según el porcentaje fijado por Hacienda- de 9.730,48 euros. A eso se le sumarían los 1.5000 euros de sanción mínima: en total tendría que pagar a Hacienda 275.230,48 euros por esa compra de un inmueble por 500.000 euros.

La multa puede quedarse en la mitad

Ahora bien, si el contribuyente sólo presenta el modelo 720 y no la complementaria, Hacienda le requiere las ganancias no declaradas y aplica sobre el contribuyente toda la dureza de la normativa. “La administración tributaria entiende que tiene que sancionar si el contribuyente no regulariza de manera espontánea la ganancia patrimonial”, explican las fuentes consultadas, y añaden que desde la AEAT argumentan que no deben imponer sanción si la regularización en el impuesto se realiza sin requerimiento previo.

Siguiendo el ejemplo relatado anteriormente, si ese mismo contribuyente no presenta una declaración complementaria, a la cuota diferencial (220.000 euros) se le suma un recargo del 150% sobre esa cuota (330.000 euros) y los intereses de demora desde 2013, que en este caso llegarían a más de 20.000 euros. Esto ocurre cuando es Hacienda quien comienza el requerimiento para abonar el dinero no declarado.

En total, tendría que pagar a Hacienda 572.230 euros frente a los 275.230 que abonaría si presenta la declaración complementaria por esos bienes, ya que se entiende que es el contribuyente quien regulariza de forma voluntaria y espontánea. Es decir, podría quedarse en la mitad de la sanción.

Desde el Colegio General de Economistas afirman a ECD que tras conocer esta fórmula señalada por la Agencia Tributaria y que hasta ahora la mayoría de los asesores fiscales desconocían, están comunicándosela a los asesores fiscales para que puedan indicar a sus clientes que presenten la declaración complementaria de IRPF para evitar la sanción máxima del 150%.

Video del día

Marta Rovira confirma que negocia con Sánchez
un referéndum de independencia para Cataluña
Portada
Comentarios
Envíanos tus noticias
Si conoces o tienes alguna pista en relación con una noticia, no dudes en hacérnosla llegar a través de cualquiera de las siguientes vías. Si así lo desea, tu identidad permanecerá en el anonimato