Directores sociales denuncian al programa “Entre Todos” TVE: creemos que se instrumentaliza y se dirige al menor (Por José Manuel Ramírez Navarro)

 La Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales han denunciado al Defensor del Pueblo de España que se ejerzan las acciones oportunas en defensa y tutela de los derechos fundamentales de los menores y se inste el cese de la ilegítima utilización de estos en el programa “Entre Todos” de TVE1. Del mismo modo se solicita si procede el traslado de dicha queja a la Fiscalía general del Estado. Fiscal de Sala Especialista de Protección y Reforma de Menores.

 La televisión pública (RTVE 1), viene emitiendo desde hace tiempo el programa “Entre Todos” cuyo objetivo es encontrar y ofrecer soluciones a las dificultades de los espectadores. Esta actividad desarrollada por el ente público, se lleva a cabo a nuestro juicio, introduciendo  y utilizando en el citado programa narraciones, actuaciones y/o  informaciones sobre personas  menores  de edad que podrían suponer una intromisión ilegítima al derecho al honor, integridad y propia imagen de los mismos.

 Entendemos que, en el espacio en cuestión, se instrumentaliza y se dirige al menor, a veces directa y otras indirecta o encubiertamente, a la recaudación de dinero y demás bienes materiales en beneficio de otros; generalmente sus progenitores, con el recurso fácil de la lástima y la compasión con el débil. Casi todas las tardes vemos cómo se utiliza a las personas menores para una mejor puesta en escena y para despertar la solidaridad y generosidad  de los telespectadores; de esta manera, se realiza, según nuestro parecer, un aprovechamiento inadecuado de los sentimientos de piedad y ternura que la  infancia genera en todos nosotros.

 Con el tratamiento de la infancia que se viene ejerciendo en el programa citado, se vulnera la protección de la  privacidad y seguridad de los menores, así como su normal desarrollo poniendo en riesgo los derechos de su personalidad y su superior interés; su dignidad resulta esencialmente perjudicada cuando se les utiliza para  “recaudar” favores   en beneficio de los mayores que se aprovechan de su explotación, con actividades que podríamos incluso calificar de  mendicantes. Cuando se trata de menores, de sus vidas privadas y la  de sus familias, perfectamente reconocibles e identificables en relación con estos, es imprescindible observar una especial cautela con la información que se suministra y con el tratamiento  que se haga de la misma, aunque esta no carezca de un interés público.

 Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 4 de la Ley  Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor; especialmente en su apartado 3º que establece que “Se considera intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del menor, cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación que pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales”; y de acuerdo con lo establecido en el art. 124 de la Constitución Española y arts. 1 y 3 de la Ley 24/2007, por la que se modifica la Ley 50/81, de  de 30 de diciembre reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

José Manuel Ramírez Navarro

Presidente de la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales

 

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