Convocará un concurso

Defensa contrata médicos y UVI móviles para los accidentes de los paracaidistas

El Estado Mayor autoriza una partida presupuestaria para la BRIPAC. Externalizará el servicio de asistencia sanitaria

Integrantes de la BRIPAC.
Integrantes de la BRIPAC.

El Ministerio de Defensa ha decidido subcontratar empresas para llevar a cabo las labores de rescate de los paracaidistas en caso de accidente. Estas compañías deberán disponer de médicos y UVI móviles propias para atender a la Brigada Paracaidista.

El Estado Mayor ha autorizado esta partida presupuestaria para los años 2015 y 2016. Ha convocado un concurso público destinado a empresas que deseen llevar a cabo las labores de primeros auxilios, estabilización y evacuación de los paracaidistas.

El mando del Ejército ya ha anunciado que el precio máximo que una empresa podrá cobrar por realizar este servicio será de mil euros y que esta cantidad sufrirá cambios al alza o a la baja en función de cancelaciones de saltos o prolongaciones en la duración.

Prescripciones técnicas

La BRIPAC ha elaborado un documento en el que se detallan las prescripciones técnicas para la contratación del servicio de asistencia sanitaria a los saltos paracaidistas.

La primera condición es que la contrata ha de suministrar un Equipo de Estabilización (EE). Éste debe estar compuesto por un médico con conocimientos en Medicina de Emergencias Prehospitalarias y Traumatología, un DUE -Diplomado Universitario en Enfermería- y un conductor o técnico sanitario.

El equipo también debe disponer de una UVI móvil para realizar el traslado en caso de accidente. El vehículo estará equipado para proporcionar asistencia en Soporte Vital Avanzado.

La ambulancia, según estas prescripciones, debe ser suficientemente grande como para que se pueda atender al paciente desde todos los lados, incluida la cabecera. Debe estar provista además de un monitor-desfibrilador, que pueda funcionar con autonomía, por si fuera necesario en el exterior de la UVI móvil.

Partida presupuestaria

El presupuesto destinado por el Estado Mayor para este servicio de médicos y ambulancias es de 30.000 y 25.000 euros para los años 2015 y 2016, respectivamente, lo que suma un total de 55.000 euros en dos años.

Estas cantidades se pagarán gracias a la concesión de un préstamo por parte de de la Dirección de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.

Contratación de empresas

En el concurso de Defensa, las empresas han de presentar un importe por el servicio y dos porcentajes de minoraciones en caso de suspensión del lanzamiento. Así, el Estado Mayor solicita a las empresas tres criterios:

 

-- C1: Importe por servicio de asistencia, cuyo valor máximo sea mil euros, que es la cifra que el Ministerio de Defensa ha anunciado que está dispuesto a pagar.

-- C2: Minoración por cancelación del servicio, si ésta se comunica tres horas antes del lanzamiento y hasta dos horas después. En este caso, sólo se aceptaría pagar, como máximo, un 50% del servicio

-- C3: Minoración por suspensión del servicio, si se comunica con un plazo de entre doce y tres horas de antelación. En este caso, el Ministerio de Defensa pagaría, como máximo, un 25% del importe propuesto por la empresa.

Para calcular la valoración de cada empresa, Defensa dividirá la oferta más económica entre la oferta que la empresa haya presentado. Una vez calculado, en cada uno de los criterios, se multiplicará por 70 en la fórmula C1, por 20 en la fórmula C2 y por 10 en la fórmula C3.

La adjudicación del contrato, se llevará a cabo, según explica un documento distribuido por el Ministerio de Defensa, “a aquel ofertante en el que la suma de las variaciones obtenidas en cada uno de los parámetros sea mayor”.

Además, en caso de empate se adjudicará el servicio a la empresa que más empleados con alguna discapacidad tenga contratados como fijos.

Anulación de lanzamientos y ampliación del horario de los lanzamientos

El Ministerio de Defensa contempla también posibles anulaciones de los lanzamientos o que se amplíe la duración de los mismos. Por ello, ha dedicado un apartado a especificar la cantidad que se pagará a las empresas en los siguientes casos:

-- Anulación hasta doce horas antes del lanzamiento: La empresa no facturará.

-- Anulación de doce a tres horas antes del salto: Sólo se pagará el 25% del precio fijado.

-- Anulación desde tres horas antes del lanzamiento hasta dos horas después: La empresa recibirá el 50% del precio previsto en las negociaciones.

-- Dos horas de ampliación de la actividad: Se recibirá un 25% más de lo acordado.

-- Cuatro horas más de la duración normal del lanzamiento: Se facturará un 50% adicional.

-- Ampliación de la duración normal más de seis horas: La empresa cobrará un 75% más de lo acordado.

-- Duración de la actividad hasta ocho horas más de lo previsto: Se duplicará el importe negociado.

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