Afecta a un centenar de personas

BBVA, condenado a convertir en empleados a trabajadores externos que ejercían como falsos autónomos

Un Juzgado de lo Social ha confirmado que disponían de tarjetas de visita, correos corporativos, contraseñas... como el resto de la plantilla

Sede del BBVA en Las Tablas (Madrid).
Sede del BBVA en Las Tablas (Madrid).

BBVA se ha venido adelantando a la regularización de alrededor de un millar de trabajadores externos. Se anticipaba a una eventual inspección de Trabajo por este personal no contratado por el banco... pero que cuenta con un puesto estable en sedes de la entidad. Una sentencia le obliga ahora a convertir en empleados a varios falsos autónomos.

Tal y cómo se contó en ECD hace unos meses, los trabajadores externos estaban viendo modificadas por sorpresa sus condiciones laborales, pese a que se encontraban plenamente integrados con el personal del banco en los distintos departamentos.

En aquel momento, personal del banco relataba que se impedía a estos trabajadores, por ejemplo, reservar una sala de reuniones para mantener una ‘conference call’ o una reunión de trabajo con su nombre. Tampoco se les permitía acceder a determinados restaurantes para personal del BBVA a los que antes sí podían acudir.

Además, otra de las soluciones que se les planteaba era sustituirles las mesas por otras más pequeñas, distintas a las de los empleados contratados por la entidad, para visualizar que nada tenían que ver con BBVA. Les obligaban incluso a poner una placa con su nombre y la empresa para la que trabajaban.

El asunto ha llegado a los tribunales. Una de las primeras demandas contra el banco acaba de ser resuelta por el Juzgado de lo Social número 13 de Madrid.

El Juzgado admitió a trámite hace unos meses una demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social contra BBVA Renting. Pedía que se declarase que existió relación laboral entre varios trabajadores de esa mercantil y la entidad financiera.

Por su parte, el banco negaba que la relación existente entre las partes fuera laboral, tratándose de trabajadores autónomos con relación mercantil. Defendía que no concurrían las notas de dependencia de subordinación y ajenidad, aduciendo que las conclusiones del acta levantada eran erróneas, al partir de la declaración interesada de los trabajadores y de los otros empleados que eran conocedores de la extinción de su relación al tiempo de la inspección.

Los trabajadores se oponían aduciendo que la relación fue de carácter laboral ocultada bajo la de autónomo.

Declara la existencia de relación laboral

La sentencia, con fecha de 4 de septiembre y a la que ha tenido acceso El Confidencial Digital, ha declarado la existencia de relación laboral por cuenta ajena entre la mercantil BBVA Renting y los trabajadores, a los efectos del alta y cotización en el Régimen General de la Seguridad Social.

El juez ha considerado probado que la labor de los trabajadores, que figuran en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, no difería de la del personal laboral, en cuanto que todos los trabajadores realizaban iguales funciones, tanto atención a clientes como la gestión de entrega de bienes, atención a proveedores, ventas, recuperación de documentación etc., repartiéndose los distintos expedientes, haciéndolo en el mismo local de Ajalvir (Madrid), en mesas contiguas y con acceso a los mismos aplicativos del BBVA, recibiendo los mismos archivos y correos electrónicos, y accediendo al sistema informático del banco, con su nombre de usuario y contraseña.

 

Disponían de una dirección de correo electrónico para identificarles como contratistas externos, algo que solo el personal que conoce el funcionamiento de la entidad puede conocer para distinguir al personal externo del personal del banco. Contaban con la tarjeta de visita con el logotipo de BBVA sin que en ella figurase su condición de trabajador externo. Figuraban en el organigrama empresarial de forma que hacía el exterior nada los diferenciaba del personal de plantilla.

La juez realiza también una consideración en su exposición de hechos probados. Si a diferencia del personal de plantilla, no se les puso a disposición vehículo y teléfono móvil, era porque no salían de la nave para la realización de sus funciones.

Se coordinaban para el disfrute de vacaciones, que contaban con el visto bueno del superior a quien se informaba de cualquier cambio en las mismas, al sustituirse entre si todos los trabajadores con independencia de su vinculación formal a la empresa, y realizaban sus funciones con los iguales materiales que el personal de plantilla.

En la plantilla del banco explican que existe malestar entre estos trabajadores, ya que consideran que “se les restan derechos” y se están registrando “situaciones de incomodidad”. Son conscientes de que si se produjera una inspección de Trabajo, y la situación no se encontrase regularizada, el banco se vería obligado a hacerles un contrato como empleados del BBVA.

Por eso, sospechan que la dirección de la entidad ha recibido información de que más trabajadores en una situación similar han comenzado los trámites para denunciar estas prácticas o tienen intención de hacerlo, lo que le llevado a acelerar las regularizaciones.

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